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Ricardo de Lorenzo, nombrado Académico de Honor de la Academia Médico-Quirúrgica Española

Ricardo de Lorenzo, director de los servicios jurídicos del CGCOM, fue nombrado Académico de Honor de la Academia Médico-Quirúrgica Española en el acto inaugural del Curso Académico 2023; un acto que contó con la asistencia del Dr. Tomás Cobo, presidente del CGCOM, y el Dr. José María Rodríguez, secretario general

En el acto, Ricardo de Lorenzo, fue nombrado Académico de Honor de esta institución. La laudatio corrió a cargo del Dr. Luis Ortiz Quintana, presidente de la Academia Médico-Quirúrgico Española, que destacó numerosos méritos profesionales de de Lorenzo y expuso que “es un orgullo incorporarle como Académico de Honor”. Ricardo de Lorenzo afirmó que “este nombramiento es un honor para un jurista”.

El Dr. Tomás Cobo afirma que «es un honor para la Organización que el director de los servicios jurídicos reciba un reconocimiento tan importante como ser nombrado Académico de Honor de la Academia Médico-Quirúrgico Española».

Asimismo, de Lorenzo fue el encargado de ofrecer la conferencia magistral ‘Objeción de conciencia. El médico ante sus convicciones morales y ante la ley’. De Lorenzo explicó que el Tribunal Constitucional define la objeción de conciencia como «el derecho a ser eximido del cumplimento de los deberes constitucionales o legales por resultar ese cumplimiento contrario a las propias convicciones» y expuso que, de acuerdo con Federico Montalvo, confundir objeción de conciencia con ideología es un error.

Por su parte, el nuevo Código de Deontología de la Organización Médica Colegial añade a la definición que da el TC «precisiones que describen ese derecho como de ejerecicio individual, proscribiendo la objeción colectiva». Además, la objeción de conciencia «debe ir referida a acciones clínicas concretas y no a personas». 

Expresó también la necesidad de «la promulgación de una ley orgánica que conceptúe la objeción como un derecho fundamental o considere la misma como un derecho constitucional». «Se trata de situar en el mismo plano de relevancia el derecho del paciente, con el de objeción de conciencia del médico». 

Los registros deberían hacerse en los Colegios y no en la Administración, lo que «evitaría eventuales conductas de la Administración hacia los objetores registrados, pero de no poder hacerse en las corporaciones de forma exclusiva conviene hacerlo de modo complementario, con el objeto de obtener el asesoramiento y conexión imprescindibles que fueren necesarios», afirmó.

Para concluir, el jurista destacó su «convencimiento de que la complejidad de las decisiones en un ámbito como el sanitario […], nos hacen reafirmarnos en la petición de una deseable ley general reguladora de la objeción de conciencia».

Finalmente, el Dr. Enrique Ruiz-Escudero, consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, felicitó a los dos nuevo académicos, y expuso que Ricardo de Lorenzo es “la personalidad jurídica española en la que todos pensamos cuando hablamos de derecho sanitario. Escucharte es aprender, tu palabras siempre son ejemplares e instructivas en un tema tan trascendental como es la objeción de conciencia». 

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