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Los Médicos Titulares valoran la posible inconstitucionalidad del RD de medidas urgentes que les obliga a convertirse en personal estatutario

Los Médicos Titulares, amparados por la OMC, valoran la posible inconstitucionalidad del Real Decreto Ley 16/2012 de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del SNS, que les obliga a convertirse en personal estatutario, “conculcando sus derechos adquiridos”. Así lo pusieron de manifiesto en la Jornada en la que, bajo el lema “No a la expropiación de Médicos Titulares” analizaron, desde una perspectiva jurídica y profesional, las consecuencias que para este cuerpo se derivan del citado decreto


Madrid, 14 de mayo 2012 (medicosypacientes.com)

Los Médicos Titulares, amparados por la OMC, valoran la posible inconstitucionalidad del Real Decreto Ley 16/2012 de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del SNS, que les obliga a convertirse en personal estatutario, “conculcando  sus derechos adquiridos”. Así lo pusieron de manifiesto en la Jornada en la que, bajo el lema “No a la expropiación de Médicos Titulares” analizaron, desde una perspectiva jurídica y profesional, las consecuencias que para este cuerpo se derivan del citado decreto.

“No se entienden ni las razones, ni la urgencia, ni la necesidad de esta medida que afecta de forma alarmante a los derechos adquiridos por los médicos titulares y que generado extraordinaria inquietud en el cuerpo”, aseguró el presidente de la  OMC, Dr. Juan José Rodríguez Sendín, en una Jornada a la que asistieron numerosos representantes provinciales de las vocalías de administraciones públicas, rural y urbanas, de los 52 colegios oficiales de medicos de España.

La Jornada contó con la participación de representantes jurídicos de la OMC, de colegios de medicos y del Consejo General de Enfermería y la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) y se celebró con la ausencia de los portavoces de los grupos parlamentarios del PP, PSOE, CiU, IU, PNV, UPyD y el propio Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, quienes excusaron su asistencia.

Solamente el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso, Pepe Martínez Olmo, envió un mensaje a la OMC de compromiso y apoyo a las reivindicaciones de los médicos afectados por el Real Decreto-Ley que proponen que, en su tramitación en el Congreso, recoja que se respeten los derechos adquiridos tanto los médicos titulares como los de cupo y zona.

La única opción que establece el Real Decreto-Ley para los médicos titulares para seguir siendo funcionarios es la de adscribirse a órganos administrativos no pertenecientes a instituciones sanitarias públicas, lo cual conlleva tener que abandonar la asistencia sanitaria, es “insultante”, según el presidente de la OMC para quien esto denota “una falta de sensibilidad y un amplio nivel de arbitrariedad” y añadió que ésta medida y la forma de llevarla a cabo, “de soslayo” es como  “si entran en su casa dando una patada a la puerta”.             

Según establece dicha disposición, los médicos, practicantes y matronas titulares de los servicios sanitarios locales que presenten sus servicios como médicos generales, practicantes y matronas de los servicios de salud, así como el resto de profesionales sanitarios de instituciones públicas, tendrán hasta el 31 de diciembre de 2012 para integrarse en los servicios de salud como personal estatutario.  Y añade que el  personal que opte por permanecer en activo en su actual situación, “en los cuerpos y escalas en los que ostenten la condición de personal funcionario”, las comunidades autónomas tendrán que adscribir a este personal a órganos administrativos que no pertenezcan a las instituciones sanitarias públicas.

El presidente de la OMC señaló que, aunque las “normas de juego están determinadas”, cabría la posibilidad de establecer una serie de correcciones al texto que, a su juicio, limitarían  los riesgos derivados del texto para que no se alteren los derechos adquiridos por este colectivo del cuerpo nacional de funcionarios del Estado.

El Dr. Rodriguez Sendín abogo por consensuar la posible solución sin  “bajar la guardia” porque “no podemos confiar en aquellos que han tomado estas medidas que tanto afectan a nuestras vidas y a las de nuestras familias” y añadió que “quien ha puedo la cerilla a la paja para provocar el incendio, debe apagar el fuego y, si no lo hace, que se atenga a las consecuencias”.

