“Si queremos tener un Registro normalizado, completo y actualizado, que haga posible conocer de forma precisa y detallada el estado de la profesión médica en España y que sea un referente nacional, debemos cumplir los objetivos básicos” que marca el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios (REPS) cuyas bases recoge el Real Decreto 640/2014, publicado en julio pasado
Madrid, 21 de octubre de 2014 (medicosypacientes.com/T.A.)
Así lo puso de manifiesto el Secretario General de la Organización Médica Colegial (OMC), Dr. Juan Manuel Garrote, en el XXI Congreso Nacional de Derecho Sanitario, en la mesa sobre el “Registro de Profesionales Sanitarios” en la que participaron tambien Máximo González Jurado, Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería (CGE); Carmen Recio, directora técnica del Consejo General de Colegios Farmacéuticos (COF), y Pilar Carbajo, subdirectora adjunta de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
El Dr. Garrote celebró la puesta en marcha el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios que “los profesionales venimos demando desde hace décadas” y que fue regulado en julio de este año a través de un Real Decreto. “Ello supone ?según destacó- contar con un sistema de información para la planificación y gestión de los recursos humanos, así como una herramienta para favorecer el desarrollo de políticas de salud, facilitar el acceso a los datos de carácter público como garantía de calidad y seguridad y, además, para informar a las administraciones sanitaria de otros Estados miembros de la Unión Europea sobre el derecho y aptitud para el ejerció de los profesionales”.
Tras señalar la aportación que los colegios profesionales tienen que hacer a este Registro, junto con la Administración central y los centros públicos como empleadores, explicó los datos que se comparten desde la óptica de los colegios de médicos, entre ellos, la colegiación, “esencia de los colegios”, el título de especialista y el no estar sujeto a ninguna sanción o inhabilitación.
Destacó la importancia de este último aspecto porque “el profesional ?dijo- puede no estar sancionado judicialmente, pero si deontológicamente y, dependiendo del grado de la falta cometida, los colegios pueden impedir el ejercicio profesional” y resaltó también la aportación que supone la Validación Periódica de la Colegiación, en la que está trabajando la OMC junto con los colegios de médicos, una especie de “renovación de la licencia para poder ejercer” que acredita que la preparación y formación del médico reúne los estándares necesarios para ejercer la Medicina y, además, ofrece garantía a la sociedad. “No es una forma de fiscalización del médico, sino una manera de demostrar ante la sociedad que es un buen profesional”.
Para el Dr. Garrote, la regulación del Registro “nos ha dado la oportunidad de mejorar en la revisión de los registros colegiales, homogeneizando los datos que, en algunos casos, provocaban inconsistencias a estos registros” y señaló, entre otras, el estar dato de alta en más de un colegio, el que un mismo colegiado tuviese diferentes números de colegiado, incluso, que un mismo colegiado se registrase con filiaciones diferentes o especialidades no normalizadas.
En este sentido, destacó la labor llevada a cabo por el Grupo del Observatorio, Colegiación y Registro de la OMC y el grupo de secretarios de los colegios de médicos que, ante la “inconsistencia” de los datos del número de colegiados entre los que aportaba la OMC y el Instituto Nacional de Estadística (INE), empezó hace 3 años a trabajar para “unificar criterios básicos” para conocer, como “objetivo básico”, quienes de los colegiados registrados están en ejercicio, en qué ámbito y cuál es su especialidad, así como para evitar duplicidades.
Señaló como “objetivos avanzados” para conseguir la excelencia del Registro, el contemplar la tasa de reposición, en especial, en lo referente a los MIR; la Validación Periódica de la Colegiación, los certificados de acreditación avanzada y el control del seguro de responsabilidad civil para “evitar problemas legales”.
Para el Secretario General de la OMC, “si queremos tener un Registro normalizado, completo y actualizado, que haga posible conocer de forma precisa y detallada el estado de la profesión médica en España y que sea un referente nacional, debemos cumplir los objetivos básicos y avanzar en los objetivos de excelencia”. Dijo que “este es el reto que tenemos por delante” y expresó la disposición de la OMC de colaboración con el MSSSI para la puesta en marcha del Registro.
