La Junta Directiva del Colegio de Médicos de Cáceres ha decidido recurrir ante los tribunales la resolución del 13 de julio que regula la aplicación de la jornada de 37,5 horas semanales en la sanidad pública. Según la entidad colegial, dicha resolución “confunde intencionadamente” los conceptos de jornada ordinaria y complementaria ya que tal y como afirman el incremento de las 37,5 horas debe producirse con un incremento de la jornada ordinaria “pero en ningún caso suplantando la ordinaria con la complementaria, al ser ésta según marca el Estatuto marco, para la realización de la atención continuada”
Cáceres, 31 de julio 2012 (medicosypacientes.com)
La Junta Directiva del Colegio de Médicos de Cáceres ha decidido recurrir ante los tribunales la resolución del 13 de julio (y posteriores Instrucciones de aplicación) de la Gerencia del Servicio Extremeño de Salud (SES) que regula la aplicación de la jornada de 37,5 horas semanales en la sanidad pública.
Según la entidad colegial, dicha resolución “confunde intencionadamente” los conceptos de jornada ordinaria y complementaria ya que tal y como afirman el incremento de las 37,5 horas debe producirse con un incremento de la jornada ordinaria “pero en ningún caso suplantando la ordinaria con la complementaria, al ser ésta según marca el Estatuto marco, para la realización de la atención continuada”.
Desde la entidad colegial aseguran no negarse al incremento de la jornada laboral aunque afirman que las instrucciones del SES no son las adecuadas ya que contemplan que las 2,5 horas semanales que deben cumplir los profesionales médicos que hacen guardias, en total 10,2 horas mensuales, se deduzcan de la atención continuada y se retribuyan como jornada ordinaria.
El problema, según denuncian, no consiste tanto en hacer más horas como en “la pérdida de la calidad asistencial y del poder adquisitivo”. Dicha medida supone además, tal y como indican, una “discriminación” con respecto al resto de trabajadores de la Junta de Extremadura y del resto de trabajadores del SES, que al no hacer guardias les supone un incremento de las horas ordinarias que pueden realizar con distintas formas.