El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) pasará a denominarse ?Consejo General de Colegios Oficiales de la Profesión Médica?. En la última Asamblea General extraordinaria se han sometido a votación y aprobado diversas modificaciones para actualizar sus Estatutos
Madrid, 30 de marzo 2010 (medicosypacientes.com)
Momento de la Asamblea General extraordinaria
del CGCOM.
En la Asamblea General extraordinaria del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, celebrada en Madrid, se ha aprobado por mayoría el cambio de denominación que pasará a ser ?Consejo General de Colegios Oficiales de la Profesión Médica?, coincidiendo con la aprobación en esta misma Asamblea, de la definición de profesión médica. Junto a este cambio se sometieron a votación y aprobaron una serie de modificaciones a sus Estatutos, basadas en las sugerencias presentadas por los diferentes Colegios de Médicos, Vocales Nacionales, Asesoría Jurídica y de la Propia Comisión de Estatutos.
Esta Asamblea General extraordinaria se ha caracterizado, en palabras del presidente del Consejo General, Juan José Rodríguez Sendín, ?por su extraordinaria agilidad tanto a la hora de elaborar los textos de modificación de los Estatutos, como a la hora de votar las distintas alternativas presentadas?.
Fueron en total 18 posibles modificaciones las que se sometieron a votación en esta Asamblea, ofreciéndose en la mayor parte de ellas varias alternativas posibles, que previamente habían sido elaboradas por la Comisión de Estatutos que recogió y estudió en detalle todas las propuestas recibidas.
De las principales modificaciones aprobadas para estos nuevos Estatutos, cabe señalar como más significativas, la introducción de dos nuevos artículos, uno sobre incompatibilidades y otro sobre derechos y deberes de sus miembros. De esta forma, los cargos de Presidente, Secretario General o Tesorero serán incompatibles con cualquier cargo directivo o ejecutivo en Colegios Provinciales, organizaciones sindicales, entidades de seguro libre, entidades de aseguramiento y/o previsión social, así como cargos o responsabilidades de carácter ejecutivo en el Gobierno.
También, y a efecto de agilizar los procesos electorales y reducir sus costes, se ha aprobado que cuando para un cargo unipersonal solo se haya presentado un candidato, el mismo será proclamado automáticamente sin necesidad de celebrar elecciones. Por otra parte la Comisión Permanente se ampliará con una segunda vice-presidencia para llevar a cabo entre ambas aquellas funciones que les sean encomendadas por el Presidente o poder representar al mismo cuando sea necesario.
Por lo que se refiere a las Vocalías Nacionales, las nueve anteriores se reducirán a siete. De esta forma las de Atención Primaria urbana y rural se unifican en una, al igual que la de Medicina Privada que antes estaba dividida según fuese por cuenta propia o ajena y se da cabida en una nueva vocalía de Tutores y Docentes. Las nuevas vocalías nacionales aprobadas, son las siguientes: Medicina Primaria, Medicina Hospitalaria, Medicina Privada, Médicos Internos y Residentes, Administraciones Públicas, Médicos Jubilados y Médicos Tutores y Docentes.
La Profesión Médica, definida
Previamente a la aprobación de los nuevos Estatutos, la Asamblea General aprobó por unanimidad el documento elaborado en el que se definen los conceptos de ?profesión médica?, ?profesional médico? y ?profesionalismo médico?, situándolos en su contexto actual.
También se aprobaron los Estatutos de la Fundación Red de Colegios Médicos Solidarios con la que los Colegios de Médicos aunarán de forma voluntaria sus esfuerzos de cooperación y solidaridad, destinando a este fin el 0,7 por ciento de sus ingresos.
Finalmente se presentaron las ?Memorias 2009? de Presidencia y de Secretaría General, incluyéndose en esta última las de las diferentes Vocalías Nacionales y las distintas áreas del Consejo General. En dichas memorias se ofrece un pormenorizado detalle que recoge los documentos y toda la actividad realizada a lo largo del año.