El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes la creación del Consejo Médico Forense, cuyas principales funciones serán la de asesorar y orientar científicamente en materia pericial. Estará integrado, según el Real Decreto que lo establece, por médicos forenses de distintos ámbitos científicos y técnicos y por representantes de la Administración central y autonómica con competencias en justicia
Madrid, 19 de mayo 2014 (medicosypacientes.com)
El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, aprobó el pasado viernes el Real Decreto que establece la creación del Consejo Médico Forense, que proporcionará asesoramiento y orientación científica en materia pericial tanto a las administraciones y organismos públicos como a los médicos forenses. Además entre sus funciones se incluye la coordinación entre todos los Institutos de Medicina Legal y el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF), así como con otros organismos internacionales, para mejorar la calidad de la pericia que se presta a los tribunales.
La constitución de un Consejo Médico Forense es una vieja reivindicación de este colectivo que ya se plasmó en el Libro Blanco de la Medicina Forense publicado por el Ministerio de Justicia en 1988. Desde entonces, los profundos cambios experimentados en la medicina forense, con la creación de los Institutos de Medicina Legal y la asunción de competencias por parte de algunas comunidades autónomas, han reforzado la convicción de la necesidad de un órgano exclusivamente consultivo y de carácter nacional, que sirva de canal de comunicación entre todos los institutos, para que ninguno quede relegado en los avances científicos y tecnológicos propios de su disciplina.
Debido a su carácter eminentemente científico, el Consejo Médico Forense estará formado especialmente por médicos forenses de los distintos ámbitos científicos y técnicos, aunque también contará con representación de la Administración del Estado y de las comunidades autónomas con competencias en justicia, así como de otras instituciones, como el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado. Los primeros serán elegidos vocales por elección democrática de los médicos forenses, mientras que las administraciones designarán a los vocales que les representarán.
El Consejo constará de un Pleno, en el que participarán todos los vocales, y de un Comité Científico-Técnico, compuesto sólo por los vocales médicos forenses. Este último será el encargado de estudiar las propuestas que se debatirán en el Pleno así como los informes más técnicos relativos a la medicina forense.
Además de homogeneizar los criterios técnicos de actuación de los distintos Institutos de Medicina Legal al elaborar protocolos comunes, el Consejo Médico Forense ofrecerá apoyo y colaboración a los Institutos de Medicina legal, especialmente a los más pequeños y con menos recursos para que cuenten con la debida formación y desarrollo para que no se queden al margen de los avances científicos y técnicos.
Se adjunta PDF Real Decreto constitución Consejo Médico Forense