La ministra de Política Territorial y de Función Pública, Meritxell Batet, firmó tres acuerdos con los sindicatos tras la reunión de la mesa general de negociación de la Administración General del Estado (AGE), el pasado lunes, que incluye la aprobación de 534 plazas para personal estatutario de la red hospitalaria del Ministerio de Defensa y del Instituto de Gestión Sanitaria (INGESA)
Según se informa desde el Ministerio de Política Territorial y de Función Pública, el proyecto de Real Decreto por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General del Estado para 2018 aprobará tanto las plazas de personal funcionario como de personal laboral en los siguientes ámbitos: Administración General del Estado, tanto de personal funcionario como laboral, en ambos casos tanto en turno libre como por promoción interna; personal al servicio de la Administración de Justicia, tanto de ingreso libre como de promoción interna; escalas de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, por acceso libre y por promoción interna; y personal estatutario de la red hospitalaria del Ministerio de Defensa y de INGESA.
Los criterios de reposición de efectivos son los regulados en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, acordados con las organizaciones sindicales en el II Acuerdo Gobierno-Sindicatos para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo, y son los siguientes: Para los ámbitos y sectores considerados prioritarios la tasa de reposición será de hasta un máximo del 100% de las bajas producidas; Un 75% para los restantes sectores; Adicionalmente, se incluirán un número de plazas equivalente al 5% de la tasa de reposición.
Este incremento se destina a reforzar determinados sectores o ámbitos por establecimiento de nuevos servicios públicos, incremento de actividad estacional por la actividad turística o alto volumen de jubilaciones esperadas. En cuanto a funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional: hasta un 30 % de las plazas dotadas presupuestariamente que estén vacantes.
Este Real Decreto establece asimismo la reserva de un 7% de las plazas ofertadas para su cobertura por personas con discapacidad, de manera que el 2% se reserva para ser cubiertas por personas con discapacidad intelectual y el 5% para quieren acrediten cualquier otro tipo de discapacidad.
Real Decreto-ley de oferta extraordinaria para el ámbito de asilo y refugio
El incremento de las migraciones hacia nuestro país, con un significativo aumento del número de personas llegadas de forma irregular a nuestras costas y a Ceuta y Melilla, ha hecho que se incremente la carga de trabajo en materia migratoria.
Para dar respuesta al desafío de los nuevos flujos migratorios la Administración considera necesaria la incorporación urgente de nuevos efectivos adicionales a los ámbitos donde se están gestionando actualmente las peticiones de asilo y refugio. Debido a esta extraordinaria y urgente necesidad se aprueba una oferta extraordinaria, que se aprobará mediante Real Decreto-ley, en la que se autorizará la convocatoria de 323 nuevos efectivos.
De este modo, se añade a la Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2018 una oferta extraordinaria que resulta clave para mejorar del sistema de acogida y para impulsarlo como un sistema justo, integrador y eficiente. Asimismo, la mejora económica permite incrementar el empleo público, generando a su vez empleo neto y contribuyendo al rejuvenecimiento de las plantillas.
Estabilización del empleo público
La Ley de PGE para 2017 establece que determinados ámbitos y sectores puedan disponer de una tasa adicional para estabilización de empleo temporal que incluirá hasta el 90 por ciento de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016.
Señala también la Ley que las ofertas de empleo que articulen estos procesos de estabilización, deberán aprobarse y publicarse en los respectivos Diarios Oficiales en los ejercicios 2017 a 2019. Estas previsiones dan cumplimiento al Acuerdo para la Mejora del Empleo Público de 29 de marzo de 2017, ampliado en marzo de 2018.
El objetivo de esta medida es reducir la temporalidad en el empleo público de modo que al final del periodo de aplicación la tasa de temporalidad en cada ámbito no supere el 8%, permitiendo así un importante refuerzo de los efectivos adscritos a sectores y colectivos de marcado carácter prioritario y esencial para el funcionamiento de los servicios públicos.
Para ello se procede a aprobar el Real Decreto por el que se aprueba la oferta de empleo público de estabilización correspondiente a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.
En este Real Decreto se aprueba la estabilización de empleo en el ámbito de la AGE y sus entes, tanto personal funcionario como laboral (previsión actual de 2.329 plazas), personal estatutario del Ministerio de Defensa e INGESA (534 plazas) y personal al servicio de la Administración de Justicia (2.248 más 424 de promoción interna).
Asimismo, una vez aprobada esta norma, la Administración se ha comprometido con las organizaciones sindicales a negociar y elaborar en un plazo de seis meses la oferta de empleo público de estabilización correspondiente a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.
La Administración también se compromete a no realizar ninguna convocatoria con cargo a la oferta de empleo público de estabilización de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 hasta que no esté aprobada la correspondiente a la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.
Incapacidad temporal
En ejecución del acuerdo suscrito con las organizaciones sindicales en marzo de 2018, se aprueba, asimismo, la normativa para suprimir la reducción retributiva que se venía aplicando desde el año 2012, cuando los empleados públicos se encontraban en situación de incapacidad temporal. Dicha reducción suponía un descuento del 50% de las retribuciones del primer al tercer día de incapacidad temporal y de un 25% entre el cuarto y hasta el vigésimo día, ambos inclusive.