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El Colegio de Médicos de Cádiz se suma a la recriminación sobre la liberación de la colegiación en las clínicas Pascual

La entidad gaditana opina que Pascual ?se sitúa por encima de la Ley al atribuirse la facultad de anular la exigencia de colegiación obligatoria?

Cádiz, 18 de julio 2008 (Redacción)

El Colegio de Médicos de Cádiz se ha sumado a la recriminación realizada por el Consejo Andaluz de Colegios de Médicos (ver ?Médicosypacientes?), sobre el acuerdo suscrito entre sindicatos y Grupo Pascual para liberar a los profesionales de sus clínicas privadas de la colegiación obligatoria. La entidad colegial gaditana asegura, a través de un comunicado, ?lamentar profundamente que traten de confundirse interesadamente conflictos laborales con otros aspectos relacionados con la defensa de los intereses profesionales, cuya representación corresponde a los Colegios profesionales?.

Como indica el escrito remitido del Colegio de Médicos de Cádiz, ?los representantes de los Comités y la propia Empresa Pascual se sitúan por encima de la Ley al atribuirse la facultad de anular la exigencia de colegiación obligatoria, vulnerando de esta manera la legislación vigente en este aspecto y concretamente el artículo 35 del Real Decreto 1018/80, de 19 de mayo?.

Al igual que lo hiciera el Consejo Andaluz, la entidad gaditana recuerda que ?la colegiación obligatoria está exceptuado exclusivamente el personal funcionario, estatutario o laboral de las Administraciones Públicas de Andalucía?. ?Esta circunstancia ?prosigue- no se corresponde con la situación de los profesionales médicos que prestan sus servicios en los hospitales de la Empresa Pascual, quienes asisten a pacientes de compañías de asistencia colectiva y a enfermos privados además de los propios de la Seguridad Social?.

Por tanto, añade el comunicado colegial ?responde a un profundo desconocimiento y constituye a la vez un desprecio a las funciones otorgadas por Ley a los Colegios Profesionales, como así consta en sus principios fundacionales, apropiarse de las facultades por las que se garantiza la correcta actividad de los profesionales sanitarios y la ética y la dignidad profesional, entre otras atribuciones que ilegítima e ilegalmente asumen los citados Comités como propias o de la Empresa contratante?.

Concluye la entidad en que «son los Colegios profesionales los garantes de la salvaguardia y la observancia de los principios deontológicos de la profesión médica, de su dignidad y su prestigio. En este sentido los Colegios Profesionales siempre han ido por delante en la regulación de los conflictos éticos entre los profesionales y en su relación con los pacientes, a la búsqueda de una mejor práctica médica y en beneficio de la sociedad».

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