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Cermi y Acime plantean cambios en la reforma de la carrera militar para no discriminar a los militares con discapacidad

 

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) y la Asociación de Militares y Guardias Civiles con Discapacidad (Acime) han planteado una serie de enmiendas para suprimir “exclusiones históricas” de los militares que adquirieron una discapacidad estando en activo, ahora que se está reformando la Ley de la Carrera Militar

 

Madrid, 20 de enero de 2015 (medicosypacientes.com/Servimedia)

El proyecto de ley de reforma de la Ley de la Carrera Militar, en trámite actualmente en el Congreso de los Diputados, “no da solución al trato desigual que siguen sufriendo los militares con discapacidad, y que supone vulneración de los derechos reconocidos a todas las personas con discapacidad”, explica el Cermi en un comunicado.

Por este motivo, prosigue, Cermi y Acime proponen la introducción, a través de enmiendas, de varios cambios “de calado” en el texto del proyecto remitido por el Gobierno.

El documento de enmiendas, enviado a todos los portavoces de la Comisión de Defensa del Congreso, solicita modificar el régimen previsto para la vinculación honorífica con las Fuerzas Armadas de los militares que adquirieron una discapacidad estando en activo.

Y lo hace, argumentan Cermi y Acime, porque “la previsión legal no solo es muy insuficiente en cuanto a número de personas beneficiarias, dejando reductos injustificables de discriminación, sino que también permite la arbitrariedad en cuanto a su concesión, pues queda en manos de las máximas autoridades de Defensa, sin mayor criterio”.

La representación general de la discapacidad y la específica de los militares con discapacidad reclaman al Parlamento una solución “definitiva” a las demandas de los militares con discapacidad.

Esta solución, afirman, ha de estar basada en los principios de igualdad de trato y compensación de desventajas de las personas con discapacidad, “plenamente aplicables al ámbito de la normativa castrense, en virtud de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad”.

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