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Pte.Colegio Médicos Gipuzkoa: «Recetar, un acto médico»

La postura del Colegio de Médicos de Gipuzkoa, como expone en este artículo su presidente, el Dr. Manuel García Bengoechea, respecto al R.D. de enfermería, es la misma que han expresado todos los Colegios de Médicos de España mediante el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM): "la conformidad con la Ley, puesto que entendemos que la acción de recetar un medicamento debe estar sujeta a un diagnóstico previo, diagnóstico que forma parte indisoluble del Acto Médico"

Desde hace varios años y en relación a sucesivas leyes que pretendían regular la indicación y uso de los medicamentos, hemos asistido a varios intentos del Consejo Nacional de Enfermería para alcanzar la prescripción por parte de su colectivo, es decir, la capacidad de recetar medicamentos. El Real Decreto aprobado el pasado diciembre no ha recogido, finalmente, la prescripción autónoma por parte de la enfermería y ha vuelto a afirmar que la capacidad de prescribir fármacos sujetos a receta sigue siendo de los médicos, odontólogos y podólogos, como preveía la Ley de Garantías de 2006.

 
La postura del Colegio de Médicos de Gipuzkoa es la misma que han expresado todos los Colegios de Médicos de España mediante el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM): la conformidad con la Ley, puesto que entendemos que la acción de recetar un medicamento debe estar sujeta a un diagnóstico previo, diagnóstico que forma parte indisoluble del Acto Médico. Los Colegios hemos manifestado en Asamblea General, además, que una acreditación administrativa en ningún caso puede modificar las competencias profesionales recogidas en la Ley de Ordenación de la Profesiones Sanitarias. 
 
De hecho, la Justicia se ha pronunciado en numerosas ocasiones acerca de la prescripción por parte de enfermería, fallando en todas ellas en contra de la prescripción autónoma por parte de enfermería. La sentencia del 3 de mayo del 2013 resolvió que el enfermero podría indicar el uso de medicamentos sujetos a prescripción médica mediante la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial acordados con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros y validados por la Agencia de Calidad del Sistema Nacional de Salud. 
 
Por eso, a nuestro entender, la prescripción colaborativa es la mejor fórmula para que ambos colectivos podamos desarrollar nuestra labor garantizando en todo momento la seguridad del paciente. Mediante la prescripción colaborativa la enfermería puede indicar, usar y autorizar un medicamento si previamente se han establecido guías y protocolos clínicos debidamente consensuados entre ambos colectivos. Como bien sabemos los profesionales sanitarios, esto se ha venido haciendo en centros públicos y privados con éxito.  Estamos, por tanto, conformes con la Ley, porque deseamos seguir trabajando en el ámbito colaborativo, aprovechando conocimientos y capacitaciones de unos y otros y garantizando la seguridad de pacientes y profesionales sanitarios.
 
Estas consideraciones sobre la prescripción autónoma por parte de la enfermería no deben contemplarse como una cuestión de desconfianza ni de superioridad hacia la enfermería. Los médicos somos los primeros en reconocer la labor técnica y humana de la enfermería, su profesionalidad y su disciplina. Compartir con la enfermería trabajo, alegrías y disgustos ha sido siempre una experiencia muy positiva y es, sin duda, la base donde se sustenta la calidad en la atención al paciente. 
 
Sin ánimo de ahondar más en el debate, lo que sí nos preocupa es la situación que se está dando actualmente en determinados hospitales y centros de salud de nuestro territorio, con la suspensión de algunas actividades por parte de la enfermería como forma de reivindicación. En consecuencia, algunos médicos están sufriendo una sobrecarga aún mayor de la que ya sufrían, especialmente en atención primaria, ya que se ven obligados a realizar actividades que hasta ahora desarrollaba el colectivo de enfermería. 
Es cierto que los protocolos y guías que establece el Real Decreto están por hacer. Sin embargo, tanto la Asesoría Jurídica de la Organización Médica Colegial como la del Colegio de Médicos de Gipuzkoa interpretamos que en tanto no se aprueben dichos protocolos la enfermería no incurre en la ilegalidad al seguir realizando las mismas actividades que venía desarrollando hasta ahora. Así lo recoge también el documento recientemente publicado por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco. 
 
Desde el Colegio de Médicos de Gipuzkoa, tan sólo esperamos que las reivindicaciones por parte de enfermería no afecten al día a día de los profesionales sanitarios y acaben dividiendo a los equipos de trabajo, es decir, a ambos colectivos, médico y enfermería. Las reivindicaciones seguirán su curso, y más allá de las distintas posturas que podamos tener ambos colectivos, debemos seguir ofreciendo el mejor servicio que podamos a nuestros pacientes, ya que, al fin y al cabo, es para lo que trabajamos todos los profesionales sanitarios.
 
Artículo publicado en «Diario Vasco».
 
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