Comunicado de la Organización Médica Colegial (OMC) presentado en su última Asamblea General
DECLARACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN MÉDICA COLEGIAL SOBRE LA ACTUACIÓN MÉDICA ANTE LA HUELGA DE HAMBRE DE AMINATU HAIDAR
Legalmente hay normativa en España que permite respetar la voluntad de rechazar la alimentación y, de momento, así lo ha interpretado la autoridad judicial en este caso.
El problema que se plantea desde el punto de vista ético y deontológico admite algunas consideraciones.
- La Deontología Médica obliga a respetar las decisiones libres de una persona competente y, por lo tanto, un médico no puede forzar a alimentarse a una persona capaz. Sin embargo, debe informarle sobre los riesgos que para su salud entraña su decisión. Así mismo, deberá valorar hasta qué punto se trata de una decisión libre, sin manipulaciones ni coacciones.
- Si el médico recibiera la orden judicial de alimentar a la persona en contra de su voluntad, la orden del juez se debería cumplir, salvo que el médico optara por plantear la objeción de conciencia, en cuyo caso recibirá el amparo de la Corporación Colegial.
- La Declaración de la Asociación Médica Mundial sobre la atención a personas en huelga de hambre analiza con detalle estas situaciones y prioriza el respeto a la voluntad del huelguista, pero señalando que esto no significa abandonarle médicamente. Se subraya la importancia de dialogar privadamente con el paciente para clarificar los matices de su posición, pues sobre todo en conflictos políticos, el respeto a la negativa a tomar alimento se puede conciliar con una hidratación, lo cual concede un margen de tiempo que siempre facilita una salida negociada.
- Conviene aclarar que no se trata de una persona en régimen penitenciario, ni de un caso de eutanasia, ni de una tentativa de suicidio. La huelga de hambre como medio de protesta pacífica es una situación diferente.
Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos
Madrid, 14 diciembre 2009