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El Gobierno pone en marcha el Registro de Universidades, Centros y Títulos

Este Registro recogerá la información actualizada relativa al sistema universitario español y será un instrumento básico para garantizar la calidad en las nuevas titulaciones adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior

Madrid, 15 de septiembre de 2008 (Redacción)

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), cuya gestión corresponde al Ministerio de Ciencia e Innovación. Este Registro recogerá la información actualizada relativa al sistema universitario español y será un instrumento indispensable para garantizar la calidad en las nuevas titulaciones adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior.

La nueva concepción en el diseño de los títulos universitarios que se recoge en la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, mediante un Real Decreto de 29 de octubre de 2007, se basa en un proceso de autorización de las Comunidades Autónomas de verificación de los planes de estudios y de aprobación mediante acuerdo del Consejo de Ministros del carácter oficial de los títulos. Este proceso culmina con la inscripción en el Registro como requisito necesario para la determinación del carácter oficial de los mismos.

Como se recuerda desde el Ministerio de Ciencia, el Gobierno aprobó, a finales de agosto, el establecimiento del carácter oficial de 107 títulos de Grado que requieren su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, a cuyo efecto se promueve el presente Real Decreto.
El Registro de Universidades, Centros y Títulos se estructura en tres secciones (universidades, centros y títulos), con cinco subsecciones de títulos: grado, master, doctorado, equivalentes y títulos no oficiales. Su gestión estará a cargo de la Dirección General de Universidades.

En el Real Decreto se establecen, para cada una de las secciones, las normas relativas a su inscripción, al contenido de los asientos registrales y a la comunicación de los datos registrales.
Además, se regula el acceso al Registro de los interesados y de las personas con discapacidad, y la aportación de datos al Registro por medios electrónicos. Asimismo, se determina a quién se imputará la responsabilidad de la información contenida en los datos registrados en el Registro.

Por último, se prevé la incorporación al Registro de la información contenida en el actual Registro Nacional de Universidades, Centros y Enseñanzas.

Adaptación completada

La puesta en marcha de este Registro completa el proceso de inicio de la adaptación de los títulos universitarios españoles al Espacio Europeo de Educación Superior, que arranca este curso con los primeros títulos de Grado, y culmina la serie de reformas que el Gobierno ha impulsado para la adaptación de los estudios universitarios al modelo común europeo.

Éste será el primer curso en el que los estudiantes españoles podrán matricularse en los primeros títulos adaptados al Espacio Europeo de Educación Superior, con dos años de antelación sobre el calendario europeo previsto para completar su implantación. A partir de 2010 toda la oferta de enseñanzas de las universidades españolas deberá estar adaptada al nuevo modelo, diseñado por los representantes de 48 países, en un marco que facilite la movilidad de estudiantes y titulados. Al mismo tiempo, busca una modernización de la enseñanza superior europea incentivando la autonomía y la calidad a través de sistemas de rendición de cuentas y de evaluación.

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