Gestión clínica, asistencia a inmigrantes sin papeles y freno a nuevas Facultades, han constituido algunas de las principales líneas de actuación del Foro de la Profesión Médica (FPME) en este primer semestre de 2014. Por otra parte, ha valorado positivamente la puesta en macha de la Troncalidad y del Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, incluidos en el Acuerdo Marco firmado con el MSSSI, cuyos decretos fueron aprobados recientemente por el Gobierno. El FPME continúa su labor en el desarrollo de otros aspectos de dicho Acuerdo como es la puesta en marcha del Foro de las Profesiones Sanitarias, contemplado, a su vez, en la nueva Ley de Consumo
Madrid, agosto 2014 (medicosypacientes.com)
Tres han sido los principales ejes en los que el Foro de la Profesión Médica (FPME) ha centrado su labor en este primer semestre: gestión clínica, asistencia sanitaria a inmigrantes sin papeles y en la denuncia de la proliferación de Facultades de Medicina, desarrollo de la Troncalidad y del Registro Estatal de Profesionales Sanitarios además de la creación por Ley del Foro de las profesiones Sanitarias. Todos, aspectos fundamentales para el ejercicio profesional incluidos en el desarrollo del Acuerdo suscrito con el Ministerio de Sanidad (MSSSI) del que se cumple ahora un año desde su firma el 30 julio de 2013, en Moncloa ante el presidente del Gobierno.
Troncalidad y Registro Estatal de Profesionales Sanitarias han sido aprobadas por el Consejo de Ministros el pasado 25 de julio, en consonancia con el contenido del Acuerdo en dichas materias, y que el Foro de la Profesión Médica ha valorado positivamente.
En relación a la Troncalidad el Acuerdo Marco entre el MSSSI y el FPME recoge, entre otros aspectos, que los programas formativos contemplen un período de formación común, previendo la creación inicial de 5 troncos, además de un cambio en la dinámica de formación de especialistas para facilitar a los profesionales el abordaje, desde las primeras etapas de su formación especializada, de los problemas de salud de manera integral y con el enfoque multidisciplinar que el estado de la ciencia actualmente requiere, flexibilizando el catálogo de especialidades, posibilitando la reespecialización (dentro del mismo tronco) y la más alta y ampliada distinción competente de los profesionales a través de las áreas de capacitación específica (ACE). Con respecto a dichas áreas el acuerdo propone la revisión de la relación laboral especial para la formación del profesional que acceda a una ACE, las posibilidades de reespecialización de los profesionales en especialidades de un mismo tronco y la convivencia de ambos modelos de Formación Sanitaria Especializada (FSE), en los primeros momentos de implantación.
Respecto al Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, en el Acuerdo Marco FSPME-MSSSI se establece el desarrollo reglamentario previsto del Registro Estatal de Profesionales Sanitarios, acomodado a las finalidades establecidas en el RD-ley 16/2012 (planificación de recursos humanos del SNS y coordinación de las políticas de recursos humanos en el SNS), respetando los fines y funciones que correspondan legalmente a los Consejos Generales de las profesiones sanitarias, y coordinándose la información contenida en otros registros, conforme a los procedimientos de incorporación de datos que se establezcan al efecto.
Por otra parte, según se contempla, la relación de los mencionados Consejos Generales con el Registro Estatal se regirá por los principios de máxima y leal cooperación y colaboración institucional. A estos efectos se garantizará la accesibilidad recíproca a los datos, de modo que pueda darse cumplimiento al mandato del artículo 5.1 de la LOPS y a lo dispuesto en la LOPD.
Gestión Clínica
En relación al desarrollo de la gestión clínica el pasado 14 de julio fue validado el documento presentado por el FPME al MSSSI en lo referente a la Gestión Clínica, que introduce elementos que permiten la transferencia de la capacidad de decisión y la responsabilización de los profesionales asistenciales en la gestión de los recursos utilizados en su ejercicio profesional, organizando y coordinando las actividades que se generan en torno a cada proceso como reza el documento.
Además de la definición de gestión clínica, las principales características de las unidades de gestión clínica, los profesionales que se pueden involucrar en ella, y los principios para su desarrollo en el Sistema Nacional de Salud, constituyen los principales puntos que configuran el documento.
Así, entre las principales propuestas de Gestión Clínica del Foro de la Profesión Médica cabe destacar una serie de aspectos entre ellos: La dependencia de los servicios de salud de las comunidades autónomas, o de las gerencias, con carencia de personalidad jurídica propia en los centros de gestión pública directa. Asimismo, se remarca el respeto del régimen jurídico de vinculación del personal sanitario, que podrá acceder a cualquier iniciativa de Gestión Clínica en centros de gestión directa o indirecta.
El proceso de adhesión voluntario; el respeto de los derechos adquiridos del personal; y el contrato de gestión comprensible, asumible, realista y posible, son otros de los aspectos a destacar.
Asimismo, se aboga por impulsar una organización basada en los procesos asistenciales, lo cual supone diversos grados de complejidad, desde la Unidad de Gestión hasta áreas funcionales interdisciplinarias, que incluyen integración intercentros e interniveles, con modelos organizativos internos participativos, sencillos y eficaces.
Capacidad y publicidad y adecuada al tipo de Gestión Clínica (asistencial médica, cuidados de enfermería, etc.), autonomía de Gestión real que implica un soporte total de los servicios de salud/gerencias que permita una evaluación periódica, unido a incentivos económicos vinculados al grado de cumplimiento de objetivos, y no al ahorro del presupuesto pactado.
