El Gobierno aprobó el pasado viernes el anteproyecto de ley de reforma del artículo 49 de la Constitución, mediante el cual se dota de mayor protección a los derechos de las personas con discapacidad. De los cambios introducidos cabe destacar el cambio de la terminología que hasta ahora figuraba en tal artículo para referirse al colectivo de las personas con discapacidad
El Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó, a iniciativa de la vicepresidenta del Gobierno, ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Carmen Calvo, el Anteproyecto de reforma del artículo 49 de la Constitución, relativo a los derechos de las personas con discapacidad.
La redacción del nuevo texto constitucional se ha realizado a iniciativa del Gobierno a partir de la propuesta de la Comisión para las políticas integrales de la discapacidad y ha contado con la participación del colectivo de personas con discapacidad, representado por CERMI. Se han incluido en el nuevo texto constitucional los aspectos que este colectivo considera fundamentales.
El artículo 49 de la Constitución fue un gran avance en la protección de las personas con discapacidad. Reconoció constitucionalmente al colectivo y previó un ámbito concreto de protección. No obstante, el paso de cuatro décadas ha hecho envejecer el texto constitucional. Además, en este tiempo se ha aprobado la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad de 2006, que ha supuesto un punto de inflexión en el reconocimiento y protección de sus derechos. Con esta reforma, el artículo 49 de la Constitución Española se actualiza para adaptarlo a la Convención de 2006 y se modifica íntegramente tanto desde el punto de vista del lenguaje como de su estructura y contenido.
En primer lugar, se modifica la terminología que emplea el artículo 49 para referirse ahora al colectivo de las personas con discapacidad. De esta manera, se actualiza el lenguaje de una forma que refleja los propios valores de la Constitución y la dignidad inherente a este colectivo.
En segundo lugar, se reforma la estructura del artículo en coherencia con la multiplicación de los enfoques desde los que se aborda la discapacidad. Así, se divide el precepto en cuatro apartados, cada uno de los cuales refleja una dimensión diferente de la protección de las personas con discapacidad.
En tercer lugar, se modifica el contenido del artículo 49, para adaptarlo a las concepciones actuales sobre la protección de las personas con discapacidad, que ya no se basan en la concepción médico-rehabilitadora que subyace en su redacción original.
De este modo se pone el énfasis sobre los derechos y deberes de los que son titulares las personas con discapacidad, como ciudadanos libres e iguales. Además, se fijan los objetivos que deben orientar la acción positiva de los poderes públicos como son su plena autonomía personal y su inclusión social, políticas que deberán respetar siempre la libertad de elección y preferencias de las personas con discapacidad.
En la fijación de estas políticas, la reforma incluye expresamente la participación de sus organizaciones representativas, con el objetivo de que sean consultadas y cooperen activamente en la adopción de las políticas públicas que les afecten.
La situación de especial vulnerabilidad de las mujeres y niñas con discapacidad justifica claramente que el nuevo artículo 49 de la Constitución haga una alusión expresa a la atención específica de sus necesidades.
Se consagra asimismo el principio de protección reforzada de las personas con discapacidad, para que reciban la atención especializada que requieren y se encuentren especialmente amparadas para el disfrute de los derechos que la Constitución otorga a toda la ciudadanía.
Finalmente, se hace una referencia a la protección que ofrecen los tratados internacionales que velan por los derechos de las personas con discapacidad.
Texto articulado del nuevo artículo 49 de la Constitución
Artículo uno.
El artículo 49 de la Constitución Española queda redactado como sigue:
1.”Las personas con discapacidad son titulares de los derechos y deberes previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad real y efectiva, sin que pueda producirse discriminación.
2.Los poderes públicos realizarán las políticas necesarias para garantizar la plena autonomía personal e inclusión social de las personas con discapacidad. Estas políticas respetarán su libertad de elección y preferencias, y serán adoptadas con la participación de las organizaciones representativas de personas con discapacidad. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y niñas con discapacidad.
3.Se regulará la protección reforzada de las personas con discapacidad para el pleno ejercicio de sus derechos y deberes.
4.Las personas con discapacidad gozan de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos”.
Estrategia frente a enfermedades raras, neurodegenerativas y de la vigilancia de la salud
Por otra parte, se aprobó la distribución de 2.818.070 euros entre todas las CC.AA., excepto País Vasco y Navarra, y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. De esa partida, un millón de euros se destinará a Estrategias frente a enfermedades raras para mejorar la información a los pacientes y a sus familias sobre los recursos disponibles así como la información epidemiológica necesaria que permita el desarrollo de políticas sociales, sanitarias y de investigación.
