Durante la última Asamblea del Consejo General de Colegios de Médicos (CGCOM), celebrada recientemente, se procedió a la renovación de los cargos de representantes del CGCOM en las Comisiones Nacionales de Cirugía General y del Aparato Digestivo y de Obstetricia y Ginecología que recayeron en los Dres. Manuel Bustamante Montalvo (A Coruña) y Antonio Fernández Parra (Granada)
Para la Comisión Nacional de Cirugía General y del Aparato Digestivo, fue elegido el Dr. Manuel Bustamante Montalvo, miembro del Colegio de Médicos de A Coruña y nacido en La Habana (Cuba). Estudió Medicina en la Universidad Complutense de Madrid. Cursó el MIR en la capital de Galicia y continuó su formación en el Hospital Clínico de Barcelona, en el Hospital Saint Marc’s de Londres y en el Paul Brousse de París. Su vida profesional está vinculada al Hospital Universitario de Santiago de Compostela (Chus), primero como adjunto, en casi todas las patologías, y después en la cirugía hepatobiliopancreática y en el trasplante hepático. En la actualidad es jefe del servicio de Cirugía General del Chus, y profesor asociado de Ciencias de la Salud de la USC.
Mientras, la Comisión Nacional de Obstetricia y Ginecología estará representada por el Dr. Jorge Fernández Parra, actual presidente del Colegio de Médicos de Granada. Natural de Córdoba, licenciado en Medicina y Cirugía por la Universidad de Granada, y especialista en Obstetricia y Ginecología. Ha desarrollado gran parte de su labor profesional en el Hospital granadino Virgen de las Nieves, donde ha sido tutor de residentes y jefe de estudios, entre otros cargos. Actualmente, ejerce en dicho centro sanitario como jefe de Sección de Ginecología, además de ser profesor asociado en Ciencias de la Salud de la Facultad de Medicina de Granada. Asimismo, pertenece a la Junta Directiva de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO), como vocal de la Sección de Endoscopia.
Las Comisiones Nacionales de las especialidades son órganos asesores y consultivos del Ministerio de Sanidad y del Ministerio de Educación, reguladas en el art. 28 de la Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), y relacionadas con la formación y las especialidades médicas. Entre sus funciones cabe destacar: la elaboración del programa formativo de la especialidad; el establecimiento de los criterios de evaluación de los especialistas en formación; la fijación de los criterios para la evaluación en el supuesto de nueva especialización previsto en el artículo 23 de la LOPS; la propuesta de creación de áreas de capacitación específica; y la determinación de criterios para la evaluación de unidades docentes y formativas.
Entre las funciones asignadas a dichas Comisiones también figura la participación en el diseño de los planes integrales dentro del ámbito de la correspondiente especialidad, así como el informe sobre programas y criterios relativos a la formación continuada de los profesionales, especialmente los que se refieran a la acreditación y la acreditación avanzada de profesionales en áreas funcionales específicas dentro del campo de la especialidad.
Su composición está configurada por: dos vocales propuestos por el Ministerio de Educación, uno, al menos, de los cuales deberá ostentar la condición de tutor de la formación en la correspondiente especialidad; cuatro vocales de entre los especialistas de reconocido prestigio que proponga la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud; dos vocales en representación de las entidades y sociedades científicas de ámbito estatal legalmente constituidas en el ámbito de la especialidad; otros dos vocales en representación de los especialistas en formación, elegidos por éstos en la forma que se determine reglamentariamente; un vocal en representación de la organización colegial correspondiente. En este último caso, si la especialidad puede ser cursada por distintos titulados, la designación del representante se efectuará de común acuerdo por las corporaciones correspondientes.