El Dr. Mariano Casado, especialista en Medicina Legal y Forense, en una entrevista con Médicos y Pacientes, a raíz de la publicación de su libro "Valoración médico-legal de la Documentación Sanitaria", habla de la importancia de cumplir con la normas legales, entre ellas la documentación y asegura que "muchas veces, los médicos se acuerdan de las leyes cuanto comenten algún error
El Dr. Mariano Casado, especialista en Medicina Legal y Forense, en una entrevista con Médicos y Pacientes, a raíz de la publicación de su libro “Valoración médico-legal de la Documentación Sanitaria”, habla de la importancia de cumplir con la normas legales, entre ellas la documentación y asegura que “muchas veces, los médicos se acuerdan de las leyes cuanto comenten algún error”.
El Dr. Casado, quien en su libro analiza desde el punto de vista legislativo los diferentes documentos médico-legales; los explica y aconseja a los médicos para que los utilicen de una manera efectiva y responsable, hace referencia a la importancia de estos documentos que considera “decisivos” en los Tribunales en casos como informe de alta médica, parte de lesiones o baja laboral.
Aborda la receta médica privada, regulada legalmente y cuyas competencias recaen en el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos que hace dos años puso en marcha una plataforma digital para su gestión, a pesar de lo cual hay médicos que siguen utilizando recetas en papel con sello y firma y farmacias que las aceptan. El Dr. Casado califica esta conducta de “mala actitud” tanto por parte de los profesionales como de los farmacéuticos.
Como experto también en ética -actualmente preside la Comisión Deontológica del Colegio de Médicos de Badajoz y miembro de la Comisión Central de Deontología de la OMC durante ocho años- alude en numerosas ocasiones a los aspectos ético-deontológicos como uno de los pilares en los que se asienta la Medicina, junto con los técnicos o científicos y los legales.
En este aspecto, hace alusión al deber ético y deontológico, además del legal, de todo médico para cumplimentar los certificados médicos de defunción que muchos intentan rehusar, actitud que considera “mala”.
Para el Dr. Casado, precisamente, “con la muerte no se acaba la documentación” y en el capítulo dedicado a la Tanatología aborda documentos como el informe de donación, el acta de embalsamiento, acta de conservación del cadáver cuando transcurre el tiempo de inhumación, documentos todos ellos regulados legalmente.
Entrevista íntegra:
-En su libro, analiza desde una vertiente médico-legal toda la documentación que interesa al médico y a todos los profesionales sanitarios. Al escribirlo, ¿ha encontrado lagunas?
–Sinceramente no he encontrado lagunas al respecto. Quizás esto pudiera ser debido a que mi estudio no es en busca de faltas o lagunas existentes en los mismos. Simplemente, he tratado de exponer los diferentes documentos; analizarlos desde el punto de vista legislativo o normativo; explicarlos estructuralmente y dar una serie de consejos o aplicaciones a la hora de que los médicos y resto de profesionales tengan que hacer uso de ellos y que lo hagan de una forma efectiva y responsable.
-¿En qué podría mejorarse este tipo de documentos?
-Es una respuesta compleja y difícil de aclararla, pues los documentos no son definidos ni por los propios médicos ni por los profesionales sanitarios, sino que la norma legal los regula y existe por tanto la obligación de aplicarlos por parte de estos, gusten más o gusten menos, sean más extensos o más concretos.
Está clara la formación del médico en aspectos clínicos, pero no tanto en aspectos médico-legales que puede tener consecuencias de gran transcendencia. ¿Qué opinión le merece?
Hemos de recordar que la Medicina asienta sobre tres pilares básicos y primordiales; los técnicos o científicos, los legales y los ético-deontológicos.
Es muy frecuente que los temas legales queden a un lado, como si estos no fueran con los profesionales, y hemos de tener en cuenta que no se puede hacer una buena medicina si no se cumplen con las normas legales y entre ellas está el tema de la documentación.
No olvidemos que incluso la norma estatal básica actualmente (Ley 41/2002), en su propio enunciado o título indica que se trata de la regulación de la autonomía del paciente, así como de la información y documentación clínica. Por tanto la cuestión es clara y muchas veces los médicos se acuerdan de las leyes cuando cometen algún error, y no debería ser así.
-Con la Ley de autonomía del paciente de 2002, ¿ha cambiado mucho la documentación legal médico-sanitaria?
–Rotundamente sí, aunque es cierto que el la Ley General de Sanidad y en otras normas ya se venía regulando el tema de la documentación y por tanto su importancia. Como indicaba anteriormente es la Ley que regula la documentación clínica. Las dudas o conflictos que se plantean en la práctica diaria, por ejemplo la historia clínica, queda debidamente regulada en esta Ley así como en las diferentes leyes o normas autonómicas que a este respecto se han ido promulgando posteriormente.
