La tercera y última mesa del III Encuentro hispano-brasileño, “Maternidad subrogada y sus problemas éticos”, celebrada durante la mañana de este jueves, 3 de noviembre, ha contado con la participación de Ángela Escribano, Miguel Lorente, la Dra. María Castellano y Ofelia de Lorenzo. Además, la Dra. Zaida Arteta, presidenta de CONFEMEL, ha actuado como moderadora, y la Dra. Mª Isabel Moya, vicepresidenta primera del CGCOM, como relatora
Ángela Escribano Martínez, asesora en Igualdad y Violencia de Género de la Delegación de Gobierno de la Comunitat Valenciana, ha realizado una ponencia sobre la “Geografía política de la gestación subrogada en el mundo”. Durante su intervención, ha destacado que existen numerosas y muy diversas legislaciones alrededor del planeta. Otro aspecto relevante, es que se dan “muchas formas de llamar a esta realidad: vientre de alquiler, maternidad subrogada, padres y madres de intención, etc.”, ha expuesto.
Asimismo, para la doctora Escribano es importante señalar que “estamos hablando de un negocio, y se estima que, en 2025, este comercio mueva hasta 27 000 millones de dólares anuales”.
Por otra parte, Ángela Escribano ha explicado que, en el anteproyecto de ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, se incluye la “prohibición de la publicidad de las agencias de intermediación”. De acuerdo con este artículo, las administraciones públicas promoverán la eliminación de cualquier tipo de publicidad que tenga por finalidad la mercantilización de la salud reproductiva por parte de terceras personas, por atentar contra la dignidad de las mujeres y se considerará ilícita la publicidad en medios de comunicación social que tenga como fin la promoción comercial de la gestación por sustitución.
Miguel Lorente, profesor titular de Medicina Legal de la Universidad de Granada, ha realizado la ponencia “Gestación subrogada comercial: Vientre de alquiler ¿Es éticamente aceptable?”. En su intervención, Lorente ha destacado que “necesitamos la ética, que se adelante a los acontecimientos y que ofrezca una visión crítica”. Además, para Miguel Lorente, es importante tener en cuenta tres riesgos importantes: “biológico, médico-científicos y socioculturales”.
Este intenso debate ético parte “de los acontecimientos ocurridos entre 1980, cuando la medicina que dio la posibilidad a este tipo de reproducción asistida, hasta el 2000, para que se plantee la gestación por sustitución como una práctica fundamentalmente comercial”, ha explicado.
Para Lorente, “todo es consecuencia de una construcción social”. Cuando la propia cultura y la sociedad han impuesto que consideran libre para hacer lo que se ha hecho obligatoriamente hasta entonces, “no deja de ser un poco tramposo”, ha afirmado. Así, hay una mayor incidencia de mujer en la pobreza, mayor dificultad de acceso al trabajo, menor remuneración, trabajo más precario, y de pronto “si gestas para otra mujer o para otro hombre, puedes ser rica, es decir, la propia realidad te genera situaciones de necesidad que te da mecanismos que satisfacen los elementos y los valores de la sociedad”.
María Castellano, catedrática de Medicina Legal de la Universidad de Granada, ha realizado su intervención sobre la “Gestación subrogada altruista. Evaluación de la libertad para ser gestante por subrogación altruista”. La terminología puede ser atenta a la legislación vigente en diversos países, sin embargo, para la Dra. Castellano, “no todo lo que se puede hacer, se debe hacer”, es decir, “no todo lo que es legal se ajusta a las exigencias ético-deontológicas, de orden moral conforme al respeto a la vida y el mayor beneficio para aquello o aquellos sobre lo que se reflexiona y se decide”, ha afirmado.
La Dra. Castellano ha destacado que cuando la maternidad es un servicio a cambio de una remuneración económica, “la libertad está coaccionada ya que se trata de un servicio biológico con participación y desgaste del organismo que puede conllevar riesgos físicos y psicológico”.
Se podría aceptar una gestación subrogada altruista, pero siempre que se haga de una forma absolutamente garantista y que incluya “una certeza absoluta sobre la ausencia de lucro u otra ganancia, sobre la salud psicobiológica de la madre gestante, sobre la resolución de un problema y la exclusión de crear otros, y sobre el superior beneficio del menor”, ha afirmado.
Ofelia de Lorenzo, directora del Área Contenciosa de De Lorenzo Abogados y vicepresidenta primera de la Asociación Española de Derecho Sanitario (AEDS), ha intervenido acerca de “Cómo afecta la gestación subrogada y el bien superior del menor”. Para de Lorenzo, es importante precisar que “la denominación correcta en virtud de que la mujer que actúa como gestante, precisamente gesta un hijo para otro, es, de acuerdo con la Ley 14/2206 de 26 de mayo sobre técnicas de reproducción humana asistida (LTRHA), gestación por sustitución”.
Hay una carencia, muy notoria cuando se habla de la gestación por sustitución sobre el bebé que nace y la consideración del llamado “interés superior del menor sobre cualquier otro interés legítimo”, ha afirmado. Es esencial cuestionarse si el proceso de maternidad por sustitución es bueno para los niños y las niñas, ha destacado. Para la abogada, “normativamente, supone una vulneración en cuatro aspectos fundamentales: es un riesgo de tráfico de niños, riesgo de cosificación del niño y de la cosificación, la inseguridad jurídica para el menor, y el riesgo en los problemas relacionados con el origen biológico del niño o la niña”.
“El deseo de las parejas estériles debe ser escuchado por la sociedad y si es posible”; así, “un marco regulatorio internacional común sería una posible solución”, aunque la realidad es que es imposible alcanzar tales acuerdos, ha destacado Ofelia de Lorenzo. Sin embargo, no todos los deseos de los adultos deben ser considerados como derechos, “máxime si ello implica lesiones a la dignidad y a los derechos de otros sujetos implicados, especialmente de las mujeres más vulnerables y los hijos”, ha concluido.
Por último, la Dra. Moya, vicepresidenta primera del Consejo General de Médicos de España, ha destacado que este tipo de reproducción conlleva algo muy importante “que es disociar la gestación de la maternidad”, lo que genera un intenso debate médico, jurídico, ético y deontológico.
Además, la falta de homogeneidad legislativa en el contexto internacional provoca que se generen “graves situaciones de incertidumbre y desprotección jurídica para todas las partes implicadas”, ha indicado.
En definitiva, el debate sobre la gestación por sustitución gira en torno a cuatro puntos cardinales: “si se trata de un acto médico, si debe regularse y cómo en los distintos países del mundo, si es una práctica ética y deontológicamente aceptable, y cómo afecta al bien superior del menor”, ha resumido la Dra. Moya.
Finalmente, la vicepresidenta primera del CGCOM ha explicado que en el texto del nuevo Código de deontología médica ya están aprobados los artículos sobre la gestación por sustitución. Por un lado, “hemos aprobado que la gestación por sustitución con contraprestación económica es contraria a la deontología médica, ya que la comercialización del cuerpo de la mujer vulnera su dignidad”, y, en otro artículo se expone que “la gestación por sustitución altruista no es contraria a la deontología médica siempre que se preserve la dignidad de la mujer y el interés superior del menor con la regulación oportuna y el control de la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida.