Las encuestas de condiciones de trabajo de los últimos años, figura el Dolor de Cabeza en el quinto lugar de los problemas de salud que sufre el trabajador en relación con su puesto de trabajo. Es por ello que el grupo de trabajo de neurología de la Asociación Española de Especialistas en Medicina en el Trabajo (AEEMT) ha editado este libro que ha contado con la colaboración de la Fundación Migraña
Madrid, 2 de julio 2009 (medicosypacientes.com)
El 95 por ciento de la población ha tenido un dolor de cabeza a lo largo de su vida, un problema de salud que figura en el quinto lugar para los trabajadores y que ocasiona una pérdida de 20 millones de jornadas laborales en España con un coste aproximado de 2.000 millones de euros. Sin embargo, las cefaleas son «la cenicienta de la neurología» porque al tratarse de una enfermedad «incomprendida» y que no es mortal no se le presta la atención adecuada, según señaló el doctor Feliu Titus, jefe del Servicio de Neurología del Hospital Vall d’Hebrón de Barcelona.
Es por ello que el grupo de trabajo de neurología de la Asociación Española de Especialistas en Medicina en el Trabajo (AEEMT) ha editado el 1º «Manual de cefalea para el médico» con la colaboración de la Fundación Migraña. La obra aporta como novedad una visión alejada de los aspectos clínicos que ya tratan extensamente otras especialidades y estudia en profundidad el papel del médico del trabajo dentro y fuera de las empresas en un marco legislativo complejo y denso al que el médico asistencial no suele estar habituado y que es difícil de manejar excepto para especialidades como la Medicina del trabajo.
«Con este manual hemos querido salirnos del concepto clásico asistencial, que ya han editado otras sociedades científicas y nos hemos centrado más en el concepto de persona. Hemos empezado con la migraña ya que es una de las enfermedades más prevalentes. La perspectiva es centrarnos en el concepto del paciente- persona bien porque padece algún tipo de cefalea, considerada como enfermedad, o bien por el propio dolor de cabeza como síntoma que puede ser un detonante de determinados riesgos laborales. No hay que olvidar que este paciente está integrado en la sociedad y está trabajando y, por tanto, toda su vida está rodeada de unos derechos y obligaciones, regulados por una legislación amplia y compleja que normalmente al médico no le suele gustar», señala la Dra. Teófila Vicente Herrero, especializada en Medicina de Trabajo, coordinadora y una de las autoras del manual.
Las encuestas de condiciones de trabajo de los últimos años, figura el Dolor de Cabeza en el quinto lugar de los problemas de salud que sufre el trabajador en relación con su puesto de trabajo. El 12,7% de la población general está afectada de cefalea. «La mayoría de las migrañas produce una incapacidad transitoria, pero hay algunos casos que son muy repetitiva y se convierte en una cefalea continua. Hay algunas personas con cefaleas que han conseguido una misnuvalía o una incapacidad, sobre todo si sufren migrañas con aura y cefaleas tensionales crónicas y siempre en relación a puesto de trabajo, como por ejemplo, conductores de transportes públicos, conductores de mercancías peligrosas? No es la patología la que da la incapacidad sino la persona y hasta que punto le está afectando la enfermedad y las medicaciones en su trabajo».
El 70 por ciento de la población sufre cefalea tensional y entre el 12 y el 15 por ciento de la población sufre migraña y la mitad de las personas que sufren migraña es «incapaz» de mantener su actividad habitual, un 30 por ciento debe guardar reposa en cama y un 19 por ciento falta a su trabajo.
Pese a estos datos, el doctor Titus criticó al escasa atención que le presta la Administración porque se trata de una enfermedad «de difícil diagnóstico, que se desprecia y que incluso muchas la utilizan». Esta situación hace que la persona «no se sienta entendida, pero quera salir de este dolor», lo que le aboca a un abuso de consumo de analgésicos, algo que nunca debe hacerse porque, explicó, «un dolor de cabeza ocasional puede convertirse en crónico».
De hecho, la cefalea diaria por abuso de medicación afecta en España al 5 por ciento de la población cuando si se permitiera como profilaxis el faltar un día al trabajo «no se les abocaría a un abuso de fármacos». «Si dices en un tren que tienes dolor de cabeza siete bolsos y tres carteras se abrirán para darte algo», ironizó este especialista, ya que 7 de cada 10 personas que sufren migrañas son mujeres.
