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Los recursos de Andalucía y Asturias contra el RDL 16/2012, admitidos a trámite por el Constitucional

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recursos de inconstitucionalidad promovidos por la Junta de Andalucía y del Gobierno del principado de Asturias contra varios artículos del Real Decreto Ley de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones. Sendos recursos se centran en aspectos sobre aseguramiento, prescripción de medicamentos y precios de referencia

 

Madrid, 24 de septiembre 2012 (medicosypacientes.com)

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recursos de inconstitucionalidad promovidos por la Junta de Andalucía y del Gobierno del principado de Asturias contra varios artículos del Real Decreto Ley de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

Según publica este viernes el Boletín Oficial del Estado (BOE), se admite el recursos del Gobierno andaluz contra los artículos 1.1 y 1.2, ambos relativos a la modificación de la Ley de Cohesión y Calidad en lo referente a la condición para el acceso a la asistencia sanitaria, así como al reconocimiento y control de asegurado.

Asimismo, se han admitido recurso contra los artículos 4.1 y 4.4, relativos a la prescripción de medicamentos y productos sanitarios; y 10.4 y 10.5,sobre precios de referencia, habiendo sido el primero también recurrido por el Gobierno Asturiano.

El pasado mes de junio la Junta de Andalucía acordaba autorizar la interposición del recurso al entender, según señalaba la consejera de Salud y Bienestar Social, María Jesús Montero, que la norma estatal invade o lesiona dos artículos de la Carta Magna y cuatro del nuevo Estatuto de Autonomía de Andalucía.

A su juicio, este Real Decreto dictado «es inconstitucional tanto en el fondo como en la forma», toda vez que no garantiza «el derecho a la protección de todos reconocido en la Carta Magna», con lo que «se pasa de ser ciudadanos titulares del derecho a la salud a ser asegurados y beneficiarios de un servicio».

Asimismo señalaba que con este decreto el Gobierno central «penaliza con motivo de la situación económica a los sectores más desfavorecidos», al «vulnerar» y «no garantizar» el derecho a la protección de la salud de sectores como los inmigrantes y la población pensionista.

En concreto, afirmaba que el artículo 1 de la norma estatal cambia el concepto de ciudadanos con derecho a la salud por el de asegurados o beneficiarios, «atentando así contra uno de los principios básicos de la Carta Magna», recogido en su artículo 43.

Por su parte, el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias decidió el pasado mes de julio recurrir al estimar que el Gobierno de España ha podido incurrir «en un exceso de bases» al invadir las competencias autonómicas en materia de autoorganización de la comunidad autónoma.

La decisión de acudir al Tribunal Constitucional se sustenta en la creencia por parte del Gobierno de Asturias de que las comunidades autónomas son parte esencial del Estado y, por tanto, velar por los ámbitos de actuación de cada una de las administraciones atesora un principio de convicción democrática y de respeto a la Constitución Española.

El pasado mes de julio el Tribunal Constitucional también admitió a trámite los recursos presentados por el Parlamento Navarro.

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