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El director de la Agencia Española de Protección de Datos garantiza que los servicios tecnológicos que se prestan en España están sujetos a la legislación de nuestro país

El director de la Agencia Española de Protección de Datos, José Luis Rodríguez Álvarez, acudió ayer a la sede de la OMC para inaugurar en el IV Foro de la Privacidad, organizado por el Data Privacy Institute (DPI), de ISMS Forum Spain. Durante su intervención habló de la complejidad que las nuevas tecnologías generan a la hora de aplicar la normativa vigente sobre protección de datos y privacidad y explícó las garantías legales que existen en España sobre los servicios tecnológicos que, a través de la red, prestan las empresas multinacionales

Madrid, 19 de octubre 2011 (medicosypacientes.com)

José L. Rodríguez
Álvarez, director de
la AEPD.

El director de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), José Luis Rodríguez Álvarez, participó ayer en el IV Foro de la Privacidad organizado en la sede de la OMC, por el Data Privacy Institute (DPI), de ISMS Forum Spain (ver ?MedicosyPacientes? en la edición de hoy). Rodríguez Álvarez centró su intervención en los retos actuales sobre la protección de datos que, como auguró, ?son retos cuya resolución nos va a llevar varios años?, puesto que, según indicó, ?los avances tecnológicos plantean continuamente nuevos desafíos y también riesgos para la protección de los datos personales y la protección de la privacidad de las personas?.

Al respecto, destacó internet, como el ?ingenio que mayor número de problemas está generando en relación a la protección de datos personales, y donde la información personal adquiere un gran valor en muchas ocasiones?. ?La propia naturaleza de la red introduce, además, muchas complejidades a la hora de proyectar sobre ella los principios generales de la normativa sobre protección de datos?, según señaló.

Rodríguez Álvarez se refirió dentro de este contexto a que son muchas las plataformas de multinacionales que operan en decenas de países y la mayoría tienen sus sedes en países como EE.UU. cuya normativa de protección de datos no es homologable a la de los Estados Europeos, ni alcanza los niveles de protección vigentes y exigidos en la Unión Europea. En este sentido, como recordó, ?la Agencia Española de Protección de datos se ha pronunciado reiteradamente en el sentido de que la normativa española de protección de datos es plenamente aplicable a los servicios de internet prestados por las empresas multinacionales en España, son medios que se utilizan en el territorio español y, por otra parte, se trata de servicios de la sociedad de la información dirigidos específicamente a usuarios de nuestro país?.

Actualización del marco legal

Momento de la inauguración
del IV Foro de Privacidad.

No obstante, no dudo en demandar ? una actualización del marco legal para adecuarlo a las nuevas exigencias provenientes de la evolución tecnológica?. Esta actualización, a su juicio, se debería llevar a cabo en el ámbito de la Unión Europea, habiéndose dado los primeros pasos con el proceso de revisión de algunas directivas. Consideró necesario, además, que este proceso avance con celeridad puesto que ?los avances tecnológicos plantean continuos retos para las autoridades y las instituciones implicadas en la protección de datos y que no son fáciles de abordar con los instrumentos que se manejan actualmente?, tal como señaló Rodríguez Álvarez.

Protección de los menores

El director de la AEPD no quiso pasar por alto la situación de los menores como usuarios de nuevas tecnologías. En este sentido, afirmó, ?la Agencia Española de Protección de Datos considera objeto de especial atención la protección de la privacidad del menor por su vulnerabilidad, y, por tanto, requiere un tratamiento específico sobre todo cuando hablamos de redes sociales, por la mayor exposición de sus datos personales?.

Es por ello, según indicó, que desde la Agencia se exige un mayor compromiso de las compañías con la protección de los menores en la red y urge perfeccionar las herramientas tecnológicas que permitan comprobar que cuando los menores se registran en la red tienen la edad legalmente establecida para ceder datos sin autorización de sus padres, en España, a partir de los 14 años.

?Derecho al olvido?

Con respecto a la autodeterminación informativa, también conocida como ?derecho al olvido en internet?, relativa al derecho a una persona a que se eliminen sus datos de internet y, en su defecto, se reconozca el derecho a que sus datos no sean indexados en los motores de búsqueda, Rodríguez Álvarez ofreció una serie de recomendaciones para evitar “una invasión desproporcionada de la privacidad”, recomendaciones que parten de un cambio de conducta de todos los implicados. Por una parte, que los ciudadanos sean conscientes de los datos personales que incorporan a la red. A los administradores de las páginas web les recomendó la adopción de decisiones responsables sobre la información que sea rastreada e indexada por los motores de búsqueda. En este sentido opina que pueden desarrollarse herramientas para seleccionar información en los motores de búsqueda. Finalmente, llevar a cabo una reflexión sobre el contenido y alcance del principio de publicidad y analizar hasta dónde llega su límite en esta era digital. Además, es obligado que los responsables de las páginas web y de los motores de búsqueda atiendan las demandas de los ciudadanos cuando éstos ejercen los derechos que les reconoce la Ley de Protección de Datos.

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