Al respecto, la coordinadora de la obra, Teófila Vicente Herrero, explicó que el 50 por ciento de los procesos por incapacidades se rechazan porque no están debidamente informados ya que en su mayoría sólo recogen datos clínicos, números TACs o análisis, pero nada de la información laboral, ni siquiera donde trabaja o qué funciones desempaña el enfermo, lo que impide valorar si puede desarrollar sus funciones o en qué grado.
Por ello, este manual pretende ayudar estableciendo las diferencias de cada término –incapacidad, minusvalía, y discapacidad–, analizando las distintas situaciones laborales que pueda llevar a da una de ellas, así como el trámite administrativo para su baremación.
Además, pretende ayudar a la prevención de los accidentes laborales informado de los riesgos que supone las cefaleas para determinados trabajos, como los de alturas, o por los efectos adversos de la medicación, que suponen un pérdida de reflejos.
Así, se ha comprobado que en las personas que tienen cefaleas, los cambios de turno en su trabajo, como el caso de cadena de montaje, médicos o fuerzas de seguridad, aumentan las crisis por las alteraciones de sueño, lo que debería suponer una revaluación de sus condiciones ser «un trabajador especial
mente sensible». Y por regla general se ha comprobado que las sanitarias y las maestras son las que sufren más migrañas.
Una herramienta útil para el médico
El manual, que publica el grupo de trabajo de neurología de la AEEMT, constituye una valiosa herramienta para conocer el mejor el circuito completo de la prevención, la asistencia, rehabilitación y la integración socio-laboral en un problema de salud tan frecuente como la cefalea.
En el libro se desarrollan cuestiones clave como: la minusvalía y su regulación, la tramitación de las Incapacidades, el riesgo de accidentabilidad laboral, el manejo de los pacientes con cefalea dentro de la empresa y el síntoma como posible indicador sanitario dentro del mundo del trabajo y en las patologías emergentes o re-emergentes más habituales en el mundo laboral.
Asimismo incluye un amplio recorrido por la jurisprudencia más relevante y la valoración pericial médico-laboral de las personas con cefalea y su impacto social y jurídico. El texto pretende servir de guía y ayuda indispensable en las actividades relacionadas con la salud de los trabajadores con el fin de mejorarlas, y refleja los conocimientos y la experiencia de los autores en este terreno tan importante, así como su deseo de contribuir a mejorar la calidad de la práctica médica relacionada con la salud laboral.
«En este texto se tratan aspectos como el manejo del trabajador con cefalea dentro de las empresas, el papel como indicador sanitario o detector precoz de situaciones concretas de riesgo laboral, el síntoma cefalea como indicador precoz de determinadas enfermedades emergentes laborales y se profundiza en los conceptos de minusvalía, discapacidad o incapacidad tan confusos en ocasiones y cuyo proceso de tramitación administrativa en ocasiones no está lo debidamente orientado o se carece de la información básica para facilitar la posterior decisión de los EVOs y EVIs encargados de evaluarlos», explica la Dra. Teofila Vicente.
Asimismo, «se hace una profunda revisión jurisprudencial que permite situar este problema en un nivel diferente pero al tiempo, darse cuenta de las mejoras que nuestras aportaciones periciales pueden significar para los magistrados a la hora de establecer las estimaciones o desestimaciones de los fallos judiciales en las reclamaciones planteadas por los trabajadores o por las personas afectadas y en general en cualquier tipo de reclamación abierta en cuanto a la repercusión social-jurídica y laboral de estas enfermedades», puntualiza la coordinadora de la obra.
Anteriormente al año 85, el concepto de migraña prácticamente no existe en la jurisprudencia española. Es a partir de ese año y hasta el 99 comienza un movimiento muy leve donde se registran muy pocos casos que llegan a los tribunales. A partir del año 99, hay un despegue exponencial hasta estabilizarse en el año 2008,hay un incremento de proceso muy importantes sobre todo en el ámbito de lo social, que es en estos juzgados donde se debaten conceptos como incapacidades,modificaciones en las condiciones de trabajo, las minusvalías, las extinciones de contrato, los despidos improcedentes, incluso el concepto de accidente laboral.
«La legislación actual que surgen a partir de la Ley de Riesgos Laborales abre una serie de vías de actuación y de posibilidades para los pacientes que tiene enfermedades sobre todo crónicas, la influencia que esa patología puede ejercer sobre el trabajo y viceversa», explica la Dra. Teofila Vicente.