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Más de 90 Colegios Profesionales de Cataluña se concentran para debatir sobre los futuros efectos de la Ley Ómnibus

Con el objetivo de ofrecer una imagen de unidad de los Colegios Profesionales, representantes de todo tipo de entidades colegiales catalanas, entre ellas de Colegios Sanitarios, participaron ayer martes en una macroreunión, en Barcelona para debatir y analizar la repercusión de la Ley Ómnibus en estas corporaciones. Una de las principales conclusiones a las que han llegado ha sido la necesidad de poner en marcha un organismo que actúe de interlocutor con las Administraciones frente a una nueva normativa que les afecta de forma directa

Barcelona, 22 de julio 2009 (medicosypacientes.com)

Momento de la concentración, en Barcelona, de los representantes
colegiales catalanes.

Representantes de Colegios Profesionales Sanitarios han participado junto a sus homólogos de otras profesiones, en el acto intercolegial que se celebró ayer martes en la sede el Colegio Oficial de Agentes Comerciales de Barcelona (COACB) con la finalidad de debatir, analizar y tratar los efectos futuros de la Ley Ómnibus en las respectivas corporaciones colegiales. Además, de los representantes médicos, también acudieron a la cita miembros de otras entidades colegiales sanitarias como enfermería y odontología.

El objetivo primordial de este encuentro ha sido, según sus organizadores, ofrecer una imagen de unidad de los Colegios Profesionales de Cataluña frente a una ley, como la Ómnibus, que les afecta de forma directa. Entre las conclusiones que se han difundido en torno a la reunión cabe destacar la necesidad de los Colegios Profesionales de poner en marcha un organismo que actúe de interlocutor con las Administraciones a la hora de llevar a cabo proyectos como éste que afectan al colectivo.

Precisamente, hasta el próximo viernes, los Colegios catalanes que quieran añadir más alegaciones a las presentadas hasta ahora podrán hacerlo libremente. Posteriormente, el documento se presentará a la Administración con el fin de tener en cuenta las consideraciones y modificar la Ley.

La base de la reforma

El Proyecto de Ley Ómnibus, presentado por el Gobierno el pasado 19 de junio, aglutina cambios en 47 leyes del sector servicios en España para adaptarlo a la directiva de la Unión Europea. La nueva batería de medidas, también regula la actuación de los Colegios Profesionales dejando un marco, que en algunos aspectos, es muy limitado para poder dar cobertura y protección a los consumidores.

En el Proyecto destaca la reforma de la Ley que regula los Colegios Profesionales. Este colectivo agrupa alrededor de un millón de profesionales, que suponen un 6,1 por ciento del empleo total y el 30 por ciento del empleo universitario. Las profesiones colegiadas suponen un 8,8 por ciento del PIB.

Cabe recordar entre las principales novedades que se pretenden introducir:

  • La eliminación de restricciones injustificadas a la publicidad de los servicios profesionales, permitiendo que el consumidor esté mejor informado y se incremente su capacidad de elección.
  • La supresión de las restricciones impuestas por los Colegios al ejercicio conjunto de dos o más profesiones. Esto permitirá aprovechar las sinergias que puede generar el ejercicio simultáneo de varias profesiones.
  • El ejercicio de los profesionales también se verá favorecido por la supresión de trámites habituales como la obligación de comunicar el ejercicio fuera del territorio del Colegio de inscripción.
  • La rescisión de la función de los Colegios de fijar baremos orientativos de honorarios o cualquier otra recomendación sobre precios, que vienen restringiendo de forma injustificada y habitual la competencia en precios que tanto beneficia al consumidor, si bien se admite la colaboración con la Administración de Justicia a efectos de la tasación de costas.
  • La solicitud de visado colegial de los trabajos profesionales será voluntaria, salvo que lo exija un Real Decreto, suponiendo un ahorro para los profesionales y el consumidor. Los Colegios no podrán imponer a los profesionales la obligación de visar sus trabajos. Asimismo, se aclara el régimen de la responsabilidad que asumen los colegios cuando visan trabajos.
  • Es probable que la cuota de inscripción o colegiación no podrá superar en ningún caso los costes asociados a la tramitación de la inscripción.
  • El establecimiento de la obligación de que los Colegios cuenten con un servicio de atención a los usuarios y a los colegiados, con obligación de resolver sus quejas o tramitarlas, lo que generará una mejor protección del consumidor ante posibles prestaciones defectuosas de servicios profesionales.
  • Los colegios deben disponer de los medios necesarios para que los solicitantes puedan tramitar su colegiación por vía telemática, aligerando cargas administrativas y ahorrando costes de tiempo y dinero a los potenciales colegiados.
  • Refuerzo de la transparencia en el funcionamiento de los Colegios. Se prevé que publiquen una memoria anual sobre su gestión económica y su actuación disciplinaria en defensa de los intereses de los consumidores.

En el plazo de doce meses desde la entrada en vigor, de la normativa el Gobierno remitirá a las Cortes un Proyecto de Ley que determine las profesiones para cuyo ejercicio es obligatoria la colegiación.

La aprobación de estos proyectos legislativos irá seguida por la adecuación de un elevado número de Reales Decretos y Órdenes Ministeriales para culminar el proceso de transposición de la Directiva de Servicios desde el punto de vista de la Administración General del Estado antes del 28 de diciembre de 2009.

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