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La OMC y los Consejos Autonómicos mantienen firmes sus posturas ante los decretos que regulan los registros profesionales

Al estado de la cuestión se pasó revista en una reciente reunión celebrada en la sede de la OMC, con la asistencia de miembros de la Comisión Permanente, encabezada por su presidente el doctor Rodríguez Sendín, acompañado por el secretario general, el doctor Serafín Romero, a la que se sumaron representantes de los Consejos Autonómicos de Colegios de Médicos afectados por este tipo de normativas

Madrid, 25 de septiembre 2009 (medicosypacientes.com)

La Organización Médica Colegial (OMC) y los Consejos Autonómicos de Colegios de Médicos prosiguen con su misión de recurrir y de solicitar la paralización de la normativa, donde proceda, sobre los decretos que regulan los registros de profesionales sanitarios en las distintas Comunidades Autónomas.

Momento de la reunión celebrada en la sede de la OMC.

Al estado de la cuestión se pasó revista en una reciente reunión celebrada en la sede de la OMC, con la asistencia de miembros de la Comisión Permanente, encabezada por su presidente el doctor Rodríguez Sendín, acompañado por el secretario general, el doctor Serafín Romero, a la que se sumaron representantes de los Consejos Autonómicos de Colegios de Médicos afectados por este tipo de normativas.

El principal motivo de disenso con respecto a estos documentos autonómicos se sustenta en lo establecido por la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), en su artículo 5,2: (?) Los Colegios Profesionales, Consejos Autonómicos y Consejos Generales, en sus respectivos ámbitos territoriales, establecerán los registros públicos de profesionales que, de acuerdo con los requerimientos de esta Ley, serán accesibles a la población y estarán a disposición de las Administraciones Sanitarias. (?). Los criterios generales y requisitos mínimos de estos registros serán establecidos por las Administraciones Sanitarias dentro de los principios generales que determine el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que podrá acordar la integración de los mismos al del Sistema de Información Sanitaria del Sistema Nacional de Salud.

Por tanto, y en base a la normativa estatal vigente, el secretario general de la OMC, el doctor Serafín Romero, concretó al término de la reunión que ?la causa fundamental de decidir impugnar radica en el no reconocimiento, en los decretos autonómicos vigentes, de que los registros son propiedad de los Colegios Profesionales, tal como está establecido en el articulado de la LOPS?.

No en vano, como recordó el doctor Romero, de momento ya está suspendido el Decreto 427/2008 de 29 de julio, de Andalucía sobre registros de profesionales. ?El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha paralizado el decreto, según se supo el pasado mes de julio, hasta que el contenido de dicho Decreto se estudie a fondo, puesto que interpreta que no acata lo establecido en la LOPS sobre la propiedad de los registros por parte de las corporaciones profesionales?.

Desde la OMC se insta, por tanto, a resolverse la situación a partir de una respuesta clara que defina los roles adecuadamente sobre las competencias de cada una de las partes en materia de registros profesionales.

A los representantes de las entidades colegiales que asistieron al encuentro del pasado viernes también se les informó, por parte de una Comisión Técnica Interna recientemente constituida, de las actuaciones que se van a dar en este sentido, y que serán también expuestas tanto al Pleno de Presidentes como a la propia Asamblea General de la OMC.

Además, se les dio a conocer el Plan Interno de Registros Profesionales que se ha desarrollado desde la OMC, para la actualización de los ficheros ante las nuevas pautas marcadas por la futura Ley Ómnibus y la normativa europea de ventanilla única. Se trata de un documento de cómo ha de enfocarse el proyecto de actualización y futuro de los registros profesionales que se encuentran en posesión de los Colegios de Médicos.

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