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Opinión.- Cinco minutos para asistir al paciente: problema ético y deontológico

Si el médico se viese obligado por el Centro para el que trabaja a tener que asistir a cada enfermo con un tiempo inferior al que él considera necesario para poder prestar una correcta asistencia sanitaria, deberá comunicarlo para que se tomen las medidas correctoras necesarias y de no obtenerse solución estará obligado a denunciarlo, según expone en este artículo Beatriz Lago Rial, asesora jurídica del Colegio de Médicos de Cádiz

Madrid, 10 de mayo 2011 (medicosypacientes.com)

?Médicos y Pacientes? les ofrece el artículo elaborado por Beatriz Lago Rial, asesora jurídica del Colegio de Médicos de Cádiz.

Cinco minutos para asistir al paciente: problema ético y deontológico

La falta de tiempo para asistir a los pacientes es una batalla antigua que los médicos vienen denunciando desde hace ya algún tiempo. En esta sociedad que vive inmersa en una falta de tiempo para todo, no les falta razón a los médicos cuando denuncian que el tiempo que le dan para cada enfermo no es suficiente, máxime si ello afecta a la correcta atención de los pacientes.

El tiempo necesario para cada acto médico debe ser fijado por el criterio profesional del médico, teniendo en cuenta las necesidades individuales de cada paciente y la obligación de procurar la mayor eficacia en su trabajo. Sin embargo, parece que la Administración hace oídos sordos a lo que es un problema ético y deontológico.

Por eso, si el sistema sanitario les obliga a tener que asistir a un enfermo cada 5 minutos y ello afecta a la correcta atención de los pacientes, el médico está obligado a denunciarlo.

No se trataría de una denuncia más sobre la falta de tiempo, sino la obligación del médico de denunciar una situación de deficiencia sanitaria que afecta a la correcta atención de los pacientes.

Por su parte, la Administración está obligada a resolver esa situación que el médico denuncia, por su deber deontológico como profesional médico. En este sentido, el art. 6.2 del Código de ética y deontología médica establece lo siguiente: ?Siendo el sistema sanitario el instrumento principal de la sociedad para la atención y promoción de la salud, los médicos han de velar para que en él se den los requisitos de calidad, suficiencia asistencial y mantenimiento de los principios éticos. Están obligados a denunciar las deficiencias, en tanto puedan afectar a la correcta atención de los pacientes?.

Y el art. 37.1 del mismo Código dispone: ?El médico está obligado a promover la calidad y la excelencia de la institución en que trabaja. Secundará lealmente las normas que atiendan a la mejor asistencia de los enfermos. Pondrá en conocimiento de la dirección del centro las deficiencias de todo orden, incluidas las de naturaleza ética, que perjudiquen esa correcta asistencia. Y si no fueran corregidas las denunciará ante el Colegio Médico o a las autoridades sanitarias, antes de hacerlo a otros medios?.

Es decir, el médico que observe cualquier tipo de deficiencias en el sistema sanitario para el que trabaja está obligado a denunciarlas al Director del Centro y estimamos que también al Director de Distrito a fin de que se tomen las medidas oportunas al respecto. Por otra parte, siendo además una cuestión deontológica, el colegiado también podrá dirigir escrito a la Comisión de Deontología de su Colegio profesional, con objeto de que dicha cuestión pueda ser sometida a estudio y se adopten las medidas necesarias para intentar resolver el conflicto.

Beatriz Lago Rial
Asesora Jurídica

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