lunes, diciembre 9, 2024

Portal informativo de la Organización Médica Colegial de España

InicioOMCPrimer juicio a favor de la colegiación obligatoria en Andalucía tras el...

Primer juicio a favor de la colegiación obligatoria en Andalucía tras el dictamen del TC    

 

Sevilla, 6 de febrero 2013 (medicosypacientes.com)

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 7 de Sevilla ha desestimado la petición de baja colegial, en el caso de una enfermera, solicitada el 23 de febrero de 2011 en el Colegio de Enfermería de Sevilla. Esta sentencia es la primera que llega tras el fallo emitido por el TC el pasado 17 de enero, que anulaba y declaraba la inconstitucionalidad de la ley andaluza que introducía la libertad de colegiación para el ejercicio profesional del personal sanitario titulado que trabaja en exclusiva para la Administración Pública andaluza.

Los hechos, de los que informa el Consejo Andaluz de Enfermería (CAE) se desencadenaron cuando, tras la denegación de baja del Colegio de Sevilla y del propio Consejo Andaluz de Enfermería, la enfermera colegiada interpuso un recurso contencioso administrativo que se ha resuelto a fecha de 31 de enero de 2013, condenando a la enfermera a continuar de alta en el Colegio profesional correspondiente, en este caso el de Sevilla, a pesar de que su petición de baja, como hemos dicho anteriormente, se produjo dos años antes.

El juez refiere en la sentencia que, anteriormente en recursos similares al que nos ocupa se estimaban a favor de los colegiados, pero tras el fallo del Tribunal Constitucional de fecha 17 de enero de 2013, y donde se recoge que la ley andaluza ha vulnerado las competencias estatales y, por tanto, es inconstitucional, tiene que desestimar la petición de baja de la colegiada.

En torno a esta información, el CAE reconoce “el buen criterio del magistrado cuando, a pesar de ser una petición de baja anterior a la sentencia del Constitucional, entiende que al declarar el TC la inconstitucionalidad de la norma andaluza de colegiación y quedar anulada, en cualquier decisión judicial hay que tener en cuenta su ilegalidad, aunque se tratase de una petición de baja de hace más de 10 años, porque ya se conoce dicha la anulación de la norma”.

Se adjunta texto de la Sentencia

(*)Foto:123RF

 

 

Relacionados

TE PUEDE INTERESAR

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Más populares