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El médico salvaguarda su ‘imagen digital’

La imagen del médico en internet puede verse empañada por antiguas publicaciones que afectan de manera directa a su reputación y suponen una carga de desprestigio, a pesar de que sean absoletas. La nueva normativa europea permitirá no solo un bloqueo de la información, sino que se podrá solicitar a la fuente de origen la supresión

Hasta el momento era frecuente que los facultativos sufrieran la llamada ‘pena de banquillo’, en la que se ven sometidos a un juicio en el que, ganen o no, salen perdiendo puesto que se pone en duda su labor y su trayectoria queda en entredicho a pesar de salir absueltos en los juzgados. Sin embargo, la ‘era de internet’ ha obligado a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tome cartas en el asunto y regule el ‘derecho al olvido’. 

Este concepto tiene como finalidad la eliminación o el bloqueo de informaciones que por el paso del tiempo dejan de tener interés.  En el ámbito sanitario, muchos profesionales sufrieron alguna reclamación infundada y posteriormente obtuvieron pronunciamientos favorables, aunque siguen apareciendo en internet referencias de desprestigio, pero ahora los facultativos cuentan con las herramientas adecuadas para poder defenderse.

Ricardo De Lorenzo Aparici, socio-director del Área de Nuevas Tecnologías de De Lorenzo Abogados, señala que el punto de inflexión del ‘derecho al olvido’ fue en 2014. Entonces, el abogado español Mario Costeja denunció al buscador Google por publicar información desfasada sobre él, que remitía a dos páginas del diario La Vanguardia del año 1998, en las que aparecía la información de un anuncio de una subasta de inmuebles por deudas a la Seguridad Social, que el demandante había resuelto hace años. 

En este punto, la pretensión de Costeja pasaba por tratar de que esta información no apareciera más en los motores de búsqueda, pero el buscador seguía tratando información que no era adecuada ni pertinente sobre su persona. En ese momento arrancó una batalla legal, que derivó en el pronunciamiento de la justicia europea contra Google, confirmando así la resolución previa de la Agencia Española de Protección de Datos, que ya le había dado la razón. Ricardo De Lorenzo Aparici reconoce que hasta ese momento este procedimiento estaba “muy verde”. Además, “está habiendo una divergencia de criterios por parte de los tribunales que dificultan estos trámites”, incide. Sin embargo, en abril el Parlamento Europeo ha aprobado el Reglamento General de Protección de Datos, que servirá para actualizar la normativa europea existente, que databa de 1995.  

Según De Lorenzo Aparici, “este reglamento va a consolidar el ‘derecho al olvido’”, porque los interesados podrán revocar en cualquier momento el consentimiento otorgado para el tratamiento de datos de carácter personal, pudiendo exigir la eliminación de los datos que estimen oportunos en buscadores y redes sociales”. Esto permitirá no solo un bloqueo de la información, sino que se podrá solicitar a la fuente de origen dicha supresión, pero “siempre con una serie de condicionantes, puesto que hay que acreditar que se trata de datos desfasados e irrelevantes”. Los últimos datos de Google muestran que se han retirado el 42,8% de las peticiones, aunque en los formularios es preciso detallar claramente los motivos por los que se solicita la supresión de la información, porque, como apunta De Lorenzo Aparici,  “no vale todo”. 

 
 

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