Mesa jurídico-laboral: “Con este RDL, los médicos titulares
podrían pasar a ser hasta conductores de la EMT”

Tras la intervención del presidente de la OMC, se dio paso a la primera mesa redonda, dedicada a analizar pormenorizadamente, de la mano de los Asesores Jurídicos de la Organización Médica Colegial y del Consejo General de Enfermería, el texto de la disposición adicional decimosexta y   las implicaciones que del mismo se deriva.

Los intervinientes coincidieron en subrayar la inseguridad jurídica que esta normativa ha despertado, además de observar una cierta contradicción entre dicha disposición y otras normas que se ocupan de la situación laboral de estos profesionales como es el Estatuto Marco y el Estatuto Básico del Funcionario.

Otro de los aspectos llamativos, cono destacó en este caso, el director jurídico del Consejo General de Enfermería, Francisco Corpas, es el de los plazos que se han establecido para la incorporación de este personal, establecido en el próximo 31 de diciembre, en su opinión, “insuficiente y demasiado corto”. “Tanto si se opta por el supuesto de la integración como estatutario como si  se decide mantenerse en la situación actual, se requiere previamente unos procedimientos, y la realidad es que no sabemos cuánto tiempo se tardará en establecer esos procedimientos oportunos, porque ni están en marcha y ni siquiera están establecidos”, señaló.

El letrado incidió en uno de los puntos más polémicos de la disposición como es la incorporación, en caso de no acogerse a la estaturización, a órganos administrativos que no pertenezcan a instituciones sanitarias públicas.

Desde su punto de vista, es posible, además, que algunos extremos de la norma pudieran dar lugar a conflictos con las propias CC.AA. “En el caso de que el personal funcionario opte por no adscribirse, las CC.AA. los adscribirán con carácter obligatorio, pero, en cambio, no se las deja margen, es decir, tal como está redactado, la comunidad autónoma no puede valorar si le adscribe o no al profesional”.

Por otra parte, Corpas destacó la “intangibilidad del puesto de trabajo y de las funciones profesionales” y desde su perspectiva,  este es el punto esencial de la reflexión jurídica, dentro de los derechos que el propio Estatuto Marco reconoce y que la jurisprudencia está reconociendo al personal funcionario y estatutario.  “Estamos hablando de una cierta intangibilidad de las funciones profesionales cuando en el apartado 2º de la disposición se prevé la integración forzosa de este personal  en órganos administrativos que no pertenezcan a instituciones sanitarias públicas, lo cual genera la duda de pensar que se va a adscribir a este personal a órganos no sanitarios”.  En este sentido consideró que este punto podría conducir a desvirtuar las funciones profesionales.

El asesor jurídico de la OMC, Pedro González Salinas, coincidió con el resto de intervinientes en que la normativa genera para los afectados, “incertidumbre, inseguridad, y falta de predeterminación normativa en esta norma”.

A su juicio, antes de llegar a conclusiones determinantes sobre las consecuencias que depara habría que esperar a que sea desarrollada por las CC.AA.

De cualquier forma, considera que el desarrollo de esta disposición tendrá que hacerse conforme a los principios constitucionales que ya hay establecidos sobre el régimen estatutario de los funcionarios públicos y que nacen del artículo 103 de la Constitución española.

González Salinas se mostró convencido de que “lo único que en estos momentos se puede plantear respecto a esta disposición son razones de posibles inconstitucionalidades de la misma y que sólo podrían remitirse al Tribunal Constitucional para que sea él el que decida si este Decreto-Ley es contrario a la Constitución”.

El abogado de la OMC abordó resumidamente algunos de puntos de posible inconstitucionalidad que podrían alegarse respecto a esta Disposición, “siempre y cuando dichos puntos se interpreten de una forma contraria a que hay unos derechos reconocidos”.

Desde el aspecto formal, se cuestiona si el contenido de dicha disposición es realmente urgente para ser incluida en el RDL 16/2012; la incertidumbre y la falta de predeterminación normativa que tiene esta disposición produce una inseguridad jurídica, incertidumbre, en contra del principio constitucional recogido en el art. 9.3 de la Constitución, como es el de la seguridad jurídica al que se suma el principio de la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos, entre ellos, el poder legislativo.

