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El BOE corrige el Real Decreto de medidas urgentes para respetar los derechos consolidados de los médicos titulares

El BOE publicó ayer, 15 de mayo, el Real Decreto Ley 16/2012 de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del SNS, en el que introduce una serie de correcciones, respetando los derechos consolidados de los médicos titulares, que pasan a convertirse en personal estatutario

Madrid, 16 de mayo 2012 (medicosypacientes.com)

El BOE publicó ayer, 15 de mayo, el Real Decreto Ley 16/2012 de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del SNS, en el que introduce una serie de correcciones, respetando los derechos consolidados de los médicos titulares, que pasan a  convertirse en personal estatutario.

 Para la OMC, que ha tutelado el movimiento de este colectivo al que este Real Decreto ha generado una gran inquietud por considerar que se trataba de una expropiación y una conculcación de sus derechos adquiridos, esta corrección de errores disminuye, en parte, alguno de los efectos indeseables del Real Decreto.

 Tras las gestiones realizadas con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y a la espera de la nueva valoración de los servicios jurídicos, la OMC valora con reservas que en función de las posibilidades que presentaba el Real Decreto, se hayan introducido esta corrección de errores.

 En el texto original de de dicho Real Decreto se establecía que los médicos, practicantes y matronas titulares de los servicios sanitarios locales que presenten sus servicios como médicos generales, practicantes y matronas de los servicios de salud, así como el resto de profesionales sanitarios de instituciones públicas, tendrán hasta el 31 de diciembre de 2012 para integrarse en los servicios de salud como personal estatutario.  Y añadía que el  personal que opte por permanecer en activo en su actual situación, «en los cuerpos y escalas en los que ostenten la condición de personal funcionario», las comunidades autónomas tendrán que adscribir a este personal a órganos administrativos que no pertenezcan a las instituciones sanitarias públicas.

 En el texto corregido que aparece publicado en el BOE, del 15 de mayo de 2012, Sec. I. Pág. 35411, se reflejan las siguientes correcciones: En la página 31306, artículo 10, apartado cuatro (apartado 1 de la disposición adicional decimosexta que se añade), en la tercera línea, debe añadirse la palabra «sanitario» tras la expresión «personal funcionario»; en la cuarta línea, donde dice: «… hasta el 31 de diciembre de 2012…», debe decir: «…hasta el 31 de diciembre de 2013…»; en la quinta línea, tras la expresión «…integrarse en los servicios de salud como personal estatutario fijo», debe añadirse el inciso «, sin perjuicio de los derechos consolidados.».

El texto íntegro del BOE con todas las correcciones del RDL 16/2012 se puede consultar a pie de página.

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