El sábado entró el vigor Real Decreto por el que se regula el procedimiento de autorización para la realización de actividades de promoción y publicidad de la donación de células y tejidos humanos.
La norma, que fue aprobada el viernes 5 de agosto en Consejo de Ministros y publicada el pasado viernes, en el Boletín Oficial del Estado (BOE), no incluye ninguna novedad respecto a la regulación existente con anterioridad, sino que sustituye a la Orden Ministerial del 18 de diciembre de 2013 hasta ahora en vigor que, según sentencia de la Audiencia Nacional del 16 de mayo de 2015, tiene que elevarse de rango y pasar a Real Decreto.
Por tanto, se trata de una modificación técnico-jurídica que afecta a la forma en la que tiene que hacerse la regulación, no así a su contenido.
En concreto, la norma afecta a la promoción de la donación de células y tejidos en general y, específicamente, a las campañas de publicidad de la donación de médula ósea, a las de los bancos de sangre de cordón (sobre todo privados y de carácter autólogo) y a los gametos, de tal forma que para poder llevar a cabo dicha publicidad, cuando se lleve a cabo en más de una comunidad autónoma, las entidades necesitan una autorización otorgada por la Organización Nacional de Trasplantes (ONT) y la Comisión de Trasplantes, cuyo procedimiento regula este Real Decreto.
El objetivo es que la ONT garantice que la información que se da en las campañas de promoción y publicidad se ajuste a la evidencia científica y a los criterios de gratuidad, voluntariedad y anonimato en los que se basa el sistema español de trasplantes, evitando, entre otros aspectos, que se puedan solicitar donaciones dirigidas para una persona en concreto.