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Dr. José Ignacio Landa Garcia: Aborto. “Pro vida” y “pro elección»

Siempre he admirado las mentes privilegiadas. Esos personajes de la historia de la humanidad que brillantemente han contribuido al progreso y bienestar social de sus congéneres. Carl Sagan (1934-1996) ha sido sin duda uno de ellos. Astrónomo, científico, su faceta de escritor y divulgador científico fue lo que más me interesó de su polifacética vida.

Dos de sus libros que leí hace tiempo me causaron una gran impresión. “Los dragones del Edén: Especulaciones sobre la evolución de la inteligencia humana” (1977) (Premio Pulitzer ,1978)  y“Miles de millones: Pensamientos de vida y muerte en la antesala del milenio” (1997), publicado después de su muerte. En uno de los  capítulos de este último debate sobre el aborto – entre la vida y la elección- priorizando en el desarrollo del feto la importancia de los primeros atisbos del pensamiento humano que es la única característica que nos diferencia de los fetos de otros mamíferos.

Con la polémica actual en nuestra sociedad sobre el aborto, pendientes del Tribunal Constitucional, he recordado y releído el capítulo del libro y ha vuelto a llamarme la atención. Tanto como para escribir este artículo al hilo del mismo.

Esta la sociedad dividida (“pro vida”  o “pro elección” ) y cada vez más crispada y distanciada, manejada por algunos políticos con dudoso nivel intelectual, con mínima formación y sin escrúpulos –independientemente de su “afiliación política”- únicamente preocupados por como manipular las decisiones de los ciudadanos para obtener sus votos y el poder. Su “afiliación política”, que no sus ideas impostadas. Por eso la frase de Carl Sagan, ya en el inicio del capítulo me parece genial por que los define perfectamente: “Los políticos examinan los últimos sondeos para descubrir qué les dicta la conciencia”.

Acepto como simplifica Carl Sagan cuando señala que existen sobre el aborto dos bandos contendientes, los “pro vida” y los “pro elección”, aunque no los define claramente en su diversidad. Dentro de sus cuestionamientos destacan dos:

¿Es ilícito interrumpir el embarazo?y

¿Qué significa ser humano?

Yo creo que existen diversas opiniones dentro de los dos bandos contendientes. Creo que entre los que considero “pro vida” hay más diversidad de opiniones sobre el concepto ser humano/feto/aborto; desde la opinión firme de la Iglesia Católica de considerar ser humano al cigoto, hasta quienes admiten licitar el aborto en algunas situaciones o tiempos de gestación (Ley de supuestos o Ley de plazos). Entre los”pro elección”, creo que no hay tanta diversidad y la mayoría mantienen sin grandes disquisiciones, que la mujer es dueña de su cuerpo y solo ella puede decidir. Derecho a decidir. Me temo que incluso a los más extremistas de este bando se les quedan cortas las leyes que actualmente tenemos (“nosotras parimos, nosotras decidimos”)

Carl Saganse pregunta: ¿Abarca el «derecho innato de una mujer a controlar su propio cuerpo» el de matar a un feto casi completamente desarrollado y que, a todos los fines, resulta idéntico a un recién nacido?

En España no existe esta opción. Lo que ignoro es si podría considerarse un asesinato ya que a partir de la semana 24 el feto tiene muchas posibilidades de sobrevivir (la supervivencia por debajo de las 23 semanas es excepcional). En España (datos del 2021) son excepcionales los abortos en los tres últimos meses del embarazo. A partir de la semana 24 solo se registraron un 0.16%, sin especificarse claramente la causa. La mayoría se realizan en los tres primeros meses y un 4.96% antes del sexto mes. Estos últimos se entiende que de acuerdo a la ley: grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada, riesgo de graves anomalías en el feto y anomalías fetales incompatibles con la vida.

En el artículo 157 del Código Penal se establece que el que causare por cualquier medio una lesión o enfermedad en un feto, que perjudique gravemente su normal desarrollo, o provoque en el mismo una grave tara física o psíquica, será castigado con pena de prisión de uno a cuatro años e inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión sanitaria, o para prestar servicios de toda índole en clínicas, establecimientos o consultorios ginecológicos, públicos o privados, por tiempo de dos a ocho años.

Vemos que el que dañe al feto será castigado por la ley. Sin embargo, no se refiere a los tiempos de gestación. Creo que no es lo mismo en el primer mes, sexto mes o noveno mes previo al nacimiento. No existe diferencia entre el recién nacido y el que horas antes estaba en el útero materno.

En un análisis penal de las lesiones al feto causadas durante el período de gestación,  destaca que los artículos 29 y 30 del Código Civil consideran al feto como persona para todos los efectos favorables posibles, entendiendo que no hay efecto más beneficioso que el de conservar la integridad física y psíquica. Actualmente el feto puede ser, dentro del útero materno, sujeto paciente de tratamientos médicos y cirugías para enfermedades y deficiencias orgánicas.

La Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en su Artículo 145 recoge:

1. El que produzca el aborto de una mujer, con su consentimiento, fuera de los casos permitidos por la ley será castigado con la pena de prisión de uno atres añose inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión sanitaria, o para prestar servicios de toda índole en clínicas, establecimientos o consultorios ginecológicos, públicos o privados, por tiempo de uno a seis años.

