La sección de Médicos de Hospital de la Organización Médica Colegial ha emitido un comunicado en el que se se solidariza con los médicos de todas las Comunidades Autónomas donde el idioma pueda suponer un obstáculo para el desarrollo de su profesión de médico y recuerda que el idioma oficial del Reino de España es el castellano y que todos los españoles están obligados a conocerlo y tienen el derecho de utilizarlo, sin defecto de la existencia de otros idiomas cooficiales
Madrid, 7 abril 2009 (medicosypacientes.com)
La sección de Médicos de Hospital del Consejo General de Colegios de Médicos ha emitido un comunicado en el que se solidariza con los médicos de las Islas Baleares ante la imposición a los mismos de la lengua cooficial y hace un llamamiento a la población en general, para que defienda su derecho a una asistencia sanitaria de calidad, que no tenga otros condicionantes que los que están recogidos en las leyes vigentes.
COMUNICADO
La Sección de Médicos de Hospital del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España, se solidariza con nuestros compañeros de todas las CCAA donde el idioma pueda suponer un obstáculo para el desarrollo de su profesión de médico.
Recordamos a quien corresponda que el idioma oficial del Reino de España es el castellano y que todos los españoles están obligados a conocerlo y tienen el derecho de utilizarlo, sin defecto de la existencia de otros idiomas cooficiales.
La Ley de Estatuto Marco actualmente vigente, dice:
Artículo 4. Principios y criterios de ordenación del régimen estatutario.
La ordenación del régimen del personal estatutario de los Servicios de Salud se rige por los siguientes principios y criterios:
a) Sometimiento pleno a la Ley y el derecho.
b) Igualdad, mérito, capacidad y publicidad en el acceso a la condición de personal estatutario.
c) Estabilidad en el empleo y en el mantenimiento de la condición de personal estatutario fijo.
d) Libre circulación del personal estatutario en el conjunto del Sistema Nacional de Salud.
e) Responsabilidad en el ejercicio profesional y objetividad como garantías de la competencia e imparcialidad en el desempeño de las funciones.
f) Planificación eficiente de las necesidades de recursos y programación periódica de las convocatorias.
g) Integración en el régimen organizativo y funcional del Servicio de Salud y de sus Centros e Instituciones.
h) Incorporación de los valores de integridad, neutralidad, transparencia en la gestión, deontología y servicio al interés público y a los ciudadanos, tanto en la actuación profesional como en las relaciones con los usuarios.
i) Dedicación prioritaria al servicio público y transparencia de los intereses y actividades privadas como garantía de dicha preferencia.
j) Coordinación, cooperación y mutua información entre las Administraciones Sanitarias Públicas.
k) Participación de las Organizaciones Sindicales en la determinación de las condiciones de trabajo, a través de la negociación en las Mesas correspondientes.
En consecuencia, esta Sección se solidariza con los médicos de las Islas Baleares y se pone a su disposición, en defensa de sus legítimos intereses.
Así mismo, la Sección de Médicos de Hospital hace un llamamiento a la población en general, para que defienda su derecho a una asistencia sanitaria de calidad, que no tenga otros condicionantes que los que están recogidos en las leyes vigentes, especialmente la Constitución Española, la Ley de Estatuto Marco y la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias.
Madrid, 6 abril 2009