González Salinas consideró, además, que  es una norma “que no nos dice realmente dónde puede ir el profesional, sólo se sabe que a instituciones administrativas no sanitarias en cuyo caso hasta se le podría hasta mandar de conductor de la EMT, si llegara el caso, como ejemplo al que nos lleva, interpretándola tal y como está ahora mismo escrita”.

Otro de los aspectos reseñados, desde el punto de vista formal, deriva de que El Estado, en esta disposición, ha dictado una normativa básica sobre la función pública y es al Estado al que le correspondía haber fijado los criterios o bases para que las CC.AA. no tengan una competencia extraordinaria para regular la situación de cómo quedarían estos colectivos, según se desprende de la misma. La falta de determinación exacta de la base del Estado es la que puede ser considerada un “vicio de un aspecto formal de inconstitucionalidad de la disposición”.

Desde el aspecto material, González Salinas entiende que, sobre todo en el apartado 2, no se ha respetado esos derechos estatutarios que tenía el cuerpo de médicos titulares. Desde este punto de vista sí se detecta “una lesión bastante fácil de fundamentar al ‘derecho al cargo’ de los funcionarios, reconocido éste en el primer apartado de los derechos de los funcionarios, y sobre el que no puede decidir ‘al antojo’ ni esta disposición ni lo que puedan decidir, en vía de desarrollo de esta normativa, las CC.AA”.

Finalmente, se refirió al aspecto de “la desviación del poder legislativo” que es en lo que podría haber incurrido dicha norma, en su opinión. En este sentido, explicó que en base a lo establecido por el Tribunal Constitucional, “una ley tiene que dictarse para la finalidad para la que está diseñada la Constitución, y no para una finalidad distinta, por tanto, una ley podría ser inconstitucional si burlara o desnaturalizara su propia finalidad”. En este sentido, según González Salinas, “la disposición adicional decimo sexta parece que reúne muchos fundamentos, por lo menos en su apartado segundo, de que “tiene ese vicio de desviación del poder legislativo, que ha desnaturalizado su propia finalidad porque  esta disposición les da como única opción a estos profesionales médicos, obligados, por otra parte, a integrarse como estatutarios al servicio de las CC.AA., a dejar de hacer lo que estaban haciendo, propio de su profesión”.

La intervención de José María Mora, abogado del Colegio de Médicos de Huelva, partió de las diferencias que se dan con respecto a la situación de estos colectivos en las diferentes autonomías, de ahí que, a su juicio, lo preocupante “es si realmente se producirá una  armonización de situaciones entre las CC.AA”, en relación a estos profesionales, aunque Mora teme que haya distinciones, en este sentido.

Recordó que la media de edad de los afectados ronda los 60 años de edad, y que, partiendo de ello, y al ritmo que lleva la Justicia, cualquier respuesta jurídica que se pudiera solicitar estima que no estaría antes de 2017, fecha en la que la inmensa mayoría de afectados ya estarían jubilados.

Finalmente, el asesor jurídico del Colegio de Médicos de Barcelona, Ignasi Pidevall, interpretó la acción que se ha llevado a cabo con estos colectivos de “auténtico chantaje”, y considera que la Administración debe acomodar a sus profesionales acuerdo con su perfil.

Desde una perspectiva positiva, considera que abre ahora un período que brinda la oportunidad para que los profesionales aporten enmiendas en este tema y negociar posibles rectificaciones. De acuerdo con que apuntó el asesor jurídico de la OMC, Pidevall considera que “esta norma tiene una falta de predisposición normativa”, que, a su juicio, “es su principal defecto”. Opina, además, que “el Gobierno ha sido parco y temeroso ante esta disposición: nada dice, nada prohíbe, pero tampoco garantiza nada, dejando abierta la discusión discrecional y opinable sobre si tenemos que introducir en una norma como ésta que se respeten los derechos consolidados”.

En cuanto a las condiciones de integración más que  grandes diferencias retributivas, estima que pueden existir  perjuicios con respecto los que cotizan a Muface con respecto a los que lo hacen por Seguridad Social.