Uno de los aspectos que aborda en su libro son los certificados médicos de defunción. Se reprocha a los médicos, rehusar en la medida de lo posible esta tarea ¿Cómo lo valora?
Pues, muy mal, por ser suave; tanto desde el punto de vista legal y, lo que es peor, desde el punto de vista ético y deontológico.
No podemos olvidar que la cumplimentación de cualquier documento que se llama “médico”, porque son de uso casi exclusivo de los médicos, salvo excepciones y además “legal”, porque cualquier documento no aparece de la nada o de un capricho de alguien, sino que tras él hay una norma (ley, reglamento, decreto…) que establece el porqué del mismo
Por ello se trata de un acto médico como tal y como cualquier otro, que precisa de normas concretas y que por tanto conlleva responsabilidades jurídicas, administrativas y deontológicas al igual que cualquier otro tipo de acto médico e incluso sanitario.
-Dedica un amplio capítulo a la Tanatopraxia ¿Qué es y cuál es el trabajo de un médico Tanatólogo?
–Si nos atenemos al significado de Tanatología, como ciencia que estudia la muerte, el médico tanatólogo es el que estudia y analiza todo lo relacionado con la muerte.
Y esta también está regulada legalmente, por ejemplo cuando alguien muere (certificado de defunción), cuando dona órganos (informe de donación), cuando muere en otro país (acta de embalsamamiento), cuando transcurre el tiempo de inhumación (acta de conservación)…, es decir que aún con la muerte no se acaba la documentación y de eso se ocupa ese médico que denominamos tanatólogo, y no solamente en referencia a la documentación, sino también en cuanto a la aplicación de determinadas técnicas de conservación temporal o permanente del cadáver.
-¿En qué medida los documentos médico-legales pueden ser decisivos en los Tribunales?
–Pueden ser decisivos no, son decisivos. Pensemos por ejemplo en un Informe de Alta médica, donde se redacta de forma resumida el curso de un proceso asistencial y por su valoración sabremos si todo ha sido correcto o por el contrario que circunstancias han llevado a un médico a seguir un camino diferente a un protocolo establecido.
O pensemos en un Parte de lesiones, donde con la puesta en conocimiento de ese hecho por parte de un médico de un servicio de urgencias, se inicia un proceso judicial.
O incluso un parte de baja laboral, las repercusiones no solamente laborales a las que puede dar lugar, sino incluso las repercusiones administrativas e incluso judiciales que se pueden derivar si son consecuencia de un accidente laboral o una enfermedad profesional.
-¿Qué importancia tiene constatar y gestionar de forma documentalmente correcta los hechos científicos?
–Todo lo que se explora, se diagnóstica, cualquier prueba complementaria que se realice e incluso los tratamientos que se prescriban siempre, siempre deben quedar constatados de forma documental (historia clínica, receta…). Es de la máxima importancia.
-¿Recoge en su libro los nuevos protocolos que establece el Real Decreto de bajas por IT que han entrado en vigor recientemente?
–Al redactar un texto como este, aparte de resultar laborioso, está abocado a que de forma rápida quede anticuado, pues de forma continua se están redactando nuevas normas legales. De todas formas, a pesar de que no recojo este nuevo RD, lo que indico está totalmente actualizado, al referirse al documento en sí y a sus repercusiones administrativas y judiciales.
-¿En qué medida afecta al médico que la inscripción de nacimientos se hagan en los hospitales aunque el registro como tal siga siendo el del Registro Civil?
–Diría que en poco, pues la función del médico, que no siempre será suya (matronas/os) seguirá siendo la misma, ya que es el propio centro sanitario quien debe notificar vía telemática dicho nacimiento.
-Sobre la receta médica privada ¿qué opina que se sigan utilizando recetas en un papel en blanco, con sello y firma del médico, a pesar de la nueva regulación legal?
–Realmente, el referido “papel” si lleva sello y firma es un documento válido, pero es una actitud mala por parte de los médicos que aún sabiendo de la nueva regulación y del papel que han jugado y que siguen jugando los Colegios de Médicos en este tema, lo obvian y hacen caso omiso a las recomendaciones que desde estos se han hecho.
También mal por parte de los farmacéuticos que admiten ese “papel”, siendo igualmente sabedores de la norma.
Siempre indico lo mismo al respecto y es que por un momento nos hemos parado a pensar que un notario nos hiciera una escritura en unos folios que nosotros mismos le aportásemos, ¿verdad que a nadie se le ocurre?, pues apliquémonos el cuento, el médico debe prescribir en los documentos que legalmente están establecidos.