Con respecto a A.P., se insta a la creación con idénticos principios de fórmulas que se ajusten a las características especiales del primer nivel asistencial.
http://www.medicosypacientes.com/articulos/FPME14714.html
Atención a inmigrantes
En el Acuerdo Marco firmado con el MSSSI se incluía, además, a efectos de consolidar y garantizar la sostenibilidad y calidad de nuestro SNS, la actuación de desarrollar “las prestaciones de salud pública, atención urgente y en situaciones de alto riesgo, atención maternal y a menores a las que tienen derecho los extranjeros en situación irregular”.
Con el fin del cumplimiento de este apartado, el Foro de la Profesión Médica consensuó un documento que ofreció al MSSSI al objeto de regular la asistencia sanitaria que puedan precisar los extranjeros no registrados ni autorizados como residentes en España.
El FPME persigue, en este sentido, que se amplíe la asistencia a este colectivo, recogida en el Real Decreto Ley 16/2012, y que se incluyan las enfermedades infecciosas agudas o crónicas que sin adecuado tratamiento puedan suponer un riesgo para la salud pública; enfermedades crónicas cuya falta de tratamiento programado y continuo ponga en peligro la salud y condicione el empeoramiento y la aparición de episodios agudos que requieran atención urgente y hospitalización; y enfermedades y trastornos neurológicos o mentales graves, agudos o crónicos, que impliquen discapacidad para las actividades de la vida cotidiana, y que supongan riesgos para los pacientes o para terceros.
Además, se deberán contemplar actuaciones de prevención de problemas de salud, incluidas las inmunizaciones y cribados que se justifiquen de acuerdo a los criterios epidemiológicos de la salud pública; cualquier afectación del estado de salud producida por accidentes o noxas ambientales o alimentarias; y en general, cualquier problema de salud de carácter urgente y grave, que a juicio de los facultativos precise atención hasta la situación de alta médica, o bien, en caso de enfermedades crónicas con riesgos para la salud, con carácter indefinido mientras dure la situación.
Asimismo, el FPME considera que los servicios de salud de las CC AA desarrollarán las contingencias y situaciones anteriores, facilitando el uso de la atención primaria como nivel más próximo y eficiente para la prestación de servicios que no exijan ingreso y que no sean situaciones de urgencia hospitalaria.
Hasta el momento no se ha recibido contestación a las propuestas realizadas y la ampliación de las condiciones para la atención a inmigrantes en situación irregular en caso de asistencia por razones de salud pública no son satisfactorias ni desde la perspectiva del Foro cumplen con los términos del Acuerdo.
http://www.medicosypacientes.com/articulos/FPME2414.html
Freno a la apertura de nuevas Facultades de Medicina
Otra de las acciones emprendidas por el Foro de la Profesión Médica a lo largo de 2014 fue la difusión de un documento, el pasado mes de enero, en defensa de la calidad de la formación de los profesionales y para poner freno a la apertura de nuevas facultades de medicina y adecuar el numerus clausus a las necesidades reales de las plazas MIR en los hospitales acreditados.
En el documento se subrayaba la necesidad de garantizar la formación de los médicos con seriedad. En caso contrario, se considera que un buen programa de gestión sanitaria no daría los frutos deseados y la financiación requerida se multiplicaría por necesitar un mayor gasto para atender las mismas necesidades asistenciales.
Una de las propuestas formuladas en dicho documento es que el numerus clausus se aplique al comienzo del proceso formativo, es decir, en el acceso a los estudios de Grado en la facultad de Medicina. Este numerus clausus, según se apunta, debe calcularse correctamente, para lo que es imprescindible una planificación adecuada de las necesidades de facultativos especialistas que determine la oferta de plazas MIR.
Como se recuerda en dicho documento, de 2005 a 2012, se pasó de los 4.350 a más de 7.000 alumnos de nuevo ingreso, y de 28 a 40 Facultades de Medicina (5 públicas y 7 privadas nuevas). De esta forma, España se convirtió en el segundo país de población superior a 20 millones de habitantes con más facultades de Medicina por habitante, y es ahora cuando esas políticas de incrementos incontrolados empiezan a evidenciarse.
Teniendo en cuenta estas y otras consideraciones, los expertos en demografía médica estiman que es necesario disminuir el número de nuevos alumnos a 5.500-6.000 para equilibrar las plazas de MIR que presumiblemente se convocarán dentro de 6 años para atender, a su vez, las necesidades de médicos especialistas dentro de 11 años. En consecuencia, concluye el documento, “si no se reduce el numerus clausus en las Facultades de Medicina se producirán importantes desajustes entre los graduados y las plazas de MIR”. Es previsible ?se añade- que de continuar esta tendencia se produzca una bolsa de médicos nominales que superará ampliamente los 1.000 anuales, y que. al no poder convertirse en especialistas, no podrán alcanzar el ejercicio de la profesión”.
Foro de las Profesiones Sanitarias Tituladas
Por otra parte, la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Marco integrada por las Direcciones de Ordenación Profesional Dr. Javier Castrodeza Sanz y Cartera Básica de Servicios Dr. Agustín Rivero, además del vicepresidente del Consejo Asesor de Sanidad, Julio Sánchez Fierro y de los presidentes de la OMC Dr. Juan J Rodriguez Sendin , de FACME Dr. Carlos Macaya y el secretario general de CESM Dr. Francisco Miralles sigue trabajando en el desarrollo y regulación del Foro de las Profesiones Sanitarias, en base a lo contemplado en dicho Acuerdo.
El Ministerio de Sanidad dio luz verde a la puesta en marcha de dicho Foro pasado mes de marzo, como órgano colegiado de participación de las profesiones sanitarias tituladas, y así ha quedado contemplada dentro de la nueva Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios aprobada el pasado mes de marzo.
El objetivo de creación del citado Foro, integrado por un Pleno, Grupo Médico y Grupo Enfermero, es el de contribuir a la mejora de la calidad asistencial y de las condiciones del ejercicio de la profesión médica.