El Acuerdo de Comercio de Servicios (Trade In Services Agreement, TISA en sus siglas en inglés), negociado en secreto en Ginebra desde hace casi dos años por más de 50 países, incluyendo la Unión Europea, EE.UU., Japón, Canadá, Colombia, Chile, México, Australia y Corea del Sur, supone una amenaza, al igual que el TTIP, para los servicios sanitarios públicos, según corroboran estudios recientes
Madrid, 30 de octubre 2015 (medicosypacientes.com)
El Acuerdo de Comercio de Servicios (Trade In Services Agreement, TISA en sus siglas en inglés), se está convirtiendo en un problema para muchas personas en Europa. Negociado en secreto en Ginebra desde hace casi dos años por más de 50 países, incluyendo la Unión Europea, EE.UU., Japón, Canadá, Colombia, Chile, México, Australia y Corea del Sur, se han necesitado meses de trabajo de investigadores a nivel mundial y una espectacular filtración en la web Wikileaks para saber algo de su contenido.
Las cosas están cambiando, ya que el debate sobre el TTIP, TPP y el CETA se está haciendo un hueco en la corriente principal de noticias. Si es cierto lo que afirma la Comisión Europea que los capítulos de servicios como la salud pública están excluidos del TTIP, los mismos negociadores lo están negociando en el TiSA.
Un estudio reciente publicado por Public Services International (PSI) muestra que el TISA evitará que privatizaciones fallidas vuelvan a manos del sector público, restringirá leyes y reglamentos nacionales en áreas tales como la seguridad de los trabajadores y las regulaciones ambientales y de protección al consumidor, y restringirá la autoridad reguladora en áreas tales como la concesión de licencias de establecimientos de salud, acreditación para universidades etc.
Como ocurrió con el TTIP, el Parlamento Europeo debe enviar sus recomendaciones a la Comisión Europea, la comisión parlamentaria de Comercio Internacional (INTA) es la responsable de presentar el informe final /recomendaciones que incluirá opiniones de otras comisiones parlamentarias. Os adjunto el proyecto de informe de INTA cuya ponente es la luxemburguesa del PPE-DE y antigua Comisaria de Comisión Europea, Viviane Reding.
El informe, en sí, es una exposición de motivos de cómo debe ser el futuro acuerdo. De momento, los grupos políticos se han reunido esta semana en Estrasburgo en sus respectivos Grupos de Trabajo para estudiar las enmiendas que presentarán al informe y, es probable que para la próxima reunión de INTA que tendrá lugar el 12 de diciembre, se discutan y voten en comisión.
Por otro lado, otras comisiones parlamentarias presentarán un informe de opinión, es el caso de la comisión de empleo (EMPL), y las 98 enmiendas presentadas, de las que se destacan las siguientes:
Enmienda 14
1b. Pide que los salvaguardias que garanticen, en cada capítulo del Tisa, que dicho acuerdo no debilitará, en ningún caso, o servirá para eludir, o invalidar a los Estados miembros o las normas de la UE en los ámbitos siguientes: derechos laborales, condiciones de trabajo, seguridad social, inclusión social y protección social, la salud y seguridad en el trabajo, la formación profesional, las profesiones cualificadas, la libre circulación de trabajadores y pensionistas, el diálogo social y las disposiciones contra la discriminación en el trabajo y en el mercado laboral;
Enmienda 41
Considera que el derecho del Estado a organizar y regular la prestación de los servicios, teniendo en cuenta criterios sociales y ambientales, así como el interés público, se debe detallar en el acuerdo y retenido en su totalidad, aboga por un enfoque positivo en lo que se refiere al acceso a los mercados y trato nacional, y pide que los servicios de interés general, como la educación, la salud, el abastecimiento de agua, la energía y la seguridad social deben ser excluido del acuerdo, con independencia de si son financiadas privada o públicamente en parte o en su totalidad;
Enmienda 43
3.Considera que el derecho del Estado a organizar y regular la prestación de los servicios, teniendo en cuenta criterios sociales y ambientales, así como el interés público, debe ser retenida en su totalidad, y pide que los servicios de interés general – Servicios públicos, la educación especial nacional y la salud pública ? deben ser excluidos del acuerdo, independientemente de si son públicos o privados;
Enmienda 46
3a. Reitera que la prestación y el acceso a servicios asequibles y de calidad de interés general y servicios de interés económico general, como el acceso al agua, la salud, los servicios sociales, los sistemas de seguridad social y la educación, tienen que ser garantizados en todo momento y pide que estos servicios sean excluidos del acuerdo, independientemente de si son públicos o privados o si reciben el apoyo del Estado de alguna forma;
Enmienda 48
3c. Pide a la Comisión que garantice los criterios ecológicos y sociales, incluidos los criterios de igualdad de género, que se apliquen en la adjudicación de contratos públicos; insiste en que los acuerdos comerciales no deben en ningún caso afectar a las disposiciones de la Directiva sobre contratación pública y que aseguren el cumplimiento de la legislación laboral y de los poderes adjudicadores haciendo uso de las disposiciones específicas sociales, de salud y otros servicios prestados directamente a la persona; recuerda a la Comisión las fuertes sensibilidades en lo que respecta a la regulación de las concesiones de servicios y a la necesidad de preservar el espacio político para responder a los modelos público-privado-Asociaciones fallidas.