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El Colegio de Médicos de Zaragoza aborda los honorarios médico-periciales

El Foro de Deontología del Colegio de Médicos de Zaragoza analizó los honorarios médico-periciales en su última sesión. María Teresa Criado del Río, especialista en Medicina Legal y Forense y presidenta de la sociedad aragonesa de Valoración Daño Corporal, Medicina Legal y del Seguro, fue la encargada de impartir la ponencia

La ponente expuso la importancia del informe médico-pericial y sus requisitos básicos, “un criterio en el que descansan sus honorarios por  la responsabilidad de su ejercicio por sus repercusiones individuales y sociales”. De las diferentes formas de ejercicio de la Medicina Legal y Forense derivan los distintos modos de remuneración de los diversos tipos de médicos-peritos. La medicina pericial es diferente del resto de las especialidades médicas por sus objetivos y por sus formas de ejercicio, ya que hay que deslindar totalmente la función pública, a cargo de los médicos forenses, de la privada, que es la única forma de ejercicio del resto de los médicos-peritos formados en la materia.

También mencionaron a los médicos-peritos privados independientes. El ejercicio privado debe ajustarse a la normativa ética y legal. Partiendo del derecho a los honorarios, los criterios en los que se apoyan, la libertad en el establecimiento de honorarios, el derecho a la provisión de fondos y del deber de elaborar una minuta de honorarios detallada.

Para el coordinador del Foro de Deontología del Colegio de Médicos de Zaragoza, Dr. Pedro Cía, “ esta sesión viene ilustra sobre unas dimensiones de nuestro ejercicio, que nos recuerdan que toda nuestra realización profesional  ha de desarrollarse en el marco de la Justicia. El informe pericial es una actividad profesional que directamente sirve a la Justicia. Las orientaciones del Código de Deontología son del mayor interés, ya que marcan las directrices, como no podía ser de otra manera, para fundamentarse en la verdad, pero también para ser muy cuidadosos en preservar los derechos del paciente, como el de la intimidad, y evitar cualquier tipo de injusticia que pudiera derivarse de la actividad pericial”.

El Dr. Cía añadió que “siendo de justicia percibir los honorarios que corresponden a una actividad profesional, el Código inspira una conducta generosa en este cometido (como en cualquier otro), siempre con la mirada puesta en el bien del paciente, aun preservando los derechos del profesional. La revisión de estos temas evoca el estilo de conducta que debe seguir un buen profesional, ese “vir bonus medendi peritus” según definición de los clásicos, es decir, varón bueno (hoy diríamos persona buena) experto en cuidar, pero que ha de ser ante todo, bueno como persona, lo cual implica actuar con justicia y generosidad”.

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