Definitivamente, queda establecido que las menores entre 16 y 17 años que decidan abortar «deberán informar al menos a uno de sus padres o tutores legales, salvo que puedan alegar fundadamente que dicha comunicación pueda suponerles un peligro cierto de violencia intrafamiliar amenazas, coacciones, malos tratos o se produzca una situación de desarraigo o desamparo»
Madrid, 25 de febrero 2010 (medicosypacientes.com/Europa Press)
El Pleno del Senado aprobó definitivamente, ayer miércoles, la Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Al haberse aprobada de forma definitiva en la Cámara Alta, ya no se requiere su ratificación en el Congreso de los Diputados, por tanto, el paso siguiente es enviarla al BOE, para entrar en vigor a los cuatro meses de dicha publicación.
La nueva ley permite abortar libremente en las 14 primeras semanas de gestación y hasta la 22 cuando se detecten graves peligros para la salud de la madre o malformaciones en el feto.
Por otra parte, queda establecido definitivamente que las menores entre 16 y 17 años que decidan abortar «deben informar al menos a uno de sus padres o tutores legales su deseo de abortar, salvo que puedan alegar fundadamente que dicha comunicación pueda suponerles «un peligro cierto de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos o se produzca una situación de desarraigo o desamparo».