Aludió, por otra parte, a la única disposición derogatoria del R.D. que deroga las funciones sanitarias de Salud Pública de los médicos titulares, de la que se desprende el riesgo de que el destino de aquellos médicos que no quisieran adscribirse al sistema estatutario fuera distinto al de su perfil.

Mesa profesional: Los médicos titulares se preguntan
“¿dónde está el ahorro con esta medida?”

Tras la mesa en la que se analizaron los aspectos jurídicos y la ausencia de los representantes políticos, se celebró una mesa profesional en la que participaron, además del presidente de la OMC y el secretario general de la corporación, Serafín Romero,  Antonio Fernández Pro, representante nacional de Médicos de Administraciones Públicas de la OMC; Leandro Catalán, presidente de la Sección de Atención Primaria de CEMS Aragón (FASAMET); Fernando Pérez Escanilla, vicepresidente segundo del Colegio de Médicos de Cáceres, y Patricio Martínez, secretario general de CESM.

Antonio Fernandez Pro, representante nacional de Médicos de Administraciones Públicas de la OMC, explicó las diferentes acciones que el colectivo ha llevado a cabo desde que se publicó el Real Decreto-Ley para trasladar información sobre las consecuencias del mismo a los médicos afectados. Informó que se han celebrado asambleas en Santiago, Córdoba, Granada y Madrid y que continuarán realizándose en el resto de España, con el apoyo de los colegios.

Dijo que este Real Decreto-Ley estable cambios “de gran calado y profundidad” con varios “pegotes” como el que atañe a los médicos titulares que establece  medidas “tremendamente injustas, insolidarias e innecesarias” para un colectivo al que provoca “indefensión, desigualdad e inseguridad”.

El doctor Fernandez Pro habló de “orgullo” de pertenencia a un cuerpo “amablemente integrado en el SNS que no supone quebranto económico, social ni laboral respecto a otros compañeros” y abogó por la unión del cuerpo en defensa de sus intereses. Anunció que a partir de lo que ocurra el día 17, fecha prevista para el debate y aprobación en las Cortes del Real Decreto-Ley, el colectivo establecerá la “hoja de ruta” para defender sus derechos adquiridos.

Fernando Pérez Escanilla, vicepresidente segundo del Colegio de Médicos de Cáceres, quien destacó el apoyo y la “acción política” que en este asunto está haciendo la OMC, manifestó sentirse “ofendido” y con un “daño emocional difícilmente reparable al pensar que me pueden destinar a un puesto administrativo”.

Tras preguntarse quién es el responsable de esta “injusta medida”, concluyó que “sin duda, el origen hay que buscarlo en un tecnócrata; luego, hay un político que va y pica y la que tiene más posibilidades de picar es una mujer. Después, hay otro que aplaude y así se consuma el decreto”.

El doctor Pérez Escanilla coincidió con otros compañeros en no comprender “donde está el ahorro en esta medida, teniendo en cuenta que si a los médicos titulares los destinan a labores administrativas, tendrán que sustituirlos en el trabajo asistencial con nuevos contratados” y expresó su convencimiento de que “el cuerpo de médicos titulares no se somete”.

Leandro Catalán,  vocal de Atención Primaria Urbana del Colegio de Médicos de Zaragoza, expresó la “inquietud” que han producido estas medidas en el cuerpo y dijo que lo positivo del Real Decreto-Ley es la “unidad de acción de todos los profesionales y el apoyo recibido de la OMC, sindicatos y sociedades científicas”. “Ese es el faro –dijo- que nos debe orientar en estos tiempos difíciles”.

Por su parte, Patricio Martinez, secretario general de CESM, calificó el Real Decreto-Ley de “infumable”, de que crea una “inseguridad jurídica que no es de recibo” y consideró las cuestiones que aborda, deberían decidirse en una mesa sectorial porque son asuntos de recursos humanos.

Destacó la satisfacción que le produce la  unión del  Foro de la Profesión Médica en este asunto y abogó por iniciar movilizaciones para defender los derechos consolidados de los médicos titulares y los de cupo y zona porque “o nos movemos nosotros –dijo- o nos van a mover”. 

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