El Dr. Jacinto Bátiz Cantera, director del Instituto Para Cuidar Mejor del Hospital San Juan de Dios de Santurtzi, analiza, en este artículo de opinión, cuándo la sedación paliativa es buena práctica médica.
Tal vez le extrañe el título, pero lo he elegido con toda intención. En ocasiones no se está empleado la sedación paliativa como una buena práctica médica. No obstante, será usted, estimado lector, quien al término de este artículo pueda valorar cuándo este tratamiento es una buena práctica médica o no.
Todos los médicos debiéramos tener en cuenta lo que dice nuestro Código de Deontología Médica, en su artículo 38.5: “La sedación paliativa en el enfermo en fase terminal es un tratamiento correcto e indicado cuando existen síntomas refractarios que no pueden ser controlados con los tratamientos disponibles. Para realizarla se debe obtener el consentimiento explícito o implícito del paciente […].
En nuestra actividad profesional comprobamos que hay enfermos que tienen en algún momento de la evolución de su enfermedad uno o más síntomas refractarios al tratamiento que está recibiendo y que le provocan un sufrimiento insoportable. Ante esta situación debiéramos disminuir la consciencia del enfermo para poderle garantizar una muerte serena, sin sufrimiento.
Pero, la necesidad de disminuir la conciencia de un enfermo en los días o en las horas anteriores de su muerte ha sido y es objeto de controversia, tanto en sus aspectos clínicos, éticos, legales y religiosos. Hoy en día continúa habiendo ideas confusas, en la sociedad y en nuestra profesión, acerca de la Sedación Paliativa. Además, quienes no conocen las indicaciones y la técnica de la sedación o carecen de experiencia en medicina paliativa, pueden confundirla con una forma encubierta de eutanasia.
Hemos de tener en cuenta que la sedación, en sí misma, es un recurso terapéutico neutro más y por tanto éticamente neutro. Es el fin que buscamos con la sedación la medida para tasar el acto como ético o no. La sedación no debe instaurarse como “eutanasia lenta” o como “eutanasia encubierta”; esto sería una mala práctica médica. El médico está obligado a sedar sólo hasta el nivel requerido para aliviar los síntomas refractarios. El uso de la sedación paliativa es aceptable en la medida en que se mantiene un ajuste apropiado de las dosis de fármacos. Si la dosis de sedante excediera de la necesaria para alcanzar el alivio de los síntomas, habría razones para sospechar que la finalidad del tratamiento no es el alivio del enfermo, sino la anticipación de su muerte. Es por ello, que la dosis que debemos emplear es la que el control del síntoma nos indique porque, una dosis insuficiente prolongaría un sufrimiento innecesario durante su proceso de morir, y una sobredosis provocaría su muerte.
Conviene recordar que existe una clara y relevante diferencia entre sedación paliativa y eutanasia si se observa desde la Ética y la Deontología Médica. La frontera entre ambas se encuentra en la intención, en el procedimiento, y en el resultado. Con la sedación se busca disminuir el nivel de consciencia, con la dosis mínima necesaria de fármacos, para evitar que el paciente perciba el síntoma refractario. En la eutanasia se busca deliberadamente la muerte anticipada tras la administración de fármacos a dosis letales, para terminar con el sufrimiento del paciente.
No tiene cabida hoy, en una medicina verdaderamente humana, la incompetencia terapéutica ante el sufrimiento terminal, ya tome la forma de tratamientos inadecuados por dosis insuficientes o excesivas, ya la del abandono. Ante el sufrimiento refractario del enfermo es un deber deontológico del médico abordar con decisión la sedación paliativa, incluso cuando de ese tratamiento se pudiera derivar, como efecto secundario, una anticipación no deseada de la muerte.
La sedación implica, para el enfermo, una decisión de profundo significado antropológico: la de renunciar a experimentar conscientemente la propia muerte. Para la familia también conlleva importantes efectos psicológicos y afectivos. Es por lo que tal decisión no puede tomarse a la ligera por el equipo asistencial, sino que ha de ser resultado de una deliberación sopesada entre todos y una reflexión compartida acerca de la necesidad de disminuir el nivel de conciencia del enfermo como la estrategia terapéutica más adecuada llegado ese momento.
El enfermo en fase terminal ¿tiene derecho a la sedación paliativa? Sí, siempre que esté indicada, y cuando ésta está indicada y existe consentimiento, el médico tiene la obligación de aplicarla. En este caso la objeción de conciencia no tiene cabida, como tampoco sería posible objetar ante cualquier otro tratamiento correctamente indicado. Tan grave es abusar de la sedación como no aplicarla cuando es necesaria para el paciente.
Cuando el médico seda al enfermo que se encuentra sufriendo en fase terminal y lo hace con criterios clínicos y éticos no está provocando su muerte; está evitando que sufra mientras se muere; está realizando una buena práctica médica.