?Médicos y Pacientes? ofrece la traducción al español de esta sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, así como el último informe ?Europa al Día? en el que se informa sobre este proceso
Madrid, 18 junio 2010 (medicosypacientes.com)
El último informe ?Europa al Día? (nº 323) elaborado por el Departamento Internacional del Consejo General de Colegios de Médicos, ofrece una amplia información sobre la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre reembolso de gastos médicos. De igual forma acompaña a este informe, la traducción al español de la sentencia, de fecha 15 de junio 2010, con relación al ?Incumplimiento de Estado ? Artículo 49 CE ? Seguridad social ? Tratamiento hospitalario necesario durante la estancia temporal en otro Estado miembro ? Inexistencia de un derecho a intervenir por parte de la institución competente complementaria a la institución del Estado miembro de estancia?.
El Tribunal de Justicia ha declarado que cuando se preste asistencia hospitalaria no planificada durante una estancia temporal en un Estado miembro distinto del de afiliación, este último Estado no está obligado a reembolsar los gastos que corran a cargo del paciente en el Estado en que se haya dispensado la asistencia.