La Ley otorga a los Colegios profesionales de médicos la potestad de controlar el ejercicio profesional y no lo hace en razón de ningún privilegio de clase sino precisamente por aquello que regula: la salud. Y esto se hace además desde la independencia de unas estructuras democráticas independientes de cualquier poder político o económico
Madrid, 2 de septiembre 2009 (medicosypacientes.com)
Recientemente publicaba el diario El País un amplio artículo de Bernat García en el que atacaba a los Colegios profesionales y trataba de demostrar lo innecesario de su existencia. Para ello mezclaba intencionadamente a todos los Colegios profesionales, sin reconocer las características propias de cada uno. De esta forma, mezclando datos de unos y otros, con informaciones y datos parciales e incompletos cuando no equivocados, dirigía las conclusiones hacia sus fines.
Por lo que se refiere a los Colegios de Médicos y a las afirmaciones que establecía sobre los mismos, debemos hacer ver a la sociedad lo equivocado de sus planteamientos. Comencemos por los datos erróneos que cita en su artículo:
Decía que ?los Colegios sólo defienden al médico que también trabaja en el sector privado? y esto es totalmente falso. En primer lugar, los Colegios defienden tanto al médico como al paciente, velando siempre por el cumplimiento del Código ético y por una asistencia médica de calidad, garantizando al ciudadano que aquellos profesionales que le atienden están perfectamente capacitados para prestar dicho servicio. Por lo que se refiere a la defensa del médico, defienden a todos los que estén colegiados, independientemente de que trabajen en el sector público o en el sector privado.
Decía también que ?su Código deontológico está totalmente atrasado?, lo cual es falso. Tanto el Consejo General de Colegios de Médicos como cada uno de los Colegios de Médicos tienen su propio Comité de Deontología y el Código deontológico es algo que se revisa y actualiza periódicamente. La última actualización del Código Deontológico del Consejo General se hizo en 1999 y actualmente se está trabajando en una nueva actualización.
Decía que el importe de los certificados médicos era para el Colegio, pero se olvidaba comentar que un 20% de ese importe se destina al patronato de huérfanos y el porcentaje restante debe cubrir los gastos de impresión, almacenamiento, distribución, administración, etc. de los mismos.
Y preguntaba finalmente que ?¿para qué?? es necesario pagar una cuota de colegiación. Pues bien, en primer lugar señalar que una parte del mismo permite la financiación del Patronato que cumple la labor social de ayudar a los médicos y familiares más necesitados; mientras que el resto de este importe se destina al Consejo General de Colegios de Médicos, al Consejo Autonómico y al propio colegio provincial para que estos puedan ofrecer asistencia jurídica a los Colegiados, promover cursos de formación, representar y defender tanto a los profesionales como al ejercicio de su profesión, esto es, a los pacientes (reclamando por ejemplo unos tiempos y condiciones dignos para atenderlos), certificar la cualificación de los profesionales garantizando que quienes atienden a los pacientes reúnen los requisitos necesarios para ello, luchar contra las malas prácticas y el intrusismo, contribuir a la formación de la población en temas de salud mediante cursos, reuniones, campañas de divulgación?, y un largo etcétera.
Para terminar, bueno sería recordar que la ordenación de las profesiones es más o menos necesaria en función del objeto que regula, y en el caso de la Medicina ese ?objeto? es la salud de las personas.
Actualmente la Ley otorga a los Colegios profesionales de médicos la potestad de controlar el ejercicio profesional y no lo hace en razón de ningún privilegio de clase sino precisamente por aquello que regula: la salud de unos ciudadanos cuyas necesidades y situaciones son desiguales y heterogéneas. Así, se garantiza a la sociedad una protección clara y uniforme: a los profesionales (cuya capacidad profesional, formación, ejercicio, etc. se promueve, defiende y certifica) y a los ciudadanos (garantizando su derecho a recibir una asistencia sanitaria de calidad que responda a sus necesidades).
Los Colegios profesionales de médicos son los garantes ante su propia profesión y ante la sociedad, de la calidad profesional de los profesionales y de los servicios que prestan a los ciudadanos; y la obligatoriedad de la colegiación es una medida que garantiza a todas las personas aquello que ?de no ser así- sólo estaría garantizado para unos pocos. Sus estructuras democráticas permiten mantener su independencia frente a los intereses políticos o económicos, garantizando su contrato social con la ciudadanía y con la salud.