2. La mujer que produjere su aborto o consintiere que otra persona se lo cause, fuera de los casos permitidos por la ley, será castigada con la pena de multa de seis a veinticuatro meses.

Es increíble. No sé si lo interpreto mal no siendo experto. Espero no cometer algún error, pero también se me exige conocer la ley (la ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento). La ley reconoce que considera al feto como persona para todos los efectos favorables posibles y trata de protegerlo. La ley también recoge pena de cárcel (de uno a tres años e inhabilitación) para el que cometa un aborto de fetos de más de 22 semanas. Pero la Ley no marca mayores diferencias cuando se comete un aborto entre la semana 14 y 22 (hay malformaciones en el feto o la embarazada sufre una enfermedad grave)donde se necesita el diagnóstico por dos especialistas independientes. Recordar la viabilidad del feto a partir de la semana 24. A la mujer, con ser dueña de su cuerpo, solo se le castiga con multa si provoca su aborto o consiente que otra persona se lo cause.

Pero que ocurre con el que causara un aborto sin el consentimiento de la madre. Solo recoge, como hemos visto, que el que causare por cualquier medio una lesión o enfermedad en un feto, que perjudique gravemente su normal desarrollo, o provoque en el mismo una grave tara física o psíquica, será castigado con pena de prisión de uno a cuatro años. Y si causa un aborto cuál sería la pena. ¿Igual en cualquier fase de la gestación?

Cristianos (católicos, protestantes y ortodoxos)y musulmanes (la mayoría  sunitas y chiitas)las dos grandes religiones del mundo (existen más de 4.000 religiones) muestran diferencias sobre el aborto y el inicio de la vida humana.

La Iglesia Católica afirma que la vida comienza en el momento de la concepción. El planteamiento de que el espermatozoide  y el ovulo están vivos por separado podría considerarse “rizar el rizo” -complicar un asunto, especialmente cuando es algo que se podría evitar o que no se considera del todo necesario-. La Iglesia Católica considera la masturbación un pecado (pensamiento, palabra o acción que se considera que va contra la voluntad de Dios o los preceptos de la religión), pero no tanto por el desaprovechamiento y “muerte inútil” de los espermatozoides, sino por los pensamientos lujuriosos e impuros que la acompañan. La Biblia no menciona la masturbación como pecado, pese a la creencia de que Onán fuera castigado por Dios por “verter en tierra (Génesis 38:9-10)”. Aún con las dudas que existen sobre este episodio bíblico, el onanismo ha pasado como término sexual no del “coitus interruptus” que realizaba Onán, sino de la masturbación. 

Aunque haya algunas opiniones en contra, la Biblia no condena el aborto y es curioso señalar que la Iglesia Católica no condena con excomunión el aborto hasta avanzado el siglo XIX.En 1869, durante el papado de Pío IX  (1846-1878), se decretó que los embriones poseían alma desde el momento de su creación.

Para le fe musulmana Dios insufla el alma al feto después del cuarto mes de gestación. A partir de ese momento considera el embrión como un ser humano y prohíbe el aborto. Aunque dependiendo de algunas circunstancias y lugares  (el mundo musulmán es muy amplio y  diverso), el único denominador común aceptado para realizar un aborto es la existencia de un peligro para la madre y antes de los 120 días cuando el feto recibe el  alma.

Fuera de las religiones, dos ideologías claramente diferenciadas y enfrentadas como son el nazismo  y el comunismo, representadas por sus grandes líderes, Hitler y Stalin, conocidos por su falta de escrúpulos y su desprecio por la vida humana, fueron grandes antiabortistas. No ocurre lo mismo con algunos de sus herederos de pensamiento que circulan actualmente por nuestra sociedad.

¿Qué distingue a un ser hu­mano de otros animales y en qué momento de la gestación emergen esas cualidades específicamente humanas? Para Carl Sagan lo que nos hace humanos no son los reflejos, el movimiento y la respiración que no nos diferencia de otros mamíferos. Es decir, no los considera características exclusivamente humanas. Es el desarrollo de la corteza cerebral y las conexiones neuronales a partir del sexto mes.Es el inicio del pensamiento.Si tene­mos que optar por un criterio de desarrollo, aquí es donde hay que trazar la raya: cuando se hace posible un mínimo asomo de pensamiento característicamente humano”.

Yo no estoy a favor del aborto, pero puedo respetar otras opiniones. Estaría encuadrado en el bando de los “pro vida”, mucho más numeroso de lo que se piensa debido a su diversidad. Estoy a favor de los métodos anticonceptivos frente al aborto y por intensificar (invertir) en la educación sexual de los jóvenes. De los jóvenes seguramente antes de lo que venimos creyendo, debido a su precocidad sexual actual. Solo puedo ser sensible a la ley de supuestos y en determinadas situaciones. No discuto si la vida humana se inicia en el momento de la fecundación (católicos), cuando se insufla el alma a los 120 días  (musulmanes) o cuando se desarrolla la corteza cerebral y el pensamiento (sexto mes). Lo dejo para el debate.

* Las tribunas y artículos publicados en medicosypacientes.com no representan posturas o posicionamientos oficiales del CGCOM
 

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