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Los colegios profesionales tendrán que recibir notificación de las homologaciones de títulos

El Tribunal Supremo reconoce a las entidades colegiales como parte con interés directo en esta materia

Madrid, 16 de julio 2008 (Redacción)

El Tribunal Supremo, a través de cuatro sentencias, ha dado un nuevo giro en su criterio respecto al papel de los colegios profesionales en las homologaciones de titulaciones de países terceros. Así, la sala cuarta del Supremo ha emitido recientemente resoluciones que reconocen a los colegios profesionales como parte con interés directo en esta materia, tal como se informa desde Unión Profesional, desde donde se hace referencia a recientes resoluciones a favor del Consejo General de Arquitectos.

Desde Unión Profesional, se interpreta que con los nuevos dictámenes del Tribunal Supremo quedan enmendadas ?situaciones de inseguridad denunciadas en sucesivas ocasiones por las organizaciones profesionales y también por Unión Profesional?.

De tal forma, que, según lo establecido, a partir de ahora, a los colegios profesionales le habrán de ser notificadas las homologaciones, estableciendo un plazo preceptivo de dos meses, de forma que la entidad colegial pueda analizar la sentencia y, en su caso, recurrirla.

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