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Dr. Julio García Guerrero: “El reglamento penitenciario se ha quedado obsoleto en cuestiones que afectan a los derechos individuales en el ámbito sanitario”

 

El vocal de la Comisión Central de Deontología de la OMC Julio García Guerrero ha sido el ganador del II Premio Nacional de Derecho Sanitario por un trabajo de investigación sobre el consentimiento informado en el ámbito penitenciario. La obra premiada ofrece novedosas aportaciones sobre las diferencias existentes en  la aplicación de la legislación sanitaria respecto al consentimiento informado entre la población general y la que está privada de libertad. Ello lleva al Dr. García Guerrero a considerar que el “reglamento penitenciario ha quedado desfasado en cuestiones que afectan a los derechos individuales”

 

 

 

Madrid, 2 de febrero 2015 (medicosypacientes.com/S.P.)

El vocal de la Comisión Central de Deontología de la OMC Julio García Guerrero ha sido el ganador del II Premio Nacional de Derecho Sanitario, convocado por la Asociación Española de Derecho Sanitario (AEDS) y patrocinado por la Fundación AMA, por un trabajo de investigación sobre “El consentimiento informado en el ámbito penitenciario”. Se trata de una obra muy novedosa para el Derecho Sanitario español que aborda un tema, hasta ahora poco tratado, en torno a los derechos individuales de las personas privadas de libertad “debido las diferencias existentes en lo relativo a la aplicación de la doctrina del consentimiento informado con respecto a la población general”, según ha explicado el Dr. García Guerrero a “MedicosyPacientes”.

De la investigación llevada a cabo por este experto perteneciente al Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria, se deduce un claro mensaje y es que el actual reglamento penitenciario (RP), que data de 1996, se ha quedado desfasado en este contexto y conviene cambiarlo”. “El RP es la única norma, además de la doctrina del Tribunal Constitucional, que posibilita hoy en España un tratamiento médico en contra de la voluntad de una persona capaz de tomar decisiones.”, según el Dr. García Guerrero. A su juicio, esta norma administrativa “no parece instrumento suficiente ni adecuado para limitar los derechos fundamentales de las personas, lo que sólo puede hacerse por Ley y contradice claramente la letra y el espíritu de la Ley de Autonomía del Paciente y del Convenio de Oviedo, que no establecen excepciones en la aplicación de la doctrina del consentimiento informado por el hecho de estar preso”.

El también presidente de la Comisión Central de Deontología del Colegio de Médicos de Castellón pone en alza los trabajos que desde la OMC y desde su Comisión de Deontología se han llevado a cabo en esta materia en los últimos años y en los que se hace patente “las contradicciones existentes entre la Deontología y la Ética con respecto a las normas jurídicas”. “Ética y deontológicamente -añade en este sentido- se debe respetar la voluntad de las personas cuando éstas son capaces de tomar decisiones, actúan libremente, comprenden las consecuencias de sus actos y no lesionan intereses de terceros”.

Sin embargo, la realidad es bien diferente, según sostiene este experto. “Los profesionales que trabajamos en la Sanidad penitenciaria estamos muy condicionados por el mandato judicial. Cuando nos ponemos enfrente de una persona privada de libertad que elige una determinada opción, por muy competente que sea para hacerlo y con plenas facultades mentales, en los casos extremos nos vemos obligados, por resoluciones judiciales, a tratar clínicamente a esa persona en contra de su voluntad”.

Respecto al Premio otorgado, el mayor valor que representa para el Dr. García Guerrero es, sobre todo, la edición que se va a hacer de su trabajo, gracias a lo cual se va a convertir en un libro que va a permitir a todo aquel interesado adentrarse  sobre un problema muy poco conocido hasta ahora.  “Este premio puede ser ser una buena plataforma para dar a conocer el mundo de las prisiones, tan cerrado y desconocido, en el fondo, y en el que se ha integrado diversos aspectos de la atención médica: clínica, investigación, etc., todas ellas facetas en las que el poder de decisión de los presos sobre su salud está mermado, sobre todo en los casos extremos, al no poder, en definitiva, decidir sobre su cuerpo ni sobre su vida, como sí sucede con la población general”.

El trabajo del vocal de la Comisión Central de Deontología de la OMC, cuyo galardón le será entregado el próximo mes de marzo, sobresalió de entre el resto de obras finalistas: “Biografía No Autorizada De La Exclusividad. Historia Natural (Ilegítima) de la Exclusividad”, del Dr. Antonio Díez Murciano, facultativo especialista de área de Ginecología y Obstetricia en el Hospital “Punta Europa” de Algeciras,  colaborador, Antonio Díez Gago, fiscal de la Fiscalía Provincial de Huelva. “Límites a la Autonomía Del Paciente”, de la abogada Esperanza Hernando Calvo; y “¿Hacia una Auténtica Responsabilidad Penal Sanitaria? Análisis Detallado Del Ámbito De La Imprudencia Médica”, de Francisco Sacristán Romero, profesor de Derecho Sanitario.

El Jurado presidido por Diego Murillo Carrasco, presidente de la Fundación A.M.A. y  y presidente de la Agrupación Mutual Aseguradora. A.M.A. está integrado por José Manuel Romay Beccaría, presidente del Consejo de Estado; Prof. Dr. Domingo Bello Janeiro, catedrático de Derecho Civil de la Universidad de La Coruña y académico de Número de la Academia Gallega de Jurisprudencia y Legislación; Alfredo Montoya Melgar, catedrático Emérito de Derecho del Trabajo de la Universidad Complutense de Madrid y académico de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación; Diego Gracia Guillén, catedrático de Historia de la Medicina de la Universidad Complutense de Madrid y académico de Número de la Real Academia Nacional de Medicina; María Castellano Arroyo, catedrática de Medicina Legal, Toxicología y Psiquiatría de la Universidad de Granada y académica de Número de la Real Academia Nacional de Medicina; y Miguel Bajo Fernández, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Madrid.

 

 

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