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Autoridades competentes europeas revisan la transposición de la Directiva de cualificaciones profesionales

La Organización Médica Colegial participó en la 16ª Reunión de la Red Europea de Autoridades Competentes (ENMCA, en sus siglas en inglés), celebrada en Berlín, en la que se analizaron los pasos que se están dando respecto a la transposición de la Directiva 2013/55/EU de cualificaciones profesionales. Hasta la fecha, 12 Estados miembros la han traspuesto, otros 11 lo han hecho parcialmente y de otros cinco la Comisión Europa no dispone de información

En la primera parte de la reunión de la ENMCA, la representante del Ministerio de Sanidad de Alemania informó sobre cómo se ha llevado a cabo la transposición de la Directiva 2013/55/UE por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales.  

 
Habló del reconocimiento de títulos y explicó que en su país no existe un procedimiento de reconocimiento oficial único de un título. La homologación y el reconocimiento de títulos, profesionales y universitarios para trabajar en dicho país generalmente es competencia exclusiva de las autoridades alemanas del Estado Federado correspondiente, en algunos casos  existen dos autoridades competentes en el Estado Federado.
 
Los procedimientos de homologación de los títulos en Alemania se rigen a través del Colegio Oficial de Médicos, “Bundesärzteordnung”. Por otro lado,  si  un médico quisiera continuar o realizar una formación complementaría, debería aplicar directamente a los centros homologados: hospitales, clínicas o centros de salud que ofrecen este tipo de formación continua. Por regla general, existen listados en cada uno de los estados federales. Estos directorios, así como las posteriores homologaciones, son también competencia de los Ministerios de Sanidad.
 
Entre los requisitos para ejercer en Alemania se exige buena praxis y tener buena salud, también se exige un test que demuestre los conocimientos de idioma, se da la paradoja que muchos extranjeros utilizan aquellos Länders donde el test es más fácil pues la prueba de idioma no está unificada; y por último una prueba similar al MIR que demuestre los conocimientos en medicina. Esto es equivalente a la sesión de entrenamiento médico básico en el artículo 24 de las cualificaciones profesionales ‘.
 
Seguidamente el representante de la Comisión Europea, András Zsigmond, presentó los pasos que está llevando a cabo la Comisión respecto a la trasposición de la Directiva 2013/55/EU.
 
Se recordó que el pasado mes de septiembre la Unión Europea dio un ultimátum a cada uno de los países tras comprobar que hasta el momento no han traspuesto la Directiva 2013/55/EU sobre reconocimiento de cualificaciones profesionales. Hasta la fecha 12 estados miembros la han traspuesto, 11 lo han hecho parcialmente y 5, la Comisión no dispone información.
 
Entre los principales puntos de la Directiva se encuentra la creación de una tarjeta profesional europea que, como certificado electrónico, ofrece a los profesionales interesados la posibilidad de beneficiarse de un reconocimiento de sus cualificaciones más fácil y rápido. Zsigmond habló sobre el principio de acceso parcial para determinadas profesiones e introduce algunos cambios en la definición de los requisitos mínimos de formación para los médicos que se benefician del reconocimiento automático de cualificaciones. La directiva incluye también el fomento y mayor transparencia del Desarrollo Profesional Continuo que gozan de reconocimiento automático. Se podrá delegar el acceso parcial en caso de razones imperiosas de interés general.
 
El artículo 53 de la Directiva 2005/36/CE establece que: «Los beneficiarios del reconocimiento de sus cualificaciones profesionales deberán poseer los conocimientos lingüísticos necesarios para el ejercicio de la profesión en el Estado Miembro de acogida». En ese sentido, se exige a los profesionales  tener los conocimientos necesarios y habrá un control en caso de seria duda, este control es sistemático para aquellos profesionales con implicaciones para la seguridad del paciente. Los profesionales podrán demostrar sus conocimientos lingüísticos a través de escuelas, u organismos oficiales de las autoridades. Los estados miembros velarán por que los controles efectuados por una autoridad competente o bajo su supervisión, se limiten al conocimiento de una lengua oficial del Estado miembro de acogida, o de una lengua administrativa del Estado miembro de acogida, siempre que esta también sea lengua oficial de la Unión.
 
Respecto la Tarjeta Profesional Europea, la Directiva, establece que el funcionamiento de la tarjeta profesional europea debe apoyarse en el Sistema de Información del Mercado Interior (IMI) así como el almacenamiento de datos. Resaltó que sigue habiendo confusión sobre lo que es la Tarjeta profesional Europea y dejó claro que es un certificado electrónico que acredita o bien que el profesional ha cumplido todas las condiciones necesarias para prestar servicios en un Estado miembro de acogida de forma temporal y ocasional o bien el reconocimiento de cualificaciones profesionales para el establecimiento en un Estado miembro de acogida. También habló de las experiencias en este campo en los 10 primeros meses de las 1800 solicitudes, más de 580 ya han sido tramitadas al final de octubre, la gran mayoría para guías de montaña, seguidas de enfermeras, farmacéuticos, fisioterapeutas y agentes inmobiliarios.
 
También hizo mención a un mecanismo de alerta, ya que esta Directiva establece la obligación de los Estados miembros de informar a otros Estados miembros y a la Comisión sobre las actividades de servicios que puedan causar un perjuicio grave para la salud o la seguridad de las personas o del medio ambiente. Hizo un balance de la experiencia de dicho mecanismo de alerta en los pasados 10 meses. Curiosamente son los enfermeros los que más alertas han tenido con un total de 4.459 mientras que los doctores han sido 1.773.
 
Por último, hizo un repaso de las estrategias del Mercado Interior. Hay cerca de 5.500 profesiones reguladas en la UE, lo que representa al menos el 22% de la fuerza laboral europea. La evaluación mutua en base al artículo 59 tienes unos objetivos muy marcados como es modernizar, simplificar y mejorar el acceso a todas las profesiones reguladas a través de promover la movilidad y fomentar el desarrollo de servicios transfronterizos y mejorar la competitividad y el empleo en los servicios profesionales
 
La segunda parte de la reunión se centró en otros temas como la implementación de las reglas de verificación lingüísticas en Europa, sobre lo que cada país expuso sus casos particulares; la salida del Reino Unido de la UE, las implicaciones que tendrá el Brexit en el futuro es incierto sobre la homologación y reconocimiento de títulos así como entrada y salida de profesionales especialmente los médicos; así como los cambios de la especialidad de medicina familiar en Austria donde ésta no está reconocida como tal.
 
 
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