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Los médicos de A.P. catalanes toman medidas frente a la burocracia de sus consultas

Coincidiendo con el inicio de año, los usuarios de los centros de salud de Cataluña empezarán a notar cambios significativos en la obtención de certificados, recetas, visitas sucesivas o derivaciones a la atención especializada y pruebas complementarias, según se indica desde la Sociedad Catalana de Medicina de Familia y Comunitaria

Barcelona, 22 de enero 2010 (medicosypacientes.com)

La Sociedad Catalana de Medicina Familiar y Comunitaria (CAMFIC) ha hecho un llamamiento los médicos de familia catalanes para aplicar los acuerdos alcanzados en noviembre con la Administración (CatSalut) para eliminar burocracia en las consultas. De esta manera, y coincidiendo con el inicio de año, los usuarios de los centros de atención primaria empezarán a notar cambios significativos en la obtención de certificados, recetas, visitas sucesivas o derivaciones a la atención especializada y pruebas complementarias. Los pacientes se ahorrarán trámites y visitas al CAP y tendrán un mejor control sobre todos los aspectos de su seguimiento y medicación.

Por su parte, el conjunto de agentes implicados en la atención al usuario hará un esfuerzo de información para difundir las novedades acordadas. El Departament de Salut a través de CatSalut ya ha emitido dos instrucciones para los profesionales y distribuirá una guía para los usuarios.

Por tanto, los médicos de familia catalanes se proponen a partir de ahora dejar de hacer las tareas que no les corresponden de acuerdo con lo que se recoge en las instrucciones emitidas por el CatSalut. Los médicos podrán así ganar tiempo para atender a los pacientes, para realizar actividades preventivas, control de los enfermos crónicos, visitas a domicilio, cirugía menor, investigación y docencia, etc.

Principales novedades

Entre las principales novedades del acuerdo para recortar burocracia en los ambulatorios cabe destacar:

– El informe o certificado de salud lo pueden emitir los médicos de atención primaria y los médicos de la atención especializada.

– El médico de familia no tiene la obligación de informar o certificar sobre la aptitud para la realización de actividades deportivas, de ocio o profesionales (oposiciones, pedir subvenciones)…

– Los justificantes de baja se pueden dar a la unidad de atención al usuario siempre que se disponga de firma electrónica.

– Los justificantes de presencia en el CAP se pueden dar a la unidad de atención al usuario.

– La falta de asistencia de un alumno a la escuela la tienen que justificar los padres o tutores.

– El certificado de vida lo podrá expedir la trabajadora social, la enfermera o el médico de familia.

– Los médicos de Atención Especializada o de urgencias pueden derivar directamente a otros médicos de la atención especializada. En caso de ausencia de hoja de derivación, el mismo informe de urgencias debe servir para hacer la programación de visita especializada y no es necesario que el paciente pase por la consulta del médico de familia.

– Las visitas sucesivas de la atención especializada deben programar desde el centro o servicio donde se generan.

– Las pruebas complementarias solicitadas en la atención especializada se programan directamente en el mismo hospital o centro donde se han generado.

– El médico de familia debe disponer de la información de las listas de espera de la atención especializada ambulatoria.

– Los médicos de familia no tienen la obligación de prescribir una medicación si no están de acuerdo, aunque lo haya indicado otro profesional del sistema público.

– Si el médico de la atención especializada receta un nuevo medicamento debe introducir la receta electrónica o dar la primera prescripción en una receta médica oficial del CatSalut.

– Si el médico hospitalario / urgencias prescribe un nuevo tratamiento, debe introducir la receta electrónica o dar una receta médica oficial del CatSalut.

– Los medicamentos que necesitan validación, deben ser validados en el centro u hospital donde el médico los ha prescrito.

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