El actual Código Penal ya penaliza la extracción de órganos humanos mediante pago al donante de precio o recompensa, considerándolo como un delito de lesiones, pero desde el Ministerio de Sanidad y Política Social se considera necesario avanzar en la tipificación penal del tráfico de órganos humanos, de su promoción mediante la publicidad y del denominado turismo de trasplantes
Madrid, 18 de noviembre 2009 (medicosypacientes.com)
El nuevo proyecto de ley orgánica dirigido a reformar el actual Código Penal, cuya remisión al Congreso de los Diputados fue acordada en el Consejo de Ministros del pasado 13 de noviembre, incorpora, a iniciativa del Ministerio de Sanidad y Política Social, la tipificación del delito del tráfico ilegal de órganos humanos.
El actual Código Penal ya penaliza la extracción de órganos humanos mediante pago al donante de precio o recompensa, considerándolo como un delito de lesiones, pero es necesario avanzar en la tipificación penal del tráfico de órganos humanos, de su promoción mediante la publicidad y del denominado turismo de trasplantes.
Gracias al avance técnico de las últimas décadas, el trasplante de órganos ha pasado de ser un procedimiento prácticamente experimental, que únicamente realizaban centros de élite, a convertirse en una intervención terapéutica que se practica en hospitales de todo el mundo.
España es líder en donaciones de órganos, con una tasa de 34 por millón de habitantes, lo que ha servido para que el ya conocido como modelo español sea una referencia a nivel mundial. Estos logros están permitiendo a nuestro país abanderar políticas activas en la Unión Europea, como la directiva de células y tejidos, en vigor desde hace siete años, o la próxima sobre calidad y seguridad en la obtención y el trasplante de órganos, cuya aprobación está prevista durante el período de la presidencia española en 2010.
Sin embargo, el aumento del número de trasplantes que se realizan en el mundo y el porcentaje de éxito cada vez mayor de las intervenciones también han traído consigo problemas importantes. El más relevante es que la oferta de órganos no ha avanzado al mismo ritmo que la demanda y ningún país tiene órganos suficientes para cubrir las necesidades de su población, hasta el punto de que la mortalidad en lista de espera de algunos órganos alcanza el 10 por ciento en algunos países.
Demanda de órganos
Esta situación ha creado una demanda de órganos por parte de pacientes con recursos económicos que están dispuestos a viajar, a cambiar de país e, incluso, a olvidar ciertos reparos éticos para conseguir un órgano. El fenómeno de la compra y venta de órganos humanos es creciente y en países como India este comercio era legal hasta 1995, mientras que en China y en Pakistán, entre otros, hay evidencias de su práctica.
En la cumbre internacional sobre turismo de trasplantes y tráfico de órganos, celebrada en mayo de 2008, un total de 152 representantes de instituciones públicas y organismos médicos y científicos de 78 países consensuaron la Declaración de Estambul. Esta declaración considera que el tráfico de órganos y el turismo de trasplantes violan los principios de igualdad, justicia y respeto de la dignidad humana y deberían prohibirse, e insta a que cada Gobierno cree un marco legal acompañado de medidas penales para quienes participen en esas actividades y prohíba todo tipo de publicidad de solicitudes u ofertas de órganos.