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Dr. García Guerrero: «Sobre la investigación con humanos»

La inclusión de personas en proyectos de investigación debe hacerse siempre en base de unos principios éticos y ello viene también regulado en el Código Deontológico de la OMC, según recuerda el autor de este artículo

Madrid, 14 de junio 2013 (medicosypacientes.com)

Sobre la investigación con humanos.
Dr. Julio García Guerrero

a investigación médica tiene como objetivo generar conocimientos nuevos que sirvan para un mejor control, tratamiento y prevención de las enfermedades. Su desarrollo nos ha ayudado a conseguir un bienestar de la población difícilmente imaginable hace algunas décadas. Desde ese punto de vista es un bien que debe ser fomentado y alentado. Habrá ocasiones en que la investigación pueda ser llevada a cabo en animales, pero en otras muchas será indispensable el concurso de personas como sujetos de investigación, ya que de no ser así, sus resultados no podrían aplicarse al conjunto de la ciudadanía. La necesidad de personas como sujetos de investigación tiene un riesgo fundamental que es su instrumentalización por parte de los investigadores, de cara a conseguir sus objetivos de investigación. De este modo las personas se convierten en meros medios que tienen utilidad en la medida que ayudan a conseguir un fin. Además, la investigación es, por definición, incierta. Puede darse el caso de que el sujeto de investigación sufra daño durante el experimento. De todas las consideraciones anteriores se deduce el primer gran principio de la investigación con humanos: que no se realizará más que «…cuando el avance científico no sea posible por otros medios alternativos de eficacia comparable o en aquellas fases de la investigación en las que sea imprescindible», tal y como recoge nuestro Código Deontológico.

Otro gran principio derivado de la posibilidad de daño de los sujetos de investigación es que «la principal prioridad para un investigador debe ser el bienestar de los sujetos de investigación». El bien del ser humano debe prevalecer siempre sobre los intereses del investigador y de la ciencia. En ese sentido, no es ético comenzar una investigación cuando no existe la razonable convicción que el procedimiento no dañará a los sujetos de investigación; tampoco es ético seguir con la investigación cuando se constatan daños en ellos o cuando se comprueba que lo experimentado no supone ventaja alguna sobre otras técnicas o productos ya disponibles.

Esta prioridad por el bienestar de los sujetos de investigación trae consigo la gran condición que debe regirla y que es el respeto por estos sujetos. A su vez, éste respeto tiene su expresión práctica en el consentimiento informado (CI), que es la autorización que una persona da para que se realicen intervenciones sobre su cuerpo. Este CI es un derecho del paciente y una obligación legal y ética del médico, y ello implica que éste último debe proporcionar al sujeto de investigación información extensa, clara, veraz y comprensible sobre la naturaleza y objetivos de la investigación, los métodos, sus beneficios potenciales y los riesgos a que se enfrentan los participantes. Esto de la información es particularmente importante ya que estamos ante intervenciones sobre el cuerpo que no tienen carácter diagnóstico y terapéutico, por lo que el sujeto debe estar en las mejores condiciones posibles para tomar una decisión y eso se conseguirá principalmente, aunque no sólo, con una buena información sobre técnicas y procedimientos a los que será sometido. Además, el respeto por los sujetos de investigación garantizará un adecuado trato a las poblaciones vulnerables, que tienen mayores dificultades a la hora de tomar decisiones y por tanto de defender sus intereses, de cara a su inclusión en un proyecto de investigación.

La inclusión de personas pertenecientes a colectivos vulnerables en proyectos de investigación debe hacerse con mucho cuidado ético, ya que el investigador goza de una posición de superioridad que le da grandes posibilidades de influir sobre las decisiones de participación, ya sea por persuasión, manipulación o directamente coerción/coacción. Por estas razonas la investigación en estos grupos sólo debe llevarse a cabo cuando: a) no sea posible hacerla en grupos menos vulnerables, b) cuando sólo se pueda realizar en ese grupo de población, c) siempre que se garantice a los participantes el acceso a los beneficios que la investigación produzca, d) que en caso de que no sea así los daños o molestias esperables no excedan a los de un examen médico de rutina y e) que los sujetos incapaces presten su consentimiento a través de sus representantes legales.

La investigación con embriones plantea muy serios problemas éticos derivados de que, sólo por estar ante una nueva dotación genética humana, estos embriones merecen una «seria consideración moral como forma en desarrollo de una vida humana». Esto hace que prácticas como la clonación o la creación de embriones nuevos con fines exclusivamente de investigación y la transferencia nuclear o clonación sean prácticas contrarias a la ética y la deontología médicas.

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