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La inversión en Desarrollo Profesional Continuo beneficia al sistema de salud y a la seguridad de los pacientes

Las principales organizaciones médicas europeas han consensuado una Declaración sobre Desarrollo Profesional Continuo (DPC) fruto de una reunión celebrada en Luxemburgo. Del documento se desprende una serie de recomendaciones como que la inversión en DPC beneficia tanto al sistema de salud como a la seguridad del paciente e insta a que sea la profesión  médica la que se responsabilice del mismo

Las principales organizaciones médicas europeas, entre ellas, la AEMH (Asociación Europea de Hospitales Mayores médicos), CEOM (Consejo Europeo de Órdenes Médicas), CPME (Comité Permanente de Médicos Europeos), EANA (Grupo de Trabajo Europeo de Médicos y especialistas en la Práctica Libre), EJD ( Europa Junior Médicos), EMSA (Asociación Europea de Estudiantes de Medicina), FEMS (Federación Europea de médicos asalariados), UEMO (Unión Europea de Médicos Generales/de Familia) y UEMS (Unión Europea de Médicos Especialistas) organizaron, recientemente, una conferencia conjunta sobre «Desarrollo Profesional Continuo para Médicos» con el apoyo del Gobierno del Gran Ducado de Luxemburgo y de la ya extinta Presidencia luxemburguesa del Consejo de la Unión Europea, de la que resultó una Declaración conjunta.

 
El documento parte recordando que la Directiva 2005/36/CE de reconocimiento de cualificaciones profesionales fue actualizada dando lugar a la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, basándose en la importancia de la seguridad del paciente y la movilidad de los profesionales de la salud,
 
De las modificaciones realizadas, se señala que el artículo 22 de la citada Directiva, relativo al desarrollo profesional continuo de médicos y otros profesionales de la salud, en el párrafo primero, la letra b) quedó sustituido por el siguiente texto «Los Estados miembros velarán, de conformidad con los procedimientos propios de cada Estado miembro y mediante el fomento del desarrollo profesional continuo, por que los profesionales cuya cualificación profesional esté sujeta al capítulo III del presente título puedan actualizar sus conocimientos, capacidades y competencias con el fin de preservar el ejercicio seguro y eficaz de su profesión y mantenerse al día de la evolución de la profesión.»; añadiéndose, además, el siguiente párrafo: «los Estados miembros notificarán a la Comisión las medidas adoptadas en virtud del párrafo primero, letra b), a más tardar el 18 de enero de 2016».
 
Tras este recordatorio, el documento recoge una serie de puntos consensuados por todas las Organizaciones firmantes del mismo, entre cuyos aspectos cabe destacar la obligación ética que para el profesional representa asegurarse de que la atención médica que practica es segura y basada en la evidencia científica. «A fin de lograr esta premisa, cada médico debe participar activamente en el DPC de acuerdo a sus necesidades formativas identificadas», según se indica.
 
En el caso de los médicos, el Desarrollo Profesional Continuo reúne todas las actividades realizadas a partir de haberse obtenido título de especialista, y que engloban muchas modalidades de formación y capacitación que permiten a cada profesional mantener y mejorar los estándares de la práctica médica a través del desarrollo de conocimientos, habilidades, actitudes y comportamientos.
 
Partiendo de que la organización de la asistencia sanitaria es una competencia nacional en consonancia con el principio de subsidiariedad cada Estado miembro ha enfocado el DPC a partir de una serie de criterios específicos. No obstante, según se recoge en esta Declaración, «no hay evidencia de que una única forma que sea la mejor para regular este proceso. Lo que sí se remarca en el documento, sin embargo,  es que «independientemente del sistema, es muy conveniente que la propia profesión médica que se responsabilice del DPC».
 
En este sentido, y con el fin de fortalecer los sistemas sanitarios y mejorar la cooperación transfronteriza entre las organizaciones que participan en DPC, éstas deben intercambiar información, así como establecer y difundir las mejores prácticas a nivel nacional y europeo.
 
Dado que la inversión en Desarrollo Profesional Continuo representa un beneficio para el sistema sanitario y para la salud y seguridad de los pacientes, independientemente de la naturaleza de dicho sistema, se deben asignar recursos para garantizar que los médicos son capaces de participar en dicho proceso formativo.
 
En la Declaración también se alude a la carencia de pruebas que demuestren que los métodos de recertificación o revalidación son útiles en la detección de mal desempeño del ejercicio médico o de hacer la asistencia sanitaria más segura.
 
Además, se considera que el exceso de regulación en la UE o a nivel nacional no mejorará la movilidad profesional como tampoco asegurará la calidad de la atención transfronteriza.
 
Para asegurar la imparcialidad del DPC, según se considera, la profesión médica debe adoptar la responsabilidad de la aprobación y / o acreditación de actividades de dicho proceso. Ello debe incluir la acreditación de cada una de las actividades formativas, así como la validación de los proveedores de DPC. Por otra parte, es necesario que los organismos nacionales de acreditación estén en consonancia con los sistemas de acreditación de nivel europeo, liderados por las organizaciones profesionales europeas que representan a los médicos. Este enfoque facilita el reconocimiento de actividades de DPC realizadas fuera de cada país, y facilita el intercambio de actividades de DPC en Europa y en el mundo a través de acuerdos internacionales con países no comunitarios.
 
Finalmente, la industria farmacéutica y los proveedores de tecnología médica deben estar atentos a las necesidades de los pacientes y de los profesionales, aportando información objetiva y formación que no esté vinculada a la promoción de sus productos. En este sentido, los Códigos nacionales o internacionales de ética deben ser siempre respetados.
 
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