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El parte de lesiones por violencia de género o maltrato se deberá enviar de forma inmediata al juzgado, en Andalucía

Coincidiendo con la publicación en el Boletín Oficial de Justicia de Andalucía del Decreto 3/2011, que obliga a los centros sanitarios a remitir al juzgado de guardia el correspondiente parte de lesiones de forma inmediata en aquellos casos de violencia de género, maltrato o agresiones a personas, se ha reunido el Colegio de Médicos de Málaga la mesa de trabajo para valorar los aspectos legales de las urgencias ginecológicas

Málaga, 1 de febrero 2011 (medicosypacientes.com)

El Boletín Oficial de Justicia de Andalucía ha publicado el Decreto 3/2011 por el que se regula el nuevo modelo de parte judicial de lesiones, siendo lo más destacable de su redacción la obligación que impone la Ley a los centros sanitarios de remitir al juzgado de guardia el correspondiente parte de lesiones de forma inmediata en aquellos casos de violencia de género, maltrato o agresiones a personas.

Coincidiendo con esta publicación, se ha reunido en el Colegio de Médicos de Málaga la mesa de trabajo para valorar los aspectos legales de las urgencias ginecológicas derivadas de actos delictivos con el objetivo de consensuar los criterios de actuación ante las víctimas de agresiones sexuales. Por ello los integrantes de esta mesa han mostrado su preocupación por la viabilidad de dicho Decreto ya que consideran que puede provocar un colapso en los juzgados. Como novedad, la norma establece un régimen sancionador a los médicos en caso de incumplimiento de las obligaciones previstas.

Se trata del tercer encuentro mantenido entre médicos, magistrados, fiscales y fuerzas de seguridad del Estado y ha sido organizado por el Área de Profesionalismo Médico y el Área de Defensor del Colegiado del Colegio de Médicos de Málaga, contando para su inauguración con la intervención del presidente del Colegio de Médicos de Málaga, Dr. Juan José Sánchez Luque, y el magistrado decano de Málaga, José Mª Páez Martín.

Se pretendía establecer aquellos criterios que marcarán la intervención del médico forense en este tipo de agresiones y se ha llegado a un consenso con respecto a los criterios de urgencias, gravedad y deseo de la víctima para denunciar los hechos, que son los que determinarán la intervención del médico forense. De este modo, si la víctima acude a urgencias en un plazo no superior a 72 horas desde que fue agredida sexualmente se aplicará el criterio de urgencia. Esto quiere decir que en ese momento se dará conocimiento inmediato al juzgado de guardia para que sea el juez el que decida o no la participación del médico forense.

Existe pleno consenso por todos los componentes de este grupo de trabajo en cuanto a la necesidad de preservar al máximo la intimidad de la víctima para lo que se procurará que la evaluación ginecológica y la del médico forense se realicen en un solo acto, en la medida de lo posible. Siendo así, la mujer agredida no se verá expuesta a una doble exploración ginecológica lo que evitará además la destrucción de posibles muestras que faciliten una posterior investigación de los hechos.

En el documento adjunto se ofrece la relación completa de participantes en esta mesa de trabajo.

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