El Ministerio de Sanidad ha abierto este miércoles, 7 de enero, a audiencia e información pública el Proyecto de Real Decreto por el que se aprueban los Estatutos Generales de la Organización Médica Colegial y Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España.
Se podrán enviar aportaciones hasta el próximo 28 de enero a la dirección de correo informacion_publica@sanidad.gob.es, indicando en el asunto DG/86/25 APORTACIONES + NOMBRE DE LA ENTIDAD O PERSONA.
La Asamblea General del Consejo General de Médicos aprobó el pasado 4 de julio, el texto definitivo de los nuevos estatutos de la Organización Médica Colegial de España. Este nuevo texto unifica en una sola las dos normas que regulan hasta la fecha tanto al Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos como a la Organización Médica General.
Los nuevos estatutos agrupan en una única normativa los estatutos de la Organización Médica Colegial, tras 45 años sin actualizar (1980) y los del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, que datan de 2016. Esta nueva norma adapta la estructura y funcionamiento de la organización a la legislación actual sobre Colegios Profesionales, así como al resto de exigencias normativas nacionales y europeas en materia de Colegios Profesionales.
Se trata de un nuevo marco normativo consensuado tras dos años de trabajo y que contó con más de 2000 aportaciones de los colegios de médicos de España. Este documento supone una importante reforma y modernización de la gobernanza de la profesión, que, en la mima línea, aprobó en diciembre de 2022 un nuevo Código Deontológico.
A lo largo de 78 artículos, el texto regula de manera clara y actualizada la naturaleza, funciones, órganos de gobierno, régimen jurídico y económico, así como el proceso electoral y la configuración de la OMC y sus Secciones Nacionales.
El nuevo marco promueve un modelo de gobernanza alineado con los principios de legalidad, eficiencia y buen gobierno y respetan de manera rigurosa la autonomía de los distintos colegios provinciales en aspectos como el régimen económico o la auto organización de estos.
Audiencia e información pública
Los trámites de audiencia e información pública tienen por objeto recabar la opinión de los ciudadanos titulares de derechos e intereses legítimos afectados por un proyecto normativo ya redactado, directamente o a través de las organizaciones o asociaciones que los representen, así como obtener cuantas aportaciones adicionales puedan realizar otras personas o entidades.



