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Preguntan al Tribunal de Justicia británico si son legales los incentivos de la Administración sanitaria para prescribir ciertos medicamentos

En el informe jurídico presentado se defiende que son contrarios al derecho comunitario los incentivos de la Administración que inducen al médico a cambiar ?por razones de ahorro en el gasto farmacéutico- lo que habría prescrito si no existieran los citados incentivos; es decir, el derecho de los pacientes a recibir la medicación que su médico considera que deberían recibir

Madrid, 23 de febrero 2010 (medicosypacientes.com)

La Asociación de la Industria Farmacéutica Británica (Association of the British Pharmaceutical Industry) ha presentado una petición de decisión prejudicial contra la Agencia reguladora de Medicamentos y Productos Sanitarios del Reino Unido (Medicines and Healthcare Products Regulatory Agency) al entender que los incentivos a la prescripción introducidos por los Institutos de Asistencia Primaria (Primary Care Trusts) son contrarios a la libertad de prescripción.

Se trata de entrar en la interpretación del artículo 94, apartado 1, de la Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano (Directiva 2001/83). Este precepto prohíbe la promoción de medicamentos a través de primas, ventajas pecuniarias o ventajas en especie a las personas facultadas para prescribirlos, con excepción de aquellas que tengan un valor insignificante y que sean relevantes para la práctica de la medicina. La cuestión planteada se refiere a los sistemas de incentivos a la prescripción introducidos Institutos de Asistencia Primaria están comprendidos en el ámbito de aplicación del citado artículo y si son contrarios al mismo.

Se reconoce que ?toda regulación en materia de producción, distribución o utilización de los medicamentos, debe tener por objeto esencial la salvaguarda de la salud pública? y que ?las personas facultadas para prescribir medicamentos deben realizar esta tarea de modo totalmente objetivo y sin hallarse influidos por incitaciones económicas, directas o indirectas?.

Por todo ello se propone al Tribunal de Justicia que responda si el citado artículo prohíbe que un organismo público, que forma parte de un sistema nacional de seguridad social, establezca ?con el objetivo de reducir su gasto total en medicamentos-un sistema de incentivos económicos a las prácticas médicas consistentes en prescribir unos medicamentos específicos promocionados por este sistema de incentivos.

El informe jurídico presentado, en apoyo de esta petición de pronunciamiento, viene a poner de manifiesto que nada puede vulnerar la libertad de prescripción de los médicos, ni siquiera los incentivos que establecen algunos países, como es el caso del Reino Unido, a la prescripción. En concreto, según las conclusiones del abogado que está actuando en esta cuestión prejudicial planteada por la patronal de a industria farmacéutica británica, son contrarios al derecho comunitario los incentivos de la Administración que inducen al médico a cambiar lo que habría prescrito si no existieran los citados incentivos. Se defiende, en definitiva, el derecho de los pacientes a recibir la medicación que su médico, si no hubiera presiones de la Administración, les habría prescrito al entenderla como la más adecuada a cada paciente en particular.

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