Tras la finalización del enjuiciamiento penal en segunda instancia del colegiado Eufemiano Fuentes en la 'Operación Puerto', por un supuesto delito contra la salud pública, el Colegio de Médicos de Las Palmas reabrirá el expediente informativo para determinar si, independientemente de la ley, ha realizado una infracción del Código Deontológico
En 2010 surgieron indicios de mala praxis médica del Dr. Eufemiano Fuentes, que hacieron que la Comisión de Bioética y Deontología del colegio abriese un expediente informativo. Éste fue el primer paso para evaluar si abre expediente sancionador o si se cerraba la instrucción de información. En el mismo tiempo, hubo constancia de que los tribunales de justicia iniciaron un proceso judicial. Cualquier administración tiene la obligación de subordinación de la justicia. Atendiendo a esta subordinación, el expediente quedó congelado hasta que finalizase la actuación de los tribunales de justicia.
Una vez que ha concluido el enjuiciamiento penal en segunda instancia del colegiado Eufemiano Fuentes en la ‘Operación Puerto’, por un supuesto delito contra la salud pública, y comoquiera que los hechos afectan al interés de la sociedad en general, el Colegio de Médicos de Las Palmas comunica que su Comisión de Bioética y Deontología reabrirá la instrucción de la información reservada en su día ya acordada, por si los mismos hechos, independientemente de su tipificación legal, pudieran ser constitutivos de infracción de carácter deontológico.
Además se quiere resaltar que, a través de sus códigos deontológicos, los médicos se autoimponen unas normas que van más allá de lo que exigen las leyes ordinarias. Como corporaciones de derecho público, los Colegios de Médicos pueden sancionar acciones consideradas como mala práctica profesional que no se contemplan en nuestro ordenamiento jurídico.
La Justicia le absuelve y ordena que se entreguen las bolsas de sangre
La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a Eufemiano Fuentes y José Ignacio Labarta de los delitos contra la salud pública de los que se les consideró culpables hace ya tres años, pero ha dictaminado que las más de 200 bolsas con muestras de sangre, plasma y concentrados de hematíes intervenidas durante la ‘Operación Puerto’ se entreguen a la Real Federación Española de Ciclismo, a la Agencia Mundial Antidopaje, a la Unión Ciclista Internacional y al Comité Olímpico Italiano, lo que abre la puerta a que se desvelen los nombres de más deportistas que recurrieron a la trama de dopaje del médico canario.
La ‘Operación Puerto’ se saldó en su momento con cinco ciclistas suspendidos: Alejandro Valverde, Ivan Basso, Jan Ullrich, Jörge Jacksche y Michele Scarponi. Si las autoridades deciden cotejar ahora las bolsas puede que descubran nuevos nombres, pero ya no se producirían sanciones deportivas porque las faltas han prescrito una década después. En su sentencia, los jueces desmontan la pretensión de los afectados de que no debían entregarse las bolsas por tratarse de un “hallazgo casual” y por comprometer el derecho a la intimidad.
En cuanto a lo primero, la sentencia establece que las bolsas de sangre, plasma y hematíes incautadas en los registros no son un “hallazgo casual” en sentido estricto, desde el momento en el que el auto judicial que las autorizó fue para localizar evidencias del delito contra la salud pública enjuiciado, aunque finalmente se haya considerado que los hechos imputados no integran dicho delito.
La sentencia explica que tampoco puede verse comprometido el derecho a la intimidad ya que la sangre que se pretende analizar no se encuentra dentro del cuerpo de la persona, sino fuera, al haberse sometido voluntariamente el afectado a su extracción y haber quedado garantizada la custodia de las bolsas a lo largo de todo el procedimiento penal.