Además, se destinarán 818.070 euros a la Estrategia frente a enfermedades neurológicas como la esclerosis lateral amiotrófica (ELA), Alzhéimer, Parkinson o Esclerosis múltiple. Esta Estrategia permitirá avanzar en el diagnóstico precoz de la enfermedad y personalizar el tratamiento, incluyendo la participación del paciente y de su familia así como la atención y apoyo a las necesidades sociales.
Y por último, se destina un millón de euros a vigilancia en salud, en particular, la implantación del Sistema Nacional de vigilancia de las infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria. España cumple así los compromisos adquiridos a nivel internacional.
Por otra parte, se aprobó destinar 3.575.000 euros entre las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Canarias, Cataluña, Galicia, Madrid y País Vasco, las comunidades que cuentan con estas agencias, para el desarrollo del plan anual de trabajo 2018.
El criterio de distribución es proporcional a la carga de trabajo asignada y al porcentaje ponderado atribuido a cada actividad. En el plan de trabajo 2018 se incluyen actividades tales como informes de evaluación de tecnologías sanitarias, guías de práctica clínica, estudios de monitorización o tecnologías emergentes.
La Red Española de Agencias de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y Prestaciones del SNS se encarga de evaluar las técnicas y procedimientos médicos con carácter previo a su inclusión, exclusión o modificación de las condiciones de uso en la cartera de servicios del SNS, de tal forma que proporciona orientación y asesoramiento para mejorar la atención sanitaria.
Nueva partida para “recuperar talento científico”
Además, se decidió destinar 101 millones de euros para la promoción y recuperación de talento científico con 200 ayudas para contratos ‘Ramón y Cajal’ y otras 225 para el programa ‘Juan de la Cierva’ para fomentar la contratación laboral de jóvenes doctores por un periodo de dos años.
El objetivo de estas ayudas, cuyo número de plazas no había sido incrementado desde el año 2012, es promover la incorporación de investigadores españoles y extranjeros con una trayectoria destacada en centros de I+D a través de ayudas contratación y para la creación de puestos de trabajo de carácter permanente en universidades y centros de ciencia.
En total serán 830 nuevos contratos para investigadores, entre ellos 200 nuevos contratos ‘Ramón y Cajal’. La ayuda para la creación de puestos de trabajo de carácter permanente consistirá en una dotación de 100.000 euros por cada plaza.
La Agencia Estatal de Investigación convoca también 225 ayudas para fomentar la contratación laboral de jóvenes doctores por un periodo de dos años, con objeto de que los mismos completen su formación investigadora postdoctoral en centros de I+D españoles distintos a aquellos en los que realizaron su formación predoctoral.
La ayuda anual para cofinanciar cada uno de los contratos será de 25.000 euros, siendo la cuantía máxima destinada a esta actuación de 11.250.000 euros. Estas ayudas tendrán una duración de tres años y tienen como objetivo la contratación laboral de personal técnico de apoyo en organismos de investigación.
Este personal se encargará del manejo de equipos, instalaciones y demás infraestructuras de I+D+I a fin de incrementar y mejorar las prestaciones y rendimiento de las infraestructuras científicotecnológicas. La cuantía máxima destinada a financiar esta actuación es de 7.020.000 euros.
La ayuda anual para cofinanciar cada uno de los técnicos contratados será de 13.000 euros, en el caso de titulado universitario, y de 12.000 euros en el caso de técnico superior, en el marco de la formación profesional del sistema educativo.
Estas ayudas, que dispondrán de una financiación máxima de 20.925.000,00 euros, tienen como objetivo fomentar la contratación laboral de jóvenes doctores para que los mismos afiancen las capacidades adquiridas durante una primera etapa de formación posdoctoral. Se convocan 225 ayudas con una duración de tres años cada una de ellas, incrementando una anualidad con respecto a las convocatorias de años anteriores.
La ayuda anual para cada uno de los contratos será de 29.000 euros y, como en los casos precedentes, se destinará necesariamente a cofinanciar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de los investigadores contratados durante cada una de las anualidades.
Además, se concederá una ayuda adicional de 6.000 euros por cada investigador contratado para cubrir los gastos directamente relacionados con la ejecución de sus actividades de investigación, una vez incorporado a su puesto de trabajo en el Centro de I+D.