En postura manifiestamente en contra, se expresó el presidente de CGE, Máximo González Jurado, para quien esta norma “nace con pocas esperanzas de vida” por falta de “diálogo y acuerdo”, así como de “exceso de “intervencionismo público” que calificó de “exacerbado”.
Señaló que “se han incumplido” los acuerdo suscritos por el MSSSI con los Consejos Generales de Médicos, Enfermeros y Farmacéuticos porque, en su opinión, “no se han respetado los fines y funciones que corresponden legalmente a los Consejos Generales de las profesiones sanitarias”.
Ante lo que calificó como “limitación injustificada” del carácter de autoridades competentes de los consejos generales; de la “invasión” de los fines y funciones de estas corporaciones; de que no establece una completa interoperabilidad y traslada la carga de la veracidad de los datos desde el profesional a las organizaciones colegiales, y lo “absurdo” de la norma al establecer que cada uno de los organismos, entidades y corporaciones, obligados a comunicar datos, “tendrá acceso a los datos que haya suministrado”, Máximo González Jurado afirmó que, en estas condiciones, “no es viable” el Registro y anunció su intención, si esto se mantiene, de acudir ante el Tribunal Supremo y la Unión Europea.
Finalmente, se mostró a favor de un “autentico” Registro que contemple información de carácter obligatorio sobre la habilitación inicial y la aptitud para el ejercicio de la respectiva profesión, así como toda la información necesaria para la defensa frente al intrusismo profesional y para el ejercicio de la potestad sancionadora deontológica. Y para ello demandó de la Administración una norma reguladora que establezca la obligatoriedad de los colegios porque “hoy, por hoy, es un acto de voluntariedad” y “lo que tenemos ?dijo- es un censo de colegiados, pero no tenemos registro”.
Por su parte, Carmen Recio, directora técnica del COF, como el Dr. Garrote, celebró también la puesta en marcha del Registro y confió en su puesta en funcionamiento. Antes de ello, según dijo, se tienen que sentar las bases del registro colegial, tanto de cómo debe ser el soporte, el formato y sus características, así como la transferencia de datos al Registro Nacional.
Tras expresar su disposición de colaboración con el MSSSI y precisar a Máximo González Jurado que “no le quepa duda de que los derechos y responsabilidades que tenemos los Consejos Generales por Ley están adecuadamente defendidos”, informó que el COF está trabajando en una plataforma informática para llevar a cabo el Registro.
Por su parte, Pilar Carbajo, subdirectora de Ordenación Profesional del MSSSI, explicó detalladamente el objeto y fines del Registro Estatal de Profesionales Sanitarios y su desarrollo y expresó su confianza en que sea una “herramienta segura y fiable para todos”.
Describió los 20 datos que deberán incluirse en este Registro, unos públicos y otros no, así como los que deberán incorporar la Administración central, los empleadores y los colegios profesionales. Destacó la “seguridad, disponibilidad y veracidad” como características de este Registro que se hará en soporte digital para que “las comunicaciones entre colegios e instituciones públicas tengan, en caso de inhabilitación, una inmediatez” y resaltó el hecho de que facilitará el intercambio de información con la Unión Europea en materia de asistencia sanitaria transfronteriza.
Finalmente, explicó el cronograma de implantación del REPS tras la aprobación del Real Decreto del 25 de julio pasado, fecha a partir de la cual el Consejo Interterritorial cuenta con 6 meses para llegar a un acuerdo en lo referente al soporte de datos y la tramitación de los mismos que se publicaría a través de una Orden Ministerial (15 febrero 2015). Los 9 meses siguientes serán para la cesión de datos (15 noviembre 2015) y, posteriormente, se contempla un plazo de 3 meses (15 febrero 2016) para su puesta en funcionamiento.