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La seguridad de la información es fundamental para la confianza en la relación médico-paciente

El sector salud necesita implementar herramientas electrónicas que mejoren la gestión de sus recursos, faciliten la labor de los profesionales, pero sobre todo que ofrezcan una mayor calidad asistencial sanitaria. Para analizar esta situación tuvo ayer lugar el foro ?Recetas para la privacidad de datos?, una iniciativa organizada por el Data Privacy Institute (DPI), del ISMS Forum Spain. En su conferencia inaugural, el Dr. Rodríguez Sendín, presidente de la Organización Médica Colegial, señaló que ?las aplicaciones informáticas deben tener máximas garantías de seguridad y mantener la privacidad de datos del paciente. Así el deber del secreto y las garantías de confidencialidad debida condicionan la eficacia y sostenibilidad del SNS. Por ello deben ser interoperables los sistemas informáticos de salud tanto públicos como privados. Sin olvidar que el ciudadano es el dueño de su información de salud?

Madrid, 22 de enero de 2010 (medicosypacientes.com)

Antoni Bosch, director del DPI y
el Dr. Rodríguez Sendín, presidente de la OMC

El sector salud necesita implementar herramientas electrónicas que mejoren la gestión de sus recursos, faciliten la labor de los profesionales, pero sobre todo que ofrezcan una mayor calidad asistencial sanitaria. Para analizar esta situación tuvo ayer lugar el foro ?Recetas para la privacidad de datos?, una iniciativa organizada por el Data Privacy Institute (DPI), del ISMS Forum Spain del que la OMC es socia fundadora.

El foro, estuvo inaugurado por el Dr. Juan José Rodriguez Sendín, presidente de la OMC, Antoni Bosch, director del DPI, y Antonio Troncosos, de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad Autónoma de Madrid.

En su conferencia inaugural, el Dr. Rodriguez Sendín remarcó la importancia de ?la seguridad de la información para establecer la confianza en la relación médico-paciente. Las aplicaciones informáticas deben tener máximas garantías de seguridad y mantener la privacidad de datos del paciente.? Así el deber del secreto y las garantías de confidencialidad debida condicionan la eficacia y sostenibilidad del SNS. Por ello deben ser interoperables los sistemas informáticos de salud tanto públicos como privados. Sin olvidar que el ciudadano es el dueño de su información de salud?.

Asimismo,?los datos médicos son tan relevantes que si falla la confidencialidad no sólo está en peligro la intimidad, sino el ejercicio de otros derechos fundamentales, como el derecho al trabajo, a la educación, o la defensa de la salud y de la vida. El allanamiento de la intimidad, como el del domicilio, sólo puede justificarse por derechos superiores de otros o el bien común, como en el caso de la salud pública, pero debe tenerse en cuenta que, a diferencia de la morada y otros bienes, la intimidad perdida no se puede restituir?, señaló el presidente de la OMC.

La relación médico-paciente está basada en la confianza, que el propio paciente deposita en su médico, custodio de la información del paciente. Sin embargo en el contrato implícito a su relación con el médico se da por sentado que el profesional guardara todo aquello que se desprende de sus manifestaciones. El valor supremo de la vida y la defensa de la salud son motivo de que en la intimidad de la consulta médica se revelen secretos que no se confían ni siquiera a los más allegados, por eso la confidencialidad y el secreto médico son imprescindibles en la relación médico-paciente. El paciente cuando tiene debilitada sus defensas y barreras permite acceder y ofrece lo mas intimo de su vida, ofrece información que en otro momento o situación no nos confiaría y que en un momento de gran ansiedad o necesidad, ni siquiera es consciente de lo que nos ofrece, sencillamente se manifiesta espontáneamente sin capacidad para evitarlo. La entrevista y comunicación con el enfermo y su familia permite al médico adentrarse en lo más intimo de ambos?, puntualizó Dr. Rodríguez Sendín.

El ciudadano, dueño de su información de salud

El ciudadano es quien debe poder autorizar el acceso para que el médico consulte todas sus historias de salud. ?El derecho a la confidencialidad que tiene todo paciente es la única garantía para la defensa de su intimidad. Los datos médicos pertenecen a cada paciente, y éste tiene todos los derechos sobre los mismo. Es necesario que todos los ciudadanos defiendan y requieran el secreto médico a los profesionales sanitarios que les atienden. La legislación es importante, pero han de ser los propios pacientes los que exijan su derecho a estar informados sobre qué se hace con sus datos, a decidir quién los maneja y a defender el secreto médico?, explicó el presidente de la Organización Médica Colegial.

Confidencialidad, debe ser secreto y objeción de conciencia

Para el Dr. Rodriguez Sendín, el profesional sanitario, quien el paciente confía, actuará como depositario, ejerciendo esos derechos como agente y responsable ante el paciente.

?El médico cuando tiene un problema con dos valores en juego debe elegir como prioritaria la atención a la salud y el ambiente de confianza necesario para prestar la misma. El secreto es asimismo una prerrogativa del médico, manifestación de su derecho a la objeción de conciencia en las relaciones administrativas, profesionales o de cualquier otra índole, paralelas a la surgida entre él y su paciente ?, recalcó el presidente de la OMC.

Suficiencia de la protección jurídica del dato sanitario

Finalmente, el Dr. Rodriguez Sendín enunció el derecho a la intimidad como un valor ético y jurídico amparado por la Constitución y por la legislación vigente en nuestro país, por lo que hay que demandarlo y protegerlo por profesionales y usuarios.

?Detrás del deber de secreto en la relación médico-paciente está la insuficiencia de sus dimensiones jurídica y administrativa y la necesidad de reforzar la dimensión ética de la relación basada en la confianza. Si esta se pierde, pervierte ó desnaturaliza reduce buena parte de su eficacia terapéutica pero además facilitara el abuso mutuo o de terceros. Sólo en contadas ocasiones y bajo el imperio de la Ley, el derecho a la confidencialidad puede subordinarse a otras consideraciones. Por ello es necesario establecer una legislación propia para proteger la intimidad de los pacientes, que nadie pueda ser discriminado por información relativa a la salud y la salvaguarda del secreto médico, en desarrollo específico de los artículos 14 y 18 de la Constitución?, señaló el presidente de la OMC.

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