Desde su entrada oficial en la UE, el pasado 1 de julio, Croacia se ha incorporado también a la libre circulación de médicos, pudiendo los profesionales de este país y del resto de la UE ejercer sus derechos de libertad de establecimiento y de libre prestación de servicios, según se informa en el último Boletín «Europa al Día» del Departamento Internacional de la OMC
Madrid, 5 de septiembre 2013 (medicosypacientes.com)
El pasado 1 de julio, tras diez años como país candidato y seis años de negociaciones, Croacia entró oficialmente a formar parte de la UE convirtiéndose en el socio número 28.
Con este motivo, se ha aprobado la Directiva 2013/25/UE por la que se adaptan determinadas directivas en el ámbito del establecimiento y de la libre prestación de servicios, según informa el último Boletín «Europa al Día», del Departamento de Internacional de la OMC.
A diferencia de la entrada en vigor de otros Estados miembros, que ha llevado consigo un periodo de adaptación a la normativa europea, en el caso de Croacia, la Directiva 2013/25/UE, que permite la libre circulación de médicos, entró en vigor el mismo día que el Tratado de Adhesión, el 1 de julio.
Una de las Directivas afectadas es la 2005/36/CE, de reconocimiento de cualificaciones profesionales, que se modifica para incluir los títulos correspondientes a la formación básica y especializada de los médicos con el fin de permitir la libre circulación con el resto de países de la Unión Europea. Se introducen, en concreto, los siguientes cambios:
– Anexo 5.1.1.: «Título de formación básica de médico» se incluye el Diploma «doktor medicine/doktorica medicine»
– Anexo 5.1.2: «Título de formación de médico especialista»: se incluye el Diploma o specijalistickom usavrsavanju.
– En el Anexo 5.1.3, «Denominación de las formaciones en medicina especializada» se incluyen las siguientes especialidades que gozan de reconocimiento automático:
– Anestesiología
– Cirugía General
– Neurocirugía
– Obstetricia y Ginecología
– Medicina Interna
– Oftalmología
– Otorrinolaringología
– Pediatría
– Neumología
– Urología
– Ortopedia
– Anatomía Patológica
– Neurología
– Psiquiatría
– Radiodiagnóstico,
– Radioterapia
– Cirugía Plástica,
– Microbiología-bacteriología
– Inmunología
– Cirugía pediátrica
– Angiología y cirugía vascular
– Cardiología
– Aparato digestivo
– Reumatología
– Hematología y hemoterapia
– Endocrinología
– Medicina física y rehabilitación
– Dermatología y venereología
– Radiología
– Psiquiatría infantil
– Enfermedades renales
– Enfermedades contagiosas
– Salud pública y medicina preventiva
– Farmacología
– Medicina del Trabajo
– Alergología
– Medicina Nuclear
– Cirugía dental, bucal y maxilofacial (formación básica de médico)
– Cirugía gastroenterología
– Traumatología y urgencias
– En el Anexo 5.1.4. «Título de formación en medicina general», se incluye: Diploma o specijalistickom usavrcavanju.
Se adjunta Boletín «Europa al Día nº 397» y Directiva 2013/25/UE