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Condenado un paciente a 4 meses de prisión por “delito de atentado” por agredir a un médico

Un paciente que propinó una bofetada a un médico del servicio de urgencias en el Centro de Salud de la Carlota (Córdoba) ha sido condenado a 4 meses de prisión por delito de atentando por agresión a un funcionario público, una sentencia dictada en base a la reforma del Código Penal y resuelta en apenas 5 días desde que se produjo la agresión. 

Se trata de una sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Posadas que ha fallado con una condena  por  “atentado a funcionario público”, en base a la reforma del Código Penal  (art.  550. 1-2) que establece la consideración de autoridad para los funcionarios públicos, entre los que se encuentran los médicos que prestan sus servicios en el Sistema Nacional de Salud. 

Los hechos ocurrieron el 25 de febrero pasado, cuando un paciente acudió al servicio de urgencias del Centro de Salud de la Carlota (Córdoba), exigiendo, de forma alterada, que se le pinchase un tranquilizante. Cuando el facultativo de guardia, Médico de Atención Primaria, le dio en su lugar una pastilla, el paciente le propinó una bofetada en la cara que no le provocó lesiones. 

Inmediatamente se personó la Policía que procedió a la detención del agresor -posteriormente puesto en libertad- y se tramitaron las actuaciones judiciales, a través del Colegio de Médicos de Córdoba, procediéndose, desde el primer momento, como diligencias urgentes por parte del Fiscal. Posteriormente, en un acto en el Juzgado de Instrucción de Posadas, el Fiscal manifestó su voluntad de formar acusación de los hechos por atentado contra la autoridad a pesar de que el golpe no había provocado lesiones en el médico. 

En esta comparecencia, el agresor y su abogado  expresaron conformidad con los hechos y solicitaron que se dictara sin más trámite sentencia firme de conformidad. Ante ello, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Posadas falló la sentencia el 1 de marzo e  impuso al acusado una pena de 4 meses de prisión y privación del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de duración de la condena. 

La decisión del Fiscal de aplicar cualquier tipo de agresión a los profesionales como atentado a la autoridad, incluso en un caso como este en el que no existen lesiones, supone sin duda un respaldo importante a las demandas y actuaciones que el colectivo médico  ha venido realizando en los últimos años a través del Observatorio de Agresiones de la Organización Médica Colegial y del trabajo de los departamentos jurídicos de los colegios de médicos, como es este caso del COM de Córdoba. 

Esta sentencia y su rápida tramitación (apenas 5 días desde que se produjeron los hechos) conlleva, además,  un efecto ejemplarizante, especialmente, en núcleos rurales como es este caso de La Carlota, una población de algo más de 13.000 habitantes.

 

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