La Dra. María Castellano, catedrática de Medicina Legal y Forense de la Universidad de Alcalá de Henares y vocal de la Comisión Central de Deontología de la Organización Médica Colegial (OMC), realizó un decálogo sobre la lucha contra la violencia familiar, que presentó en Badajoz, en el marco de las ‘XXI Jornadas Internacionales Mediterráneas de Medicina Legal’, organizadas por el Dr. Mariano Casado
La Dra. María Castellano, experta en valoración de violencia familiar y de género, participó en una mesa redonda en las ‘XXI Jornadas Internacionales Mediterráneas de Medicina Legal’, donde presentó una serie de propuestas, con el respaldo de la Sociedad Española de Medicina Legal, frente a esta lacra, que ha pasado a denominarse ‘Decálogo de Badajoz contra la violencia de género’ en el que abarca diferentes aspectos que influyen en este contexto, como la formación y educación, los medios de comunicación, la detección, el entorno familiar, el ámbito médico-asistencial, los apartados policial y judicial, y las evaluaciones médico forense, de los hijos, del agresor y propuestas médico-sociales.
Así, la Medicina Legal y Forense, comprometida en la lucha contra la violencia familiar y de género considera que ésta debe ser abordada cumpliendo los siguientes objetivos estratégicos:
1. Formación y educación-Medios de comunicación
A. Niños y jóvenes. La igualdad y el respeto al otro/a como principio de conducta. Enseñar el método para conseguir el mejor conocimiento de uno mismo, para así, conocer mejor al otro/a y aceptarlo en su personalidad e individualidad
B. Adultos. Información y educación en la realidad legal en lo que se refiere a la obligación del respeto a las personas, iguales en derechos y en dignidad. Especial incidencia en la igualdad entre hombres y mujeres.
C. Los medios de comunicación llegan a personas, lugares y espacios muy amplios. Tiene el deber de tratar la violencia familiar y de género con mensajes claros a través de campañas, programas y otras actuaciones, considerando estas conductas como rechazables socialmente y fuera de cualquier justificación. Transmitir el apoyo incondicional a las víctimas por parte de toda la sociedad. Aprovechar todas las oportunidades para colaborar con las directrices educativas en este ámbito.
2. Detección
A. Conflicto familiar. Intervención y apoyo psicosocial y legal para su mejor solución, y como medio de prevención de la violencia
B. Violencia de género. Identificar el problema y abordarlo precozmente con los recursos disponibles, velando y cuidando, en primer lugar, la seguridad de la víctima.
3. Entorno familiar
Compromiso familiar.
– Reconocer la realidad del hecho. Apoyar a la víctima en su seguridad y la denuncia. Participar y ayudar en la mejor orientación y solución del problema.
4. Ámbito médico-asistencial
A. Sospecha. Dotar a los médicos de formación específica para detectar este problema en su inicio
B. Diagnóstico. Establecer protocolos precisos para que a través de una anamnesis, síntomas y signos sea posible, para cualquier médico realizar un diagnóstico de sospecha de violencia
C. Denuncia. En el parte de lesiones al juez, el médico debe realizar una valoración realista de la situación, derivada fundamentalmente de las lesiones, poniendo especial énfasis en los riesgos inmediatos. Tomar las decisiones conducentes a asegurar las pruebas de convicción, asesorando a la víctima y buscando la colaboración especializada necesaria.
D. Ayuda. Apoyar y ayudar a la víctima en la denuncia, evaluando su situación, así como los recursos disponibles que garanticen su seguridad inicial y los sucesivos pasos para la mejor orientación y solución al problema.
E. Atender el problema como un tema de salud individual y pública, teniendo en cuenta la estructura familiar (hijos), situación económica-social y otras circunstancias particulares, proporcionando de inmediato, el tratamiento que esté indicado.
5. Ámbito policial
Atender el problema adecuadamente desde su origen. Cuidar la dignidad de la víctima, facilitando la denuncia y la asistencia médica (si esta es necesaria), recabando los datos indicativos del riesgo que la situación concreta supone para la víctima e inmediato traslado al ámbito judicial y ofrecer la posibilidad de solicitar la orden de protección
6. Ámbito judicial (jueces y ministerio fiscal)
Valoración de la realidad y gravedad del hecho tanto por el ministerio fiscal (que deberá solicitar las medidas) como por el juez que debe aprobarlas. Diligencia para tomar las medidas adecuadas a la seguridad de la víctima. Disponer las medidas necesarias para la evaluación médico-forense del agresor y de la víctima de forma precoz.
7. Evaluación médico-forense de la denuncia por violencia de género. Se realizará en las unidades de valoración integral de violencia de género.
7.1. Evaluación de la víctima
Evaluación médica y psicológica-psiquiátrica de la víctima. Valorar el daño (físico o psíquico) que pueda haber sufrido. Evaluar los apoyos médico-psicológicos necesarios para la mejor recuperación personal y socio-laboral de la víctima. Colaboración de los equipos psicosociales (psicólogos y trabajadores sociales).
8. Evaluación de los hijos menores de edad
A. Son igualmente víctimas. Valorar su papel en el conflicto. Valorar el daño psíquico sufrido. Valorar los apoyos médico-psicológicos que necesitan para superar adecuadamente y sin secuelas la situación tanto personal como familiar y social. Valorar medidas relativas a patria potestad, custodia, visitas, etc. Del presunto agresor, atendiendo a los datos reales de cada caso.
9. Evaluación del agresor
Es fundamental. Se debe hacer la valoración médico-psicológico-psiquiátrica, la cual irá orientada a la determinación del riesgo que éste representa para la víctima. Para ello es preciso evaluar: personalidad (rasgos de riesgo) actitud hacia la víctima, expresión manifiesta o latente de amenazas, adicciones (alcohol, otras), incumplimiento de medidas judiciales (desobediencia, orden de alejamiento…) y comportamientos antisociales, agresivos o violentos.
10. Evaluación integral y propuestas médico-sociales-judiciales
A. Armonizar la información obtenida de la víctima, de los hijos y del agresor para comprender y explicar la dinámica de la relación de pareja y de la violencia.
B. Trasladar a la autoridad judicial la realidad de la víctima: valoración del daño (a efectos judiciales de calificación de la gravedad del delito) y la situación de los hijos. Manifestar las necesidades médico-psicológicas de tratamiento para minimizar el daño y favorecer la recuperación personal y socio-laboral.
C. Trasladar a la autoridad judicial la realidad del agresor. La seguridad de la víctima depende del agresor, por tanto, es objeto médico-forense principal la correcta valoración del riesgo que este representa para la víctima, especialmente en el